La Fiscalía Corporativa Penal del Cercado de Lima dispuso el inicio de una indagación preliminar contra el fiscal Germán Juárez, exmiembro del equipo especial del caso Lava Jato, por los presuntos delitos de abuso de autoridad, encubrimiento personal agravado, fraude procesal y falsedad genérica, tras la denuncia interpuesta por el expresidente Martín Vizcarra (2018-2020).
La Fiscalía Corporativa Penal del Cercado de Lima dispuso el inicio de una indagación preliminar contra el fiscal Germán Juárez, exmiembro del equipo especial del caso Lava Jato, por los presuntos delitos de abuso de autoridad, encubrimiento personal agravado, fraude procesal y falsedad genérica, tras la denuncia interpuesta por el expresidente Martín Vizcarra (2018-2020).
Según la disposición a la que accedió este Diario, la indagación contra Juárez Atoche tendrá un plazo de 60 días por su actuación en el proceso contra el exmandatario, cuando estaba a cargo del Tercer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
La defensa del expresidente acusa a Germán Juárez de abuso de autoridad y encubrimiento personal por adecuar los delitos atribuidos al exministro José Manuel Hernández (colusión agravada, cohecho pasivo impropio y asociación ilícita para delinquir) por el Caso Hospital de Moquegua, con el fin de lograr la prescripción de los mismos, luego de firmar un acuerdo de colaboración eficaz.
Refiere que el delito de colusión agravada se adecuó a colusión simple, mientras que en el caso de cohecho-pasivo impropio se modificó a cohecho pasivo propio y la investigación por asociación ilícita para delinquir fue archivada.
En el documento la defensa de Vizcarra acusa a Juárez Atoche de disponer y validar una “adecuación selectiva y diferenciada” de la imputación penal contra su patrocinado y Hernández respecto al concurso público internacional de ampliación y mejoramiento del Hospital de Moquegua, en noviembre del 2013.
“El fiscal denunciado recalificó los hechos de colusión agravada a colusión simple, actuación que fue posteriormente insertada en la Resolución N.° 06, de fecha 8 de julio de 2022, expedida por el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional en el Expediente 00033-2020-14-5001-JR-PE-01, con pleno conocimiento de que dicha adecuación conllevaba a la prescripción de la acción penal contra el citado procesado Hernández Calderón, y, en consecuencia, al archivo definitivo de la investigación contra el citado imputado respecto a los hechos supuestamente acaecidos en esas fechas, sustrayéndolo de la persecución penal en ese extremo”, destacó.
“Sin embargo, pese a tratarse del mismo relato de hechos y mismo periodo temporal, el citado fiscal deliberadamente aplicó un criterio contradictorio respecto del investigado Martin Alberto Vizcarra Cornejo”, agregó.
Disposición fiscal sobre Germán Juárez.
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Sobre el delito de encubrimiento personal, la defensa de Vizcarra señala que se encuentra plenamente consumado, “por cuanto la conducta desplegada por el fiscal denunciado logró efectivamente sustraer a José Manuel Hernández Calderón de la persecución penal”.
Asimismo, asegura que frente a los mismos hechos, mismo periodo y misma base de hechos, Juárez Atoche decidió mantener activa la persecución penal contra Martín Vizcarra, imputándole el delito de cohecho pasivo propio y negándole los efectos jurídicos de la prescripción ya reconocida respecto de otro imputado por el mismo marco de hechos.
“Es más, acusó a Martín Vizcarra Cornejo por el delito de cohecho pasivo propio, por los mismos hechos que, en cuanto a Hernández Calderón, consideró que evidenciaban un supuesto pacto colusorio. Esta diferenciación no se sustentó en elemento nuevo, variación normativa alguna ni circunstancia objetiva relevante, sino exclusivamente en la identidad del sujeto procesado”, remarcó.
Respecto al fraude procesal, la defensa de Vizcarra alega que consistió en la presentación y validación ante el órgano jurisdiccional de una adecuación selectiva y diferenciada de la imputación penal, mediante la cual el denunciado sostuvo que los hechos atribuidos a Hernández Calderón debían ser reconducidos al delito de colusión simple, generando como consecuencia la prescripción de la acción penal y el archivo definitivo de la investigación.
“Dicha actuación se realizó omitiendo deliberadamente poner en conocimiento del órgano jurisdiccional que los mismos hechos, el mismo periodo temporal y los mismos hechos seguían siendo utilizados por el propio Ministerio Público para sustentar una persecución penal activa contra Martín Alberto Vizcarra Cornejo”, acotó.
Por ello, la Fiscalía Corporativa Penal del Cercado de Lima ordenó recibir la declaración de Martín Vizcarra, de manera virtual, el próximo 6 de octubre, así como las de Germán Juárez y de los procuradores del Ministerio Público y del Poder Judicial, entre otras diligencias.



