El candidato presidencial por Ahora Nación (AN), Alfonso López-Chau, es uno de los 32 postulantes que hasta el momento siguen en carrera hacia las Elecciones Generales del 2026, de acuerdo al Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
López-Chau Nava logró superar el proceso de tachas sin que alguien haya objetado su postulación. Otros cuatro aspirantes presidenciales se encuentran aún en proceso de inscripción.
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En la hoja de vida que presentó ante el Jurado Electoral Especial-1 afirmó que no tenía sentencia penal por delito doloso, obligación familiar/alimentaria, contractual, de violencia familiar o laboral.
MIRA: Mario Vizcarra: Los argumentos del JEE para tachar su candidatura presidencial y los escenarios que se abren
Sin embargo, el economista que aspira la presidencia de la República, tampoco mencionó que había estado recluido en un penal en los años 70’ y que fue beneficiado con una amnistía.
Al respecto, desde el área de prensa de López-Chau, señalaron a El Comercio que la carcelería del candidato presidencial fue debido a las “persecuciones y detenciones políticas” por enfrentar el régimen militar de Juan Velasco Alvarado.

La situación penitenciaria del candidato presidencial fue denunciada por el excongresista Edgar Villanueva, quien en diálogo con El Comercio, sostuvo que López-Chau lo retiró de la lista de candidatos a senadores, por haberle pedido que consigne en su hoja de vida haber estado en prisión.
“Yo le sugerí, como fue hace tiempo (la carcelería), yo le dije, si has estado preso, mejor aclara. Yo le dije eso antes de que saliera lo del MRTA, pero se molestó.”
Según Villanueva, en diversas reuniones que sostuvo con el candidato presidencial, le sugirió dar cuenta de su situación por transparencia, pero López-Chau le habría indicado que esa información no era “necesaria tocar”.
“Me dijo…no recuerdo bien, me dijo que hay cosas que no deben salir o no se necesitan tocar, nada más; y como era el candidato presidencial, dije bueno, ya pues. Luego salió lo del MRTA y yo, incluso, como militante y candidato, salí a defenderlo”, explicó.
De otro lado, en declaraciones a RPP, Villanueva sostuvo que López-Chau Nava estuvo preso en dos penales, uno de ellos fue el penal de Lurigancho.
Además, afirmó que el partido de López-Chau, permitió que personas denunciadas por corrupción y agresión sexual a un menor, continúen como candidatos a diputados por Apurímac.

López-Chau confirma prisión, pero asegura que no fue condena penal
El Comercio buscó la versión de Alfonso López-Chau, pero no respondió. No obstante, a través de un comunicado enviado desde el área de prensa del candidato presidencial se confirmó que la cabeza de Ahora Nación estuvo en prisión, pero alegaron que fue por haberse enfrentado al régimen de Juan Velasco Alvarado.
“Alonso López-Chau al igual que otros peruanos —opositores políticos, líderes gremiales y periodistas—, enfrentó al régimen militar de Juan Velasco Alvarado en un contexto histórico marcado por persecuciones y detenciones políticas propias de una dictadura. Como consecuencia de esa oposición democrática, fue privado de su libertad”, indicaron.
En esa línea, confirmaron también que a los 20 años de edad, fue amnistiado, como ocurrió con numerosos presos políticos de la época. Agregaron que su actuación respondió a su convicción de “oponerse a toda dictadura”, sin distinción de origen ni de signo ideológico.
“El señor López Chau solicitó al Poder Judicial un certificado de amnistía; sin embargo, dicho documento no existe porque no figura delito alguno en su expediente. Su detención fue de carácter estrictamente político y no penal, por lo que no generó antecedentes judiciales ni penales”, acotaron.

Debido a ello, afirmaron, López-Chau ha podido ejercer, sin impedimento legal alguno, funciones de alta responsabilidad pública y académica, como rector universitario, director del Banco Central de Reserva y catedrático del CAEM, entre otros cargos, conforme al marco legal vigente.
De acuerdo a un oficio que López-Chau envió al Poder Judicial, en febrero del 2025, este solicitó que el Registro de Antecedentes y Condenas remita información sobre su persona “como beneficiario de los efectos de la amnistía otorgada en el proceso penal contra el suscrito y otros”.
En respuesta, a través del OFICIO N° 000734-2025-SRJU-GSJ-GG-PJ, la Subgerencia de Registros Judiciales señaló que se realizó la consulta en el sistema del Registro Nacional de Condenas y se obtuvo como resultado que el ciudadano Alfonso López Chau Nava, “no se encuentra sentencia condenatoria consentida y ejecutoriada inscrita”.

