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La Municipalidad Metropolitana de Lima y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se pronunciaron sobre la Resolución N.° 8 del Quinto Juzgado Constitucional de Lima, que abordó las demoras registradas durante las elecciones generales del pasado 12 de abril.
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El organismo electoral también señaló que la pretensión principal de la demanda, referida a la realización de elecciones complementarias, quedó sin materia. Sobre las multas por omisión al sufragio, sostuvo que continúa vigente el procedimiento de dispensa, mediante el cual cada ciudadano debe presentar y acreditar su solicitud conforme a las reglas establecidas.
El JNE añadió que su Procuraduría evaluará la posibilidad de presentar los recursos impugnatorios correspondientes y reafirmó su compromiso con la protección del derecho al sufragio y el respeto a la voluntad popular.
La Municipalidad de Lima respondió y defendió el alcance de la decisión judicial señalando que el fallo reconoce las deficiencias en la previsión y fiscalización electoral. Además, remarcó que la exoneración de multas para los ciudadanos afectados no debe considerarse un simple trámite administrativo, sino una medida de reparación.

Comunicado de la Municipalidad de Lima.
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La Municipalidad también cuestionó que el JNE no haya asumido, a su juicio, un compromiso concreto para ejecutar las mejoras ordenadas por el juzgado. Por ello, pidió al organismo electoral reformar sus protocolos de control y fiscalización para evitar que se repitan situaciones similares.
La controversia se remonta a la primera vuelta de las Elecciones Generales 2026, cuando las demoras en la distribución del material electoral impidieron que algunas mesas de votación abrieran a la hora prevista. Frente a estos hechos, Reggiardo presentó una demanda de amparo contra el JNE para cuestionar la decisión de no convocar a elecciones complementarias en los distritos de Lima Metropolitana afectados.


