miércoles, julio 15

La Municipalidad de Lima inicia hoy miércoles 15 de julio la fiscalización y aplicación de sanciones económicas a los propietarios que no cumplan con el embanderamiento obligatorio en el Cercado de Lima. Esta medida de control se ejecuta en el marco de las celebraciones oficiales por el 205° aniversario de la independencia nacional.

La Municipalidad de Lima inicia hoy miércoles 15 de julio la fiscalización y aplicación de sanciones económicas a los propietarios que no cumplan con el embanderamiento obligatorio en el Cercado de Lima. Esta medida de control se ejecuta en el marco de las celebraciones oficiales por el 205° aniversario de la independencia nacional.

Las penalidades económicas por no colocar el símbolo patrio ascienden a 550 soles en la mayor parte del distrito. Sin embargo, para los inmuebles situados dentro del Centro Histórico de Lima, el monto de la sanción se eleva a 1,375 soles debido al régimen de protección especial que rige en dicha zona monumental de la capital.

LEE: La valla casi imposible en Lima: Solo ocho de los 42 distritos alcanzaron el 100% de ejecución presupuestal en los últimos 10 años

El marco legal de estas disposiciones se encuentra detallado en la Ordenanza 2200-MML, la cual establece la obligatoriedad de lucir la bandera nacional entre el 15 y el 31 de julio. El objetivo institucional de la normativa es promover el civismo, el respeto a los símbolos nacionales y fortalecer el sentido de identidad durante el mes patrio.

Las autoridades técnicas precisaron que la bandera debe estar instalada en la parte superior y central de la fachada del inmueble, asegurada firmemente con un asta. La norma prohíbe sujetar el símbolo directamente a ventanas, rejas o balcones, así como exhibir telas que presenten suciedad, roturas o decoloración evidente por efectos climáticos.

Rigurosas multas en el Cercado de Lima por símbolos patrios

Mariella Falla, funcionaria municipal, señaló que el uso inadecuado o irrespetuoso de la insignia puede generar multas de hasta 5,500 soles. Esta infracción de mayor gravedad administrativa incluye la alteración del diseño oficial, el uso de ejemplares en estado de deterioro extremo o cualquier utilización ofensiva contemplada en el reglamento nacional.

En cuanto al modelo técnico correcto, los ciudadanos deben izar únicamente la bandera nacional, la cual está compuesta por tres franjas verticales rojas y blancas sin escudo en el centro. El pabellón nacional, que incorpora el escudo de armas, está reservado por ley exclusivamente para las instituciones del Estado y las dependencias oficiales.

Finalmente, la comuna aclaró que los inspectores de campo no están autorizados para recibir pagos en efectivo ni realizar cobros directos durante los operativos de supervisión. El trámite de las multas impuestas se canalizará mediante el Servicio de Administración Tributaria una vez que se emita la resolución administrativa correspondiente tras la detección de la falta.

Share.
Exit mobile version