A las 11 a.m. en la Sala Miguel Grau, la Comisión de Constitución del Senado tiene previsto sesionar este jueves 14 de octubre para debatir y votar el predictamen sobre el pedido de facultades que planteó el Ejecutivo al Congreso a fines de agosto pasado. Ahora, la fórmula puesta sobre la mesa por el grupo que preside el senador Carlos Mesía (Fuerza Popular) incorpora ocho puntos adicionales al texto que fue remitido por la Cámara de Diputados, lo que avizora una jornada con pronóstico reservado.
A las 11 a.m. en la Sala Miguel Grau, la Comisión de Constitución del Senado tiene previsto sesionar este jueves 14 de octubre para debatir y votar el predictamen sobre el pedido de facultades que planteó el Ejecutivo al Congreso a fines de agosto pasado. Ahora, la fórmula puesta sobre la mesa por el grupo que preside el senador Carlos Mesía (Fuerza Popular) incorpora ocho puntos adicionales al texto que fue remitido por la Cámara de Diputados, lo que avizora una jornada con pronóstico reservado.
El gobierno planteó el 28 de agosto un pedido para obtener facultades para legislar en 66 puntos sobre distintas materias por 120 días calendario. Sin embargo, tras un accidentado paso por la Cámara Baja, esta solo dio luz verde a 20 de las planteadas originalmente el pasado 6 de octubre, reduciéndose a 90 días el plazo y a solo dos materias: seguridad ciudadana y fenómeno El Niño. Ahora la pelota está en la cancha del Senado.
En el predictamen, al que accedió El Comercio, se invoca la Constitución y el Reglamento del Senado respecto a la atribución que tiene la Cámara Alta para revisar la propuesta remitida por la Cámara de Diputados y que está facultada “para aprobarla en sus términos, modificarla o rechazarla”.
“Se ha identificado claramente que el Senado tiene la competencia para modificar las propuestas legislativas que remita la Cámara de Diputados, así como de aprobarlas o rechazarlas. De tal modo, el Senado está investido con plenas competencias constitucionales para modificar lo que Diputados envíe y presente como parte del procedimiento legislativo”, se sostiene.
`; document.body.appendChild(modalWrapper); let figcaption = modalWrapper.querySelector(«figcaption»); if(figcaption) figcaption.style.display=»none»; modalWrapper.querySelector(«.s-multimedia__close-modal»).addEventListener(«click»,()=>{modalWrapper.remove(); e.style.display=»flex»; if(caption) caption.style.display=»block»;});})})});});
Es decir, se incide en que la “potestad” del Senado en la revisión “va desde la aprobación de la propuesta legislativa sin incorporar ningún cambio hasta el otro extremo de rechazar la propuesta legislativa remitida”. Siendo que, según se indica, se debería siempre preferir “salvar” la propuesta “antes que su extinción”.
No obstante ello, también se sostiene que el marco de actuación que tiene el Senado para modificar las propuestas legislativas enviadas por Diputados es la propia iniciativa planteada; en este caso, por el Ejecutivo.
“En tal sentido, en el presente dictamen, se ha cuidado que las materias que se incorporen guarden relación tanto con la iniciativa legislativa presentada por el Poder Ejecutivo por el cual solicita facultades delegadas al Congreso de la República como por la proposición legislativa aprobada por la Cámara de Diputados”, se sostiene.
Puntos incorporados
En ese contexto, frente a la propuesta elevada por la Cámara de Diputados, se plantea un texto sustitutorio, manteniendo el plazo de 90 días calendarios circunscritas en materias de seguridad ciudadana y el fenómeno El Niño.
Uno de los puntos que se dejó de lado en Diputados y que ahora se adiciona al texto sobre la mesa tiene que ver con la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI).
Se plantea ahora la posibilidad de modificación de las normas con la finalidad de su fortalecimiento y también del Sistema de Inteligencia Nacional.
Entre los puntos adicionales está la posibilidad de “regular la participación excepcional y temporal” de las Fuerzas Armadas en acciones de seguridad externa de los penales, el cual está incluido en el eje de la reforma del sistema penitenciario.
En ese mismo marco, se incorpora el regular para los casos de delitos de alta peligrosidad, entre otros, “la libertad vigilada postpenitenciaria”, así como la creación de un registro “a fin de prevenir la reincidencia y continuidad delictiva”.
Otro de los puntos es la modificación normativa para “precisar los criterios objetivos y concurrentes por los cuales una organización criminal puede ser calificada como grupo hostil”, según su nivel de organización y uso de armamento de fuego o explosivos y ataque contra la población. Se adiciona una dación de cuenta sobre ello al Congreso y su revisión periódica.
También se incorpora una modificación a la Ley contra el Crimen Organizado para que se pueda “calificar e inscribir en un registro” a las organizaciones criminales que empleen de forma sistemática “métodos de violencia propios del terrorismo” para sus fines, como atentados con explosivos o armas de guerra contra personas, viviendas, transporte o infraestructura.
“Así como extender a dichas organizaciones, en lo pertinente, las técnicas especiales de investigación, las medidas sobre bienes y activos, el régimen de ejecución penal y los mecanismos de cooperación internacional previstos para el delito de terrorismo, con control judicial, revisión periódica y derecho de defensa, con la finalidad de reforzar la respuesta del Estado frente a dichas organizaciones, sin modificar la tipificación del delito de terrorismo”, se indicó.
Además, está la modificación normativa para fortalecer la figura de la legítima defensa, a fin de establecer que quien la emplea “goza de la presunción de haber actuado de modo racional frente a la agresión”. Adicionando dos candados: que se admite prueba en contrario y que toda resolución judicial que la descarte requiere de motivación.
Fenómeno El Niño y más
Por otro lado, en cuanto a la materia del fenómeno de El Niño, se incorpora la aprobación de medidas para la “simplificación administrativa” sobre la ejecución de proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura, como autorizaciones y permisos, entre otros. Esto, se agrega, “sin exceptuar las obligaciones ambientales, de seguridad ni de protección del patrimonio cultural” de ser aplicables.
Una octava adición que se hace en el texto a discutir en el Senado se encuentra en las disposiciones complementarias finales. Se establece que “es deber” del titular de cada sector el informar al Senado -específicamente, a la misma Comisión de Constitución- “los avances del estado de implementación de las medidas legislativas”. Ello, dentro de los 20 días calendarios tras la publicación de los decretos respectivos.
Si bien se incorporan esos ocho puntos, también se elimina una de las medidas que fueron elevadas por parte de Diputados. Se trata de la propuesta para la creación del servidor púbico para Centros de Rehabilitación Juvenil.
Nota en desarrollo….