Si no tiene sentencia penal, debía declarar su carcelería por cuestión “moral”
José Tello, exministro de Justicia y Derechos Humanos y experto en derecho electoral, explicó a El Comercio que si la carcelería de Alfonso López-Chau no fue por sentencia penal, no tenía la obligación legal de consignarlo en su hoja de vida. No obstante, precisó, debido a que está postulando a la Presidencia de la República, por una cuestión “moral” sí debía haberlo consignado.
“En este caso, lo que él tiene no es una obligación legal, en el entendido de que no hubiese habido una sentencia, sino una prisión en el contexto de una dictadura donde habría habido una amnistía, pero hablamos quizá de prisiones arbitrarias durante la época del dictador Velasco Alvarado”, sostuvo.
El especialista señaló que la hoja de vida que se presenta ante el Jurado Nacional de Elecciones, que es una declaración jurada, lo que se pide son sentencias condenatorias en materia penal, y si no se consigna ello, los candidatos son retirados de la carrera electoral.
Por tanto, anotó Tello, la esencia de la hoja de vida es que un candidato se transparente si quiere ser presidente de la República; por ello, indicó que “moralmente” López-Chau tenía la obligación de haberlo consignado, sobre todo si como alega fue un preso político en un contexto dictatorial.
“De todas maneras yo creo que quien aspira a la presidencia de la República debería mencionarlo; no es que esté obligado electoralmente, pero sí moralmente, ha pisado la cárcel. Lo que busca la declaración jurada de hoja de vida en esencia es que el candidato se transparente ante la población.”
En esa línea, expresó, lo que se requiere es que el candidato sea “lo más claro posible con el elector”, sobre todo cuando se dice que fue un preso político y no un sentenciado por narcotráfico o corrupción.
“Que sea el candidato López-Chau lo más claro posible con este tema para evitar malos entendidos, ahora que a la política se le demanda transparencia”, concluyó.
JEE puede pedir información al PJ para confirmar que no fue sentencia penal
Julio Silva Meneses, abogado especialista en derecho electoral, dijo a El Comercio que, desde el punto de vista electoral, lo que exige la ley es la consignación o indicación en la hoja de vida de las sentencias penales condenatorias firmes o consentidas por delitos dolosos
Recordó que en el año 2024 se modificó la Ley Electoral para la información de hojas de vida, y en la actualidad, el único caso en el que un candidato puede ser excluido “por hoja de vida”, es por no consignar la sentencia por delito doloso.
“Si fuera o hubiera existido una sentencia condenatoria y no lo declaró en su hoja de vida, eso sí ameritaría una exclusión”, expresó.
Al ser consultado, señaló que solo las personas sentenciadas tienen que tramitar su certificado de rehabilitación. Por lo que, si bien no existe una información precisa, López-Chau podría haber estado con prisión preventiva mientras era procesado y no tuvo sentencia, debido a que fue amnistiado.
Silva Meneses precisó que tomando en cuenta la información sobre la carcelería de López-Chau, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 puede hacer la fiscalización de la hoja de vida del candidato.
Indicó que dicha instancia es la encargada de la inscripción de la planchas presidenciales, por lo que esta tendría que pedir información al Poder Judicial; ya que es parte del procedimiento de fiscalización posterior pedir los antecedentes penales de todos los candidatos presidenciales, para cruzar y determinar si omitieron consignar alguna información que sí estaban obligados a informar en su hoja de vida.
“Sí cabe (que el JEE pida información al PJ) porque incluso, pese a que hubiera salido la información o no, el reglamento de Inscripción de Candidaturas del Jurado Nacional de Elecciones señala que todas las hojas de vida están sometidas a un procedimiento de fiscalización posterior. Los jurados, dice la norma, a través de los fiscalizadores analizan la información, piden la información a diferentes entidades públicas, sea al Poder Judicial para el tema de las sentencias; sea a Registros Públicos para temas de bienes, vehículos y empresas.”

















