jueves, octubre 1
Magaly Medina, Cuto Guadalupe y más de 25 años de denuncias, sentencias y cárcel | EL COMERCIO PERÚ

Este resumen es generado por inteligencia artificial y revisado por la redacción.

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Todo empezó, como tantas veces en la televisión peruana, con una cámara esperando en la puerta de un hospedaje. En mayo de 2023 el programa de Magaly Medina mostró a Charlene Castro, entonces esposa del exfutbolista Luis “Cuto” Guadalupe, entrando a un hospedaje con otro hombre. Lo que vino después fue lo habitual en “Magaly TV”: el comentario, la risa, la frase que rebota en las redes. Esta vez, sin embargo, la frase tenía un destinatario que no estaba dispuesto a dejarla pasar. Guadalupe sostuvo que las burlas habían tocado su honor, su familia y hasta sus convicciones religiosas.

Todo empezó, como tantas veces en la televisión peruana, con una cámara esperando en la puerta de un hospedaje. En mayo de 2023 el programa de Magaly Medina mostró a Charlene Castro, entonces esposa del exfutbolista Luis “Cuto” Guadalupe, entrando a un hospedaje con otro hombre. Lo que vino después fue lo habitual en “Magaly TV”: el comentario, la risa, la frase que rebota en las redes. Esta vez, sin embargo, la frase tenía un destinatario que no estaba dispuesto a dejarla pasar. Guadalupe sostuvo que las burlas habían tocado su honor, su familia y hasta sus convicciones religiosas.

Tres años después, la broma volvió como sentencia. El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Lima la halló responsable de injuria y difamación agravada y le impuso tres años de pena privativa de libertad. Hay una multa de S/57.216,50 y una reparación civil de S/200 mil que debe pagar junto con Andina de Radiodifusión, la empresa vinculada a ATV. No puede mudarse ni salir del país sin permiso, debe firmar cada 30 días en la Corte Superior y tiene prohibido injuriar o difamar al exfutbolista.

Guadalupe, por su parte, dijo recibir la decisión sin ánimo de revancha y aseguró que no quiso juzgar ni humillar a la madre de su hijo. Habló del fallo como una advertencia para quienes exhiben la vida privada ajena. Medina, fiel a su estilo, respondió mencionando que apelará la sentencia y pidió, además, que el exfutbolista “no cantar victoria” antes de tiempo. La sentencia es de primera instancia y todavía no es firme, lo que inevitablemente evoca a otros episodios similares en la vida de la conductora.

Cuto GuadalupeLuis “Cuto” Guadalupe fue uno de los últimos personajes en llevar a Magaly Medina a los tribunales, tras un reportaje emitido en 2023.

/ NUCLEO-FOTOGRAFIA > ALLEN QUINTANA

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Todo empezó con un concurso de belleza. Medina afirmó que el certamen de la exreina Deborah de Souza estaba arreglado y que se jugaba con la ilusión de las aspirantes. De Souza la querelló en diciembre de 1998 por difamación, en lo que los registros ubican como el primer proceso penal de la larga lista judicial de la conductora.

El 41.º Juzgado de Lima condenó a Medina y a su productor, Ney Guerrero, a dos años de libertad condicional y al pago de S/30 mil de reparación civil cada uno. La sentencia llegó en 2001, pero no fue el desenlace. El expediente continuó hasta la Corte Suprema, que finalmente absolvió a la periodista y cerró aquel primer capítulo judicial.

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En 1999, el compositor Augusto Polo Campos presentó una querella por difamación contra Magaly Medina. El episodio pertenece a los primeros años de “Magaly TV”, cuando los enfrentamientos entre la conductora y figuras del espectáculo comenzaban a llegar a los tribunales. El proceso, sin embargo, no terminó con una sentencia que estableciera responsabilidad penal ni con una pena de prisión.

Polo Campos y Medina llegaron a una conciliación y el expediente fue archivado. No hubo prisión suspendida, ingreso a un penal ni una reparación civil fijada mediante sentencia. Es uno de los primeros casos de la trayectoria judicial de Medina y también uno de los que terminaron antes de que un juez tuviera que pronunciarse sobre el fondo de la acusación.

/ RAFAEL CORNEJO

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En diciembre de 1999, Ernesto Pimentel, conocido por su personaje de la “Chola Chabuca”, llevó a Medina a los tribunales después de que su programa difundiera información sobre aspectos de su vida privada. Entre ellos estuvieron su homosexualidad y la afirmación de que era portador del VIH, datos que fueron expuestos públicamente desde “Magaly TV”.

