viernes, septiembre 11

Las Elecciones Regionales y Municipales entran en su recta final y la controversia sobre la eventual entrega de credenciales de alcalde a quienes postulan como primeros regidores, entre ellos Rafael López Aliaga (Renovación Popular), sigue vigente.

La discusión surgió en medio de las conversaciones para el debate de candidatos a la Alcaldía de Lima, previsto para el 21 y 22 de setiembre.

El lunes, en una reunión, 14 organizaciones políticas que participan en los comicios han pedido al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que defina cuanto antes si otorgará dichas credenciales. De no hacerlo, han advertido que no participarán del encuentro.

Uno de los impulsores es Carlos Bruce, postulante a la Alcaldía de Lima por Somos Perú. El también exministro señaló que el plazo que se han fijado para esperar una respuesta del máximo ente electoral vence este viernes 11 de setiembre.

“Si hasta el viernes no se pronuncia, no vamos a participar en el debate. Vamos a participar en otro, veremos a cuál iremos”, afirmó.

Expertos consultados por El Comercio coincidieron en que, como consecuencia de la proclamación de resultados y en caso de que sus listas ganen los comicios, el JNE debería otorgar la respectiva credencial de alcalde al primer regidor que corresponda asumir el cargo.

—Punto de partida—

De acuerdo con Silvia Guevara, experta en temas electorales por el Instituto Aklla Perú, en elecciones anteriores, cuando una lista no tenía candidato a la alcaldía por exclusión, improcedencia o renuncia, el Jurado Electoral Especial dejaba constancia de ello y proclamaba como alcalde al primer regidor de la lista, entregándole posteriormente la credencial correspondiente.

Sostuvo que este procedimiento también se aplicó en los comiciosdel 2022

“Y en esa medida es que de manera posterior se le entregaba de frente la credencial como alcalde. Eso es lo que ha solido hacer y eso también hizo en la última elección regional y municipal”, afirmó en diálogo con este Diario.

Explicó que el procedimiento se sustenta en la Ley Orgánica de Municipalidades, pues en su artículo 24 establece que, ante la vacancia o ausencia del alcalde, asume el primer regidor.

“En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral”, señala ese artículo.

Guevara indicó que, al no diferenciar entre tipos de ausencia, correspondería aplicar esta regla de sucesión una vez definida la lista ganadora, de acuerdo con las normas municipales.

“Entonces sí es verdad que hay una coherencia en ese sentido, porque no existe ningún marco jurídico para que se evite que el que sigue en la sucesión, que viene a ser el regidor número uno, o el número dos, juramente. Eso nunca se ha dado”, refirió.

Consultada por este Diario, sostuvo que la normativa municipal se aplica desde que existe una lista ganadora, pues la proclamación únicamente formaliza el resultado de la elección.

Guevara agregó que el Instituto Aklla Perú identificó al menos 81 casos en las elecciones regionales y municipales del 2022 en los que el primer o segundo regidor asumió la alcaldía. “De esos 81, 11 a la fecha están candidateando”, añadió.

Preguntada sobre cómo debería pronunciarse el Jurado, respondió que no existe una obligación para que el Jurado se pronuncie porque anteriormente tuvo una conducta que marca un antecedente.

Según explicó, en los comicios del 2022 los candidatos que encabezaban las listas no necesariamente quedaron fuera por renuncias; también hubo casos de tachas o de omisión de sentencias en la declaración jurada de hoja de vida.

“Esta situación no es algo nueva, ni inesperada, en la que el Jurado no sepa cómo actuar y no se conozca cómo ha decidido previamente. Nada obliga a que el JNE responda”, arguyó.

Insistió en que existe un antecedente que establece que, desde el acta de proclamación, se reconoce al primer regidor como alcalde. En ese sentido, precisó que la credencial no constituye un acto independiente, sino una formalidad derivada de la proclamación.

—Al detalle—

En la misma línea opinó el especialista en temas electorales José Manuel Villalobos. Señaló que la situación se definiría una vez conocidos los resultados de la elección.

Sostuvo que en caso de que una lista resulte ganadora y su candidato a alcalde haya renunciado, el Jurado Electoral Especial deberá determinar quién recibe la credencial, tomando como referencia el artículo 24 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que establece al primer regidor como sucesor ante la ausencia del alcalde.

“Si es que se produce la elección con el resultado favorable a los que están postulando como primeros regidores y los candidatos a alcaldes han renunciado ahí, recién el Jurado Electoral Especial, es el que resuelve si le otorga la credencial y para eso digamos tendría que aplicar el artículo 24 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que es la única que establece qué pasa cuando no hay alcalde y como no hay candidato a alcalde, legalmente la ley habilita a que asuma el primer regidor”, afirmó.

Añadió que en el caso de que el primer regidor no pudiera, asume el segundo.

“Pero en el caso de que el primer regidor resulte elegido, la consecuencia es que reciba la credencial de alcalde porque no hay alcalde. Yo creo que ese es el camino. Sería antidemocrático dejarlo. Lo que me preocupa es que el Jurado resuelva ahora porque le desinfla la llanta a todos ellos (que postulan a primer regidor y no tienen candidato a alcalde). Para qué los deja postular si al final le vas a vas a decir a la gente: ‘oye, él está postulando, pero no va a entrar’”, señaló.

Agregó que el jurado ha dicho que no hay reelección cuando se está postulando a primer regidor.

“Si ya le dieron la credencial [de alcaldes a primeros regidores] en el 2022, ¿por qué ahora sería lo contrario?“, dijo.

Villalobos consideró que el Jurado no debería pronunciarse ahora sobre las credenciales porque alteraría las elecciones.

Entre tanto, el especialista en derecho constitucional Alejandro Rospigliosi, fundador de Voto Informado, estimó que López Aliaga no recibirá la credencial de alcalde si su lista se impone en las elecciones.

“El artículo 194 de la Constitución es muy claro: los alcaldes y los gobernadores regionales no pueden ir a una reelección inmediata. Creo que con el transcurso de las semanas, el presidente del jurado ha entrado en un periodo de reflexión. Creo que la respuesta del jurado va a ser respetando la Constitución”

Rospigliosi añadió que “el jurado podría hacer lo que se llama técnicamente un ”prospective overruling”, que es cambiar su jurisprudencia equivocada, y decir: ‘Los dejo postular como regidores, pero no les voy a dar la credencial de alcaldes porque la Constitución lo prohíbe’”.

El también especialista en derecho electoral reconoció que esa decisión “va a generar zozobra en el país”; sin embargo, añadió: “Quien nos ha metido en esta inseguridad jurídica es el propio jurado, pero creo que nunca es tarde para rectificar”

Share.
Exit mobile version