El futuro político de Mario Vizcarra y el partido Perú Primero tiene una fecha clave este jueves. El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) evaluará ese día, dentro de una serie de audiencias programadas desde las 09:30 a.m., la tacha que busca sacarlo de forma definitiva de la carrera presidencial.
La semana pasada, la tacha fue declarada fundada en primera instancia por el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 y llevó a que la fórmula presidencial liderada por Mario Vizcarra sea declarada improcedente. Sin embargo, el partido Perú Primero apeló para que el JNE tome una decisión definitiva en la segunda instancia.
¡Gracias por suscribirte a Mientras Tanto!
Tu inscripción ha sido confirmada. Recibirás nuestro newsletter en tu correo electrónico. ¡Esperamos que disfrutes del contenido!
«,t.textContent=n,t.classList.replace(«cutter-nl__button–free»,»cutter-nl__button–subscribed»)):(i.innerHTML=»
Lamentamos verte partir.
Tu suscripción ha sido cancelada y ya no recibirás más nuestro newsletter en tu correo electrónico. Si cambias de opinión, siempre serás bienvenido de nuevo.
¡Gracias por habernos acompañado!
«,t.textContent=s,t.classList.replace(«cutter-nl__button–subscribed»,»cutter-nl__button–free»)),t.disabled=!1}),3e3):(window.tp.template.show({templateId:»OTFEJQDCHMFK»,displayMode:»modal»,showCloseButton:»true»}),setTimeout((()=>{t.disabled=!1,t.textContent=l}),3e3))}catch(e){console.log(«ERROR AL SUSCRIBIRSE O DESUSCRIBIRSE: «,e)}}))}else window.tp.pianoId.init({display:»modal»,loggedIn:function(e){const{firstName:t,lastName:s}=e.user||{}}}),t.addEventListener(«click»,(()=>{window.tp?.pianoId?.show({screen:»login»})}))}])}))}));const closeSubscribeModal=()=>{document.getElementById(«subscribe-modal»).innerHTML=»»};
Newsletter Mientras Tanto
LEE TAMBIÉN | Un excluido del Reinfo es nombrado director de Formalización Minera del Minem
La tacha se basa en la condena a tres años de prisión suspendida por peculado (corrupción) que recibió en el 2005 y en la Ley 30717, vigente desde el 2018, que prohíbe que condenados por ese y otros delitos sean candidatos, incluso si ya cumplieron su pena y están rehabilitados. Tal es el caso de Mario Vizcarra.

En primera instancia, el JEE acogió esos argumentos: concluyó que la ley se encontraba vigente, verificó que la condena de Mario Vizcarra estaba acreditada y resolvió declarar improcedente su candidatura presidencial. En total, tres tachas presentadas con el mismo fundamento se acumularon y se declararon fundadas.
Perú Primero apeló la decisión, bajo el argumento de que, en segunda instancia, el JNE debía inaplicar esa ley y debía privilegiar los principios de participación política y de resocialización. “No existe inhabilitación perpetua”, afirmó Mario Vizcarra el día que presentó su recurso ante el máximo tribunal electoral.
El pleno del JNE está conformador por su presidente, el juez supremo Roberto Burneo (representante del Poder Judicial), por la fiscal Martha Maisch (representante del Ministerio Público) y por los abogados Willy Ramírez (representante del Colegio de Abogados de Lima), Rubén Torres (representante de las facultades de Derecho de las universidades públicas) y Aaron Oyarce (representante de las facultades de Derecho de las universidades privadas).
La decisión que adopten puede ser -por unanimidad o por mayoría- la de confirmar o revocar la resolución de primera instancia, ratificando así la salida de Mario Vizcarra de la carrera electoral o retornándolo formalmente a la contienda, respectivamente.

Durante la misma jornada de audiencias, el JNE también evaluará la apelación contra una tacha que en primera instancia fue declarada infundada contra la candidatura de Rafael López Aliaga (Renovación Popular).
La tacha alega que las elecciones internas en las que se definió la fórmula presidencial de Renovación Popular debieron ser, según lo que establece su estatuto, con voto universal de la ciudadanía; pero solo se hicieron con voto de militantes. El argumento fue desestimado por el JEE en primera instancia, pero el tachante apeló para que su argumento sea revisado por el pleno del JNE.
Las claves del caso
Para los especialistas en materia electoral, en este caso no está en duda la vigencia de la Ley 30717 o si la sentencia de Mario Vizcarra está incluida esos alcances. Ese punto está claro. Lo que deberá resolver el JNE es si la norma debe ser aplicada de forma automática o si, a pedido del candidato y en consideración de recientes sentencias del TC, debe ser inaplicada.
“Este tema es un 50/50: o bien el jurado aplica la norma porque está vigente o bien sigue la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional y no la aplica. No hay más opciones”, indica el abogado José Naupari, especialista en derecho electoral. “El análisis duro será sobre si la ‘muerte política’ es aplicable o no. Esa