El proceso no terminó con una condena. No hubo prisión suspendida y Medina tampoco fue a la cárcel. El expediente quedó, así, dentro del grupo de casos en los que la conductora logró evitar una sentencia penal desfavorable. El episodio quedó asociado a una etapa del programa en la que la exposición de la vida privada provocó frecuentes litigios.

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En mayo de 2001 le tocó a la reina de los sábados. Basándose en el testimonio de un extrabajador de Gisela Valcárcel, Medina habría dicho que en la casa de la animadora se realizaban fiestas donde se consumían sustancias prohibidas. Tras la querella, la conductora fue condenada a tres años de prisión suspendida, bajo reglas de conducta, y S/10 mil de reparación civil.

En otro expediente relacionado con ese entorno, Susana Umbert, productora vinculada a Gisela Valcárcel, presentó una querella por difamación contra Medina por afirmaciones realizadas desde su programa. A diferencia del proceso que terminó en condena, este no concluyó con una sentencia penal contra la conductora. Años después, en 2022, Medina contó que Valcárcel la había enjuiciado varias veces.

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El caso comenzó con un reportaje emitido el 31 de enero de 2000 en “Magaly TV”. El programa mostró a la vedette Mónica Adaro manteniendo relaciones sexuales en un hotel con un hombre contratado por el equipo de producción. Las imágenes fueron presentadas como parte de una investigación sobre prostitución clandestina. Adaro denunció a Medina y Ney Guerrero por violación de su intimidad.

El Poder Judicial condenó a Medina y Guerrero a cuatro años de prisión suspendida por tres años y al pago solidario de S/50 mil de reparación civil. La Corte Suprema confirmó la sentencia. En 2005 y 2006, el Tribunal Constitucional rechazó los recursos de ambos y respaldó la protección de la vida privada, además de imponerles una multa procesal. Adaro recibió la reparación fijada judicialmente.

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El mismo reportaje que involucró a Mónica Adaro tuvo como protagonista a Martha Vásquez Chávez, conocida como Yesabella. Las imágenes difundidas mostraron también un encuentro sexual grabado en un contexto privado y fueron presentadas dentro del caso conocido como las “prostivedettes”. Vásquez demandó a Medina y Ney Guerrero por difamación y calumnia, y el proceso avanzó hasta una sentencia del Primer Juzgado Penal de Lima.

El 13 de mayo de 2004, el juzgado condenó a Medina y Guerrero a 15 meses de prisión suspendida y al pago de S/25 mil de reparación civil cada uno. El proceso formó parte del mismo episodio que enfrentó a Adaro con el programa, pero tuvo un expediente y una sentencia propios. Años después, Medina reconoció públicamente que aquel caso había sido un error suyo.

/ ANDRES CUYA

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En 2004, el modelo argentino Juan Martín Mercado, entonces relacionado sentimentalmente con Laura Huarcayo, llevó a Medina a los tribunales por difamación. El conflicto surgió por calificativos utilizados por la conductora en televisión, entre ellos “poco hombre” y “mantenido”. El proceso pasó por el 6.º Juzgado Penal de Lima, pero no siguió el camino de las condenas acumuladas contra Medina.

El juzgado decidió archivar el caso. No hubo prisión suspendida, reparación civil fijada por sentencia ni ingreso a un penal. Mercado pertenece, por ello, al grupo de querellantes cuyos procesos no llegaron a una condena penal contra Medina. El archivo se produjo durante los primeros años de “Magaly TV”, cuando los enfrentamientos televisivos de la conductora empezaban a multiplicarse en los tribunales.

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El exalcalde de Barranco Martín del Pomar también terminó enfrentado judicialmente con Medina por un informe emitido años antes. Su expareja, Silvana Vivanco, lo había acusado en el programa de haberla obligado a abortar, y Medina lo presentó públicamente con calificativos relacionados con esas acusaciones. En 2009, después de que Vivanco fuera condenada por difamación contra Del Pomar, él exigió una rectificación.

Del Pomar inicialmente anunció una querella y pidió hasta US$1 millón, pero finalmente recurrió a una acción de amparo para exigir una rectificación. El Sexto Juzgado Constitucional de Lima la declaró inadmisible porque había transcurrido demasiado tiempo desde los hechos. No hubo prisión suspendida, Medina no fue a la cárcel y el pedido de rectificación contra ella no prosperó.

En junio de 2008, el productor Efraín Aguilar querelló a Medina por relacionar a los actores Malú Costa y Lucho Cáceres con un caso de tráfico de drogas. La conductora había afirmado que no todos los actores eran responsables de los escándalos que protagonizaban, sino que algunos comportamientos eran aprendidos de su “maestro”, en alusión a Aguilar.

