El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó, mediante la Resolución Ministerial n°252-2025-ef-/65, el reglamento de la Ley N° 32123, conocida como la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano.
El documento señala que dicha ley, promulgada en septiembre del 2024, tiene como objeto crear al Sistema Integral Previsional Peruano, incorporando el Sistema Nacional de Pensiones y el Sistema Privado de Pensiones, a fin de garantizar la protección previsional de todos los peruanos tengan o no un vínculo laboral.
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Este sistema busca garantizar una cobertura previsional universal, igualitaria e inclusiva, estableciendo mecanismos para asegurar el pago de una pensión mínima a los afiliados.
Además, se indica que se debe aprobar su reglamento en el plazo de 180 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada ley. El proyecto estará disponible en la sede digital del MEF por un plazo de 15 días calendario, contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución ministerial.
La reforma también elimina la posibilidad de retirar el 95,5% del fondo acumulado al momento de la jubilación para los aportantes menores de 40 años. También, se prohíben los retiros extraordinarios, práctica recurrente en los últimos años.
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Respecto a los trabajadores independientes, la ley establece un aporte obligatorio para aquellos que emiten recibos por honorarios (cuarta categoría). Este aporte será descontado del impuesto a la renta y comenzará con una tasa del 2% durante el primer año, incrementando en un punto porcentual cada dos años hasta alcanzar un máximo del 5%. Otro aspecto destacado de la ley es la pensión mínima. Puedes leer el reglamento aquí.




