Una licencia de funcionamiento debe resolverse, según la ley, en un plazo de dos días hábiles. Los textos únicos de procedimientos administrativos (TUPA) de las municipalidades declaran, en promedio, unos ocho. Esa diferencia de seis días forma parte del eje norma-realidad del Mapa de Distancias de Hágase Instituto, que mide qué parte de lo que la norma promete llega al ciudadano. Reducirla requiere que las entidades actualicen sus procedimientos y que el Ejecutivo ordene y supervise ese trabajo. Cerrarla exige, además, que las entidades apliquen la norma vigente y reduzcan la discrecionalidad que hoy recae sobre las empresas y los ciudadanos.
Una licencia de funcionamiento debe resolverse, según la ley, en un plazo de dos días hábiles. Los textos únicos de procedimientos administrativos (TUPA) de las municipalidades declaran, en promedio, unos ocho. Esa diferencia de seis días forma parte del eje norma-realidad del Mapa de Distancias de Hágase Instituto, que mide qué parte de lo que la norma promete llega al ciudadano. Reducirla requiere que las entidades actualicen sus procedimientos y que el Ejecutivo ordene y supervise ese trabajo. Cerrarla exige, además, que las entidades apliquen la norma vigente y reduzcan la discrecionalidad que hoy recae sobre las empresas y los ciudadanos.
El pedido de facultades era una vía para avanzar con parte de esa agenda. El 7 de octubre, la Cámara de Diputados aprobó un texto acotado de 20 medidas. Quedaron fuera los cambios de mayor alcance en trámites, derechos de tramitación, régimen de barreras burocráticas y calidad regulatoria. Sin embargo, hay maneras de avanzar, pues el Ejecutivo dispone aún de distintas vías regulatorias (ver tabla).
El inventario que el MEF compiló al cierre del Gobierno anterior reúne 667 intervenciones para reducir barreras regulatorias y administrativas. De ellas, 546 (el 81,9%) se resuelven mediante decretos supremos, resoluciones ministeriales u otros dispositivos infralegales. Las 186 referidas a barreras burocráticas son todas de ese tipo y de baja complejidad, y tres sectores —Defensa, Interior, y Transportes y Comunicaciones— reúnen el 75,8% de ellas.
La evidencia del Indecopi apunta en la misma dirección. En 2025 eliminó o inaplicó 11.156 barreras, con un sobrecosto estimado de S/ 429 millones. Los ministerios impusieron 209 de ellas, menos del 2% del total, y concentraron el 69,4% del sobrecosto. El DS 059-2025-PCM ya fijó el mandato, con plazos de 30 días y reportes de estado, para que las entidades del Ejecutivo deroguen o modifiquen lo que el Indecopi declara ilegal. No se conoce un balance público de su cumplimiento.
El pedido de facultades era una vía para avanzar con parte de esa agenda. El 7 de octubre, la Cámara de Diputados aprobó un texto acotado de 20 medidas. | Foto: Indecopi.
La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) puede pedir a cada ministerio el reporte de estado que exige el decreto y publicar un tablero con las barreras derogadas, modificadas y pendientes, a tiempo para el listado trimestral que el Indecopi publicará en enero de 2027. El Consejo de Ministros puede aprobar un primer paquete de decretos para las 186 barreras y exigir a las entidades el cumplimiento de los plazos legales de sus procedimientos, lo cual no requiere norma alguna.
En los municipios, el Ejecutivo cuenta con el control posterior del Indecopi, que en 2025 alcanzó eliminar 9.058 barreras de entidades del interior del país, y con los incentivos presupuestales
para la gestión municipal. La reforma de la Ley Orgánica de Municipalidades exige votación calificada y debe prepararse en paralelo, sin condicionar a ella el resto de la agenda.