miércoles, octubre 14

En un contexto en el que las lluvias comienzan a registrarse en el norte del Perú, las intervenciones previstas en el marco del Decreto de Urgencia n.° 010-2026, que establece medidas extraordinarias para ejecutar Obras por Impuestos ante el fenómeno de El Niño (OxI Exprés), todavía no cuentan con convenios suscritos. La norma fue publicada el 2 de setiembre.

“A la fecha no tenemos ningún proyecto o, bueno, ningún servicio o IOARR que tenga convenios suscritos. Solo hay la intención de algún gobierno regional, junto con la empresa privada, de financiar lo que son descolmatación de ríos, pero a la fecha no hay ningún convenio suscrito”, refirió Taya León, coordinadora de seguimientos de inversiones de Proinversión, durante el evento OxI Exprés: de la regulación a la ejecución de proyectos para enfrentar el fenómeno de El Niño, organizado por el Estudio Echecopar.

Por su parte, Dolly Lozano, asesora de la Dirección de Inversiones Descentralizadas de Proinversión, explicó que las entidades públicas todavía están preparando los Términos de Referencia (TDR) de los servicios que requerirán ejecutar mediante este mecanismo.

“La lista de servicios con contenidos mínimos los sectores ya los presentaron, en los cinco primeros días después de la publicación del decreto. El tema es que esas listas son las referenciales, pero es cuestión de días para que ya empiecen a lanzarse las invitaciones a las empresas”, mencionó.

La principal ventaja de este mecanismo es que permite reducir los plazos para ejecutar intervenciones rápidas y preventivas ante el fenómeno El Niño. Mientras que la suscripción de un convenio de OxI convencional puede tomar poco más de medio año, una OxI Exprés podría concretarse en 24 días hábiles, es decir, en aproximadamente un mes y medio.

El decreto prioriza servicios como la descolmatación de ríos, el alquiler de maquinaria, la dotación de agua potable y el recapeo vial, entre otros. Estas intervenciones pueden ejecutarse a través de diez sectores: Educación, Salud, Transportes, Agricultura, Vivienda, Ambiente, Producción, Cultura, Midis e Interior. Asimismo, comprende las Inversiones de Optimización, Ampliación Marginal, Rehabilitación y Reposición (IOARR) de emergencia destinadas a infraestructura o equipamiento afectado o en riesgo.

No obstante, el alcance de la norma es acotado: se aplica en zonas declaradas en emergencia por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027.

Según León, debido al contexto de emergencia, los servicios se ejecutan mediante contratación directa y se aprueban por resolución del titular de la entidad. Además, dada la urgencia, no se requiere un informe previo de la Contraloría durante la fase de actos previos. En el caso de las IOARR, tampoco es necesario contar con un registro previo en el Programa Multianual de Inversiones (PMI).

Estos cambios permiten acortar los plazos al eliminar algunos procedimientos y reducir el tiempo para aprobar documentos. Por ejemplo, el certificado de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL) es emitido por el Tesoro Público en cinco días y admite un máximo de una observación.

Sin embargo, la simplificación de los procedimientos no elimina las responsabilidades de las entidades públicas ni de las empresas privadas. En ese sentido, se destacó la importancia de una adecuada planificación y coordinación, así como de la calidad de las decisiones técnicas, legales y financieras.

“Simplificar no significa que la responsabilidad se va a diluir. En realidad, cuanto más cortos son los plazos, mayor importancia requiere la planificación, la coordinación y la calidad de las decisiones técnicas, legales y financieras. Entonces es importante para que esta herramienta funcione, que las entidades públicas identifiquen de manera correcta las especificaciones técnicas y las intervenciones que hay que hacer para hacer una adecuada priorización. Y, desde el lado de las empresas privadas tienen que analizar adecuadamente los riesgos al momento de participar como invitados en un proyecto de este tipo”, destacó León.

El flujograma de una OxI Exprés comprende tres etapas. La primera es la priorización, que dura tres días hábiles. La segunda corresponde a los actos previos, con una duración de cuatro días hábiles, y culmina con la autorización para la contratación directa. Finalmente, la tercera etapa es la contratación directa, que comienza con la invitación a dos o más empresas y concluye con la suscripción del convenio. Esta última es la que demanda más tiempo: 17 días hábiles.

Durante el mismo evento, Ivana Llaque, gerente de Asuntos Legales e Institucionales de ALOXI, destacó la necesidad de contar con certeza sobre las obligaciones, los riesgos y la razonabilidad de la ejecución. Por ello, subrayó la importancia de que los TDR sean claros y permitan a las empresas tomar decisiones informadas.

“Vemos el interés de las empresas privadas de participar en este régimen excepcional y yo creo que esa es una muy buena señal. Sin embargo, hay una diferencia entre interés y que existan las condiciones para poder asumir un compromiso de financiamiento. La empresa privada busca tener claridad en qué va a financiar”, refirió.

Por su parte, Omar Lam, CEO de Equans Perú, consideró que, pese a la agilización de los plazos, el Estado debe tener especial cuidado al elaborar los TDR en periodos cortos, a fin de evitar la generación de riesgos excesivos, particularmente en un contexto de cambio de autoridades subnacionales.

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