El Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional condenó a Rodolfo Orellana a 7 años y 6 meses de pena privativa de la libertad por el delito de lavado de activos, en las modalidades de actos de conversión y transferencia, en el marco del denominado caso Parinacochas.
El Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional condenó a Rodolfo Orellana a 7 años y 6 meses de pena privativa de la libertad por el delito de lavado de activos, en las modalidades de actos de conversión y transferencia, en el marco del denominado caso Parinacochas.
La sentencia también alcanza a Ludith Orellana Rengifo, quien recibió la misma pena de siete años y seis meses de prisión por su participación como coautora del delito. Asimismo, se impuso a ambos el pago de 730 días-multa, equivalentes a S/ 29 mil 930, e inhabilitación por seis meses.
El caso está relacionado con un inmueble ubicado en el jirón Prolongación Parinacochas N° 380, distrito de La Victoria, cuyo saneamiento irregular se realizó mediante el uso de documentación ilícita que consignaba datos de personas fallecidas.
Posteriormente, la propiedad fue transferida entre testaferros vinculados a la organización criminal conocida como el “Clan Orellana.
De acuerdo con la investigación fiscal, estas operaciones permitieron que el inmueble terminara en poder de Humberto Paulino Contreras Abanto, quien conocía su procedencia ilícita.
Por estos hechos, también fue condenado a 6 años de pena privativa de libertad por lavado de activos, en la modalidad de actos de tenencia, además de 120 días-multa, equivalentes a S/ 4.920, e inhabilitación por seis meses.
Como parte de la decisión judicial, se estableció una reparación civil de S/ 1 millón que deberá ser abonada de manera solidaria por Rodolfo Orellana Rengifo, Ludith Orellana Rengifo y Humberto Paulino Contreras Abanto a favor del Estado.
El órgano jurisdiccional también dispuso la disolución y liquidación de la empresa Administradora de Empresas Insolventes S. A. C., al determinar que fue utilizada como instrumento del delito. Una vez firme la sentencia, esta medida deberá inscribirse en los Registros Públicos.
La actuación fiscal estuvo a cargo de Giselle Rodríguez Salcedo, fiscal provincial del Segundo Despacho de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, con conocimiento de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos, dirigida por el fiscal superior Juan Mendoza Abarca.

