El Segundo Juzgado Constitucional de Lima programó para este miércoles 12 de agosto la audiencia pública en la que evaluará el pedido del sentenciado expresidente Pedro Castillo para ser excarcelado y que se anule su condena por el Golpe de Estado.
El Segundo Juzgado Constitucional de Lima programó para este miércoles 12 de agosto la audiencia pública en la que evaluará el pedido del sentenciado expresidente Pedro Castillo para ser excarcelado y que se anule su condena por el Golpe de Estado.
La audiencia se realizarátras el habeas corpus que presentó Walter Ayala, abogado del vacado exmandatario, cuestionado una supuesta vulneración del derecho a la defensa.
El despacho judicial notificó a la Dirección del Penal de Barbadillo (Ate), a fin de que Castillo pueda participar y hacer uso de la palabra durante la audiencia que se desarrollará desde las 11 de la mañana.
MIRA: Alejandro Toledo y su pedido de indulto: ¿Qué acciones se seguirán a favor del exmandatario?
“Respecto al escrito con código N° 57683-2026, de fecha 22.07.2026, presentado por el beneficiario José Pedro Castillo Terrones, mediante el cual se apersona y solicita uso de la palabra, a lo expuesto: prográmese el informe oral, para el 12 de agosto de 2026 a las 11 de la mañana, que se llevará mediante el aplicativo de google hangouts meet”, dipuso el juzgado.
En la sesión participarán las procuradurías del Poder Judicial, Ministerio Público, Poder Legislativo, Ministerio de Jusiticia y la Procuraduría Pública del Consejo de Ministros.
Cabe precisar que Castillo buscó cuestionar la participación de la Procuraduría Pública del Consejo de Ministros en representación de la Presidencia de la República.

PEDRO CASTILLO
`; document.body.appendChild(modalWrapper); let figcaption = modalWrapper.querySelector(«figcaption»); if(figcaption) figcaption.style.display=»none»; modalWrapper.querySelector(«.s-multimedia__close-modal»).addEventListener(«click»,()=>{modalWrapper.remove(); e.style.display=»flex»; if(caption) caption.style.display=»block»;});})})});});
Sin embargo, el juzgado recordó que cada demandado (presidente de la República, ministro de Justicia y Derechos Humanos, Congreso, fiscal de la Nación, jueces supremo de Investigación Preparatoria y de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema), se encuentra representado de manera independiente por la Procuraduría Pública respectiva.
“En el caso del presidente de la República, este se encuentra representado por la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Asimismo, del escrito no se desprende que dicha procuraduría se haya apersonado en representación de todas las entidades demandadas como afirma el beneficiario, sino únicamente en representación del Despacho Presidencial-Presidencia de la República”, determinó el juezgado.
Castillo se encuentra recluido en el penal de Barbadillo (Ate) cumpliendo una condena de 11 años, 5 meses y 15 días -dictada en primera instancia- por el delito de conspiración para la rebelión por el golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022.
Pedro Castillo dio un mensaje a la Nación anunciando la disolución del Congreso y un gobierno de emergencia nacional por 100 días. (Foto: TV Perú)
`; document.body.appendChild(modalWrapper); let figcaption = modalWrapper.querySelector(«figcaption»); if(figcaption) figcaption.style.display=»none»; modalWrapper.querySelector(«.s-multimedia__close-modal»).addEventListener(«click»,()=>{modalWrapper.remove(); e.style.display=»flex»; if(caption) caption.style.display=»block»;});})})});});
Tanto la Corte Suprema como el Tribunal Constitucional, concluyeron que el exmandatario atentó contra el orden constitucional haciendo uso de su cargo presidencial y por ello han rechazado todos los mecanismos legales que ha usado para librarse de la cárcel.
Incluso, buscó ser excarcelado por la vía política, presentando hasta 17 pedidos de indulto y gracia presidencial, directamente o a través de terceros. Todos los requerimientos fueron rechazados por no cumplir con requisitos legales.
El habeas corpus fue presentado por la defensa de Castillo luego de haber gestionado un informe del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU opinando que la detención del vacado exmandatario habría sido arbitraria por falta de base legal (Categoría I) y violación del debido proceso (Categoría III).
PEDRO CASTILLO
`; document.body.appendChild(modalWrapper); let figcaption = modalWrapper.querySelector(«figcaption»); if(figcaption) figcaption.style.display=»none»; modalWrapper.querySelector(«.s-multimedia__close-modal»).addEventListener(«click»,()=>{modalWrapper.remove(); e.style.display=»flex»; if(caption) caption.style.display=»block»;});})})});});




