Este resumen es generado por inteligencia artificial y revisado por la redacción.

`; document.body.appendChild(modalWrapper); let figcaption = modalWrapper.querySelector(«figcaption»); if(figcaption) figcaption.style.display=»none»; modalWrapper.querySelector(«.s-multimedia__close-modal»).addEventListener(«click»,()=>{modalWrapper.remove(); e.style.display=»flex»; if(caption) caption.style.display=»block»;});})})});});
Cuando falta casi un mes para el inicio del proceso de selección de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional (TC), la Comisión de Constitución del Senado, presidida por Carlos Mesía (Fuerza Popular), aprobó los criterios de evaluación que se aplicarán a los candidatos.
`; document.body.appendChild(modalWrapper); let figcaption = modalWrapper.querySelector(«figcaption»); if(figcaption) figcaption.style.display=»none»; modalWrapper.querySelector(«.s-multimedia__close-modal»).addEventListener(«click»,()=>{modalWrapper.remove(); e.style.display=»flex»; if(caption) caption.style.display=»block»;});})})});});
La aprobación se produjo tras un tenso debate, que se prolongó por más de 2 horas y media, en el que parlamentarios de Ahora Nación, Buen Gobierno y Juntos por el Perú cuestionaron los criterios planteados inicialmente por la presidencia de la comisión, en particular el puntaje asignado a la entrevista personal. Finalmente, luego de un cuarto intermedio, el grupo de trabajo dio luz verde al dictamen.

(Foto: Congreso)
`; document.body.appendChild(modalWrapper); let figcaption = modalWrapper.querySelector(«figcaption»); if(figcaption) figcaption.style.display=»none»; modalWrapper.querySelector(«.s-multimedia__close-modal»).addEventListener(«click»,()=>{modalWrapper.remove(); e.style.display=»flex»; if(caption) caption.style.display=»block»;});})})});});

(Foto: Congreso)
`; document.body.appendChild(modalWrapper); let figcaption = modalWrapper.querySelector(«figcaption»); if(figcaption) figcaption.style.display=»none»; modalWrapper.querySelector(«.s-multimedia__close-modal»).addEventListener(«click»,()=>{modalWrapper.remove(); e.style.display=»flex»; if(caption) caption.style.display=»block»;});})})});});
Actualmente, el pleno del TC está integrado por Helder Domínguez y los magistrados Francisco Morales, Luz Pacheco, Gustavo Gutiérrez, César Ochoa, Manuel Monteagudo y Pedro Hernández.
De los siete magistrados que integran actualmente el TC, seis culminarán su mandato en mayo del 2027, mientras que Hernández continuará en el cargo hasta diciembre del 2028, por ser el último en incorporarse al tribunal.
Precisamente, este último fue elegido como presidente del máximo interprete de la Constitución para el período 2026-2028.
De acuerdo con la norma, corresponde al Congreso iniciar el proceso de elección de los nuevos magistrados. Asimismo, establece que los integrantes del tribunal continúan en el ejercicio de sus funciones hasta que sus sucesores hayan tomado posesión del cargo.
La elección de los magistrados del TC está a cargo del Senado y requiere el voto favorable de los dos tercios del número legal de sus miembros.
Previamente, la Comisión de Procedimientos Especiales debe llevar a cabo un concurso público de méritos para seleccionar a los candidatos.
Concluido este procedimiento, la comisión publica la lista de candidatos aptos y presenta al presidente del Senado un informe que sustenta el puntaje otorgado a cada postulante. Este documento también debe difundirse en el portal institucional de la Cámara Alta.
Recibido el informe, el presidente del Senado convoca al pleno en un plazo no menor de cinco días hábiles para proceder a la elección. Durante la sesión, se debate y vota la propuesta de la comisión de manera individual y siguiendo el orden de calificación obtenido por los candidatos.
La elección se formaliza mediante una resolución legislativa del Senado. Si al concluir la votación no se logra cubrir todas las plazas vacantes, la comisión debe formular nuevas propuestas en un plazo máximo de cinco días hábiles, siguiendo el cuadro de méritos, hasta completar los puestos disponibles. Si las vacantes no pueden cubrirse con los candidatos de la primera convocatoria, se inicia un nuevo proceso de selección.
La evaluación de los candidatos tiene un puntaje máximo de cien puntos, distribuido de la siguiente manera:
- Evaluación curricular: hasta 70 puntos.
a) Formación académica: hasta treinta puntos.
b) Experiencia profesional: hasta treinta puntos.
c) Investigación jurídica: hasta diez puntos.
El dictamen establece que los grados académicos declarados por los postulantes deben encontrarse inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).
En cuando a la investigación jurídica, la calificación de los libros en materia jurídica se consideran únicamente aquellos registrados en la Biblioteca Nacional del Perú, el que debe contar con cubierta, depósito legal, ISBN, número de edición, editorial, introducción, índice y documentación que sustente un tiraje no menor de 500 ejemplares.
Para la calificación de los artículos de investigación se consideran únicamente aquellos publicados en revistas indexadas o arbitradas reconocidas por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC).
Los puntajes correspondientes a la investigación jurídica son acumulables hasta alcanzar el máximo de diez puntos. Para tal efecto, la calificación por libros publicados no puede exceder de seis puntos y la calificación por artículos de investigación no puede exceder de tres puntos.
- Entrevista personal: hasta 30 puntos.
De conformidad con el Reglamento del Senado, resueltas las tachas, la Comisión de Procedimientos Especiales cita, en un plazo no mayor de tres días hábiles, a los candidatos para la entrevista personal y publica el cronograma correspondiente en el portal web institucional del Senado.
La entrevista personal es pública y presencial. Tiene por finalidad conocer y evaluar directamente al candidato en función de su trayectoria personal, académica y profesional, así como los demás criterios establecidos en el artículo 25.
Para el desarrollo de la entrevista, los miembros de la Comisión cuentan con la hoja de vida y la documentación presentada por el candidato, así como con la información obtenida de fuentes oficiales e incorporada al expediente del candidato.
De conformidad con el Reglamento del Senado, la entrevista personal se califica hasta un máximo de treinta puntos y tiene por finalidad evaluar la trayectoria personal, académica y profesional.
Los miembros de la Comisión de Procedimientos Especiales califican individualmente la entrevista de cada candidato y asignan públicamente el puntaje correspondiente a cada candidato.
La presidencia de la Comisión promedia los puntajes asignados por los miembros que participaron en la entrevista y determina el puntaje final correspondiente a la entrevista personal de cada candidato.
Para superar la entrevista personal, el candidato debe obtener un puntaje mínimo de diez puntos.
¿Qué sigue después?
Luego viene la etapa de revisión de los resultados de la evaluación, el puntaje final y la elaboración del cuadro de méritos. Concluida la selección, la Comisión Especial publica el listado de candidatos aptos y presenta un informe al presidente del Senado. El informe se publica en el portal web institucional del Senado.
El presidente de la Comisión de Procedimientos Especiales remite al presidente del Senado la lista de candidatos aptos elaborada sobre la base del cuadro de méritos junto con el informe final.
Mira aquí la sesión de la Comisión de Constitución del Senado:


