martes, abril 14

En segunda instancia administrativa, la Comisión de la Oficina Regional de Indecopi en Lambayeque sancionó a Rimac Seguros y Reaseguros por incumplir el pago oportuno de la indemnización del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) por invalidez permanente a favor de un consumidor, vulnerando el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

En segunda instancia administrativa, la Comisión de la Oficina Regional de Indecopi en Lambayeque sancionó a Rimac Seguros y Reaseguros por incumplir el pago oportuno de la indemnización del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) por invalidez permanente a favor de un consumidor, vulnerando el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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Como consecuencia, Indecopi le impuso una multa de 3.49 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/19.195. El caso se originó tras un accidente de tránsito ocurrido el 9 de enero de 2023, en el que estuvo involucrado el vehículo asegurado en el que viajaba el afectado.

El consumidor solicitó la indemnización el 8 de enero de 2025; sin embargo, la empresa no efectuó el pago dentro del plazo legal de 10 días posteriores a la solicitud. Durante el procedimiento, la aseguradora alegó que el 17 de enero de 2025 comunicó, vía correo electrónico, la derivación del caso al Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) para su evaluación.

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No obstante, la Comisión concluyó que dicha comunicación no fue válida, ya que el sistema virtual de la empresa condiciona el trámite de la solicitud al registro obligatorio de un correo electrónico y no permite la elección libre del medio por el cual los consumidores desean ser notificados.

Como medida correctiva, Indecopi ordenó a la empresa pagar al denunciante, en un plazo máximo de 15 días hábiles, la suma de S/10.700 por concepto de indemnización por invalidez permanente al 50%. Además, deberá acreditar el cumplimiento de esta obligación ante la autoridad correspondiente, bajo apercibimiento de imponer una multa coercitiva de 3 UIT en caso de incumplimiento.

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