Aguilar pidió una pena de cuatro años de prisión suspendida y una reparación civil superior a S/88 mil. El proceso, sin embargo, no llegó a una sentencia. Dos años después, el propio productor retiró la querella por “motivos personales”, con lo que el enfrentamiento judicial quedó archivado antes de que un juez determinara responsabilidad penal de Medina.

El caso comenzó en noviembre de 2007, cuando el programa y la revista de Medina difundieron fotografías de Paolo Guerrero junto a una mujer y afirmaron que había salido de la concentración antes del partido Perú-Brasil. Medina sostuvo que las imágenes fueron tomadas de madrugada. Guerrero exigió una rectificación mediante carta notarial, pero Medina rompió el documento frente a las cámaras.

El 16 de octubre de 2008, Medina recibió cinco meses de prisión efectiva y fue recluida en Santa Mónica durante 76 días. Luego, la Corte Suprema modificó la pena a tres años de prisión suspendida, además de S/200 mil de reparación civil y una multa. Salió el 31 de diciembre de 2008 y volvió a “Magaly TV” el 5 de enero de 2009. Fue su única permanencia en prisión.

/ MIGUEL SCHINCARIOL

La primera demanda de Lucho Cáceres contra Magaly Medina ocurrió en 2011, después de que la conductora lo criticara en televisión por un incidente con los fotógrafos de su revista. Medina lo calificó, entre otras expresiones, de “actorcillo mediocre y fracasado”. Cáceres respondió con una querella por difamación agravada y pidió S/1 millón de reparación civil. El proceso no terminó con una condena.

La segunda demanda llegó casi una década después. En 2020, Cáceres volvió a querellar a Medina por difamación agravada después de que ella lo calificara en televisión como “escoria” y “basura”. La Corte Suprema confirmó la condena en 2023. Aunque un hábeas corpus la suspendió temporalmente en 2024, luego fue revocado. Ese año, Cáceres confirmó que Medina había pagado S/70 mil.

En 2011, Aldo Miyashiro presentó una querella por difamación agravada después de que Medina criticara una entrevista clandestina que el conductor había realizado al barrista José Luis Roque Alejos, conocido como “Cholo Payet”, investigado por su relación con la muerte de Walter Oyarce. Miyashiro sostuvo que Medina lo había presentado como encubridor y pidió S/5 millones de reparación civil.

El 53.º Juzgado Penal de Lima absolvió a Medina en julio de 2012. El juzgado consideró que sus expresiones estaban dentro del derecho a opinar y que no atribuían a Miyashiro la comisión de un delito. No hubo prisión suspendida, Medina no fue a la cárcel ni pagó la reparación solicitada. Meses después, ambos anunciaron que retiraban las demandas que habían intercambiado.

El modelo Jean Pierre Vismara, Mister Perú 1998, querelló a Medina por difamación agravada después de que una información publicada en la web de su revista lo vinculara con una denuncia por violación. El caso planteó cuánto tiempo podía permanecer vigente una difamación difundida en internet. En mayo de 2012, el juzgado condenó a Medina, pero la decisión fue cuestionada en la instancia superior.

La primera sentencia impuso tres años de prisión suspendida y reglas de conducta por dos años. Sin embargo, el 5 de julio de 2012, la sala superior declaró nula esa sentencia, consideró prescrita la acción penal y ordenó el archivo definitivo. Medina no fue a la cárcel ni cumplió aquella pena, y el proceso terminó sin una condena penal vigente.

En 2019, Nicola Porcella querelló a Medina por comentarios emitidos durante la cobertura de la llamada “fiesta del terror”. La conductora se refirió al modelo con expresiones como “basura” y “mujeriego”, en un contexto marcado por denuncias y versiones sobre lo ocurrido en una fiesta. El proceso avanzó hasta una sentencia de primera instancia que responsabilizó a Medina por difamación.

El 12 de abril de 2021, el 11.º Juzgado Penal la condenó a un año de prisión suspendida y S/25 mil de reparación civil. Meses después, una instancia superior declaró nula la sentencia. El caso quedó sin efecto y Medina no tuvo que cumplir aquella pena. El desenlace que puede sostenerse con las fuentes revisadas es, por tanto, la nulidad de la primera sentencia.

En agosto de 2020, Medina difundió un informe sobre un supuesto romance entre Sheyla Rojas y Luis Advíncula, utilizando conversaciones y material entregado por el exrepresentante de la modelo, Irvin Vera. Rojas respondió con una demanda por S/1,28 millones por afectación de su intimidad y honor. El caso generó además cuestionamientos de especialistas sobre el uso de comunicaciones privadas en televisión.

