Este resumen es generado por inteligencia artificial y revisado por la redacción.
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Unidad de Investigación
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Para la policía, Barrera no es el reo común que reflejan sus cargos actuales, sino un sicario sanguinario que, según su propio peritaje psicológico, muestra un ‘total desprecio por la vida humana’.
Una prueba de ello fue la liberación de su cómplice Víctor Manuel Rivero Álvarez integrante de la facción ‘Los Malditos del Tren de Aragua’ con quien cayó en Plaza Norte con un maletín con armas, granada, pasamontañas y el croquis de una agencia bancaria que pretendían asaltar. Cumplió los 6 años de su condena en 2024 y tras ser puesto a disposición de la División de Extranjería por el INPE, recuperó su libertad porque no hubo sustento legal para expulsarlo en ese momento. Fuentes policiales admiten que, a la fecha, no se ha gestionado su expediente de expulsión. Aunque Migraciones lo registra hoy con la ‘calidad migratoria suspendida’, su paradero es desconocido.

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Este escenario podría repetirse con Barrera y otros dos sentenciados del mismo grupo, José Rafael Zorrilla Velásquez y Rodysnimel Alcántara Brito. A menos de 90 días de cumplirse el plazo, no se ha confirmado si la sentencia original del 2019 incluyó la expulsión como medida accesoria.

PJ sentencia a los cinco integrantes de la organización criminal ‘Los malditos del Tren de Aragua’. (Foto: @Poder_Judicial_)
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Según el abogado penalista Jorge Zúñiga, cumplida la pena, el INPE debe disponer la libertad inmediata del interno al no tener facultades migratorias. “No podrían tenerlo retenido ni trasladarlo porque no tiene facultades de detención más allá de las que correspondan a la ejecución de la pena”, señala.
Esta situación obliga a la División de Extranjería de la PNP y a Migraciones a actuar en conjunto. De no existir una orden judicial previa, se requiere de una resolución administrativa firme antes de agosto. De lo contrario cualquier intento de retención serías vulnerable a recursos legales. “Si alguien pretende mantenerlo privado o restringir de alguna manera su libertad (vencida la pena), eso se convierte en arbitrario. Se convierte en inconstitucional”, advierte Zúñiga.
Ante las consultas para este informe, Migraciones remitió el protocolo del PASEE, un mecanismo de expulsión rápida. Sin embargo, para la defensa legal de los internos, la clave está en los cambios normativos recientes. Zúñiga precisa que la Ley 32372, vigente desde el 7 de junio del 2025, es la que hoy obliga a la expulsión inmediata como pena accesoria en delitos graves, pero esta no puede aplicarse hacia atrás. “Eso es a partir de junio del 2025, para los de atrás (como Barrera) tendrían que cumplir toda su pena”, explica el abogado, señalando que la falta de esta cláusula en las sentencias antiguas obliga al Estado a procesos ordinarios más lentos.
Al final, para la ley no importa el perfil de peligrosidad que señale la policía. Si la condena está cumplida, el interno debe salir. El caso de ‘Catire’ pone a prueba la capacidad de respuesta coordinada entre el INPE, Migraciones y la Policía, el reto es evitar que la falta de sincronía administrativa termine facilitando que el sicario recupere su libertad plena en el país, tal como sucedió con su cómplice.