La demanda no llegó a una sentencia. Rojas desistió del proceso y posteriormente se mudó a México. No hubo prisión suspendida, ingreso a un penal ni una reparación civil fijada judicialmente contra Medina. El expediente se cerró antes de que un juez emitiera un pronunciamiento sobre el fondo del reclamo planteado por la modelo.

/ HORACIO DIAZ

El conflicto judicial con Jefferson Farfán comenzó por contenidos difundidos en 2019, cuando el programa mostró imágenes del interior del departamento del exfutbolista en Miraflores, grabadas desde el exterior. La cobertura se centró en su relación con Yahaira Plasencia y también incluyó comentarios sobre su vida familiar. Farfán sostuvo que se había vulnerado su intimidad y llevó el caso a los tribunales.

En julio de 2024, Medina recibió dos años y ocho meses de prisión, convertidos en 138 jornadas de servicio comunitario, y S/500 mil de reparación civil. La apelación confirmó su responsabilidad y redujo la reparación a S/300 mil. La Corte Suprema dejó firme la condena en agosto de 2025. Medina no fue a la cárcel. En 2026, Farfán pidió hacer efectiva la pena.

En 2021, después de las denuncias de Génesis Alarcón contra Andy Polo por presunta violencia, Medina calificó al futbolista de “prepotente”, “infiel” e “irresponsable”. Polo presentó una querella por difamación agravada y sostuvo que esas expresiones podían afectar su imagen profesional. El proceso llegó a una sala penal, donde se discutió si las frases eran afirmaciones de hechos o juicios de valor.

La Quinta Sala Penal de Apelaciones terminó archivando la denuncia y consideró que las expresiones cuestionadas estaban vinculadas con el ejercicio de la opinión. No hubo prisión suspendida ni ingreso a un penal. La defensa de Medina presentó la resolución como favorable sobre los límites de la libertad de expresión, aunque el expediente correspondía específicamente a las expresiones realizadas contra Polo.

En septiembre de 2020, Medina emitió un reportaje sobre Nadeska Widausky que la vinculaba, entre otros elementos, con el asesinato de Antonio “Chino” Saucedo y recordaba sus apariciones en páginas policiales. Widausky sostuvo que el tratamiento televisivo había afectado su honor y que la conductora había presentado asociaciones sin sustento. El proceso continuó durante varios años y terminó con decisiones judiciales adversas para Medina.

En agosto de 2023, Medina fue condenada a un año y ocho meses de prisión suspendida y a pagar S/30 mil de reparación civil. La sala confirmó la condena en marzo de 2024 y la Corte Suprema rechazó la nulidad en septiembre. Sin embargo, la notificación llegó después del plazo de prescripción y, en 2025, Medina quedó liberada del pago de la reparación civil.

Yahaira Plasencia presentó en 2024 una querella por difamación contra Medina después de que la conductora utilizara el término “escort” al referirse a la cantante durante sus comentarios televisivos. El proceso avanzó hasta la etapa de juicio oral, mientras ambas continuaban enfrentadas públicamente. Durante 2026 comenzaron conversaciones privadas para cerrar el conflicto sin prolongarlo en los tribunales ni llegar a una nueva sentencia penal.

En agosto de 2026, ambas llegaron a una conciliación y se ofrecieron disculpas. Plasencia anunció que desistía de la demanda y también del reclamo económico. No hubo, por ello, una condena, prisión suspendida ni ingreso a un penal. El proceso terminó mediante un acuerdo entre las partes, que optaron por cerrar judicialmente el enfrentamiento antes de una sentencia sobre el fondo de la querella.

En 2026, Alejandra Baigorria presentó una querella contra Medina por comentarios relacionados con su relación con Said Palao y por calificativos utilizados al hablar de sus parejas. Entre las expresiones cuestionadas estuvieron “pobre mujer sufrida”, “cobarde para el dolor” y la referencia a sus antiguos novios como “mamarrachos”. El caso llegó al 17.º Juzgado Penal Unipersonal de Lima para determinar si aquellas expresiones constituían difamación.

El juzgado desestimó la querella al considerar que las frases cuestionadas correspondían a opiniones y valoraciones personales. No hubo prisión suspendida ni cárcel. Baigorria apeló la resolución y anunció que continuaría con el proceso, por lo que el archivo de primera instancia no representa el cierre definitivo del caso. Al 30 de septiembre de 2026, la situación permanece pendiente de revisión en una instancia superior.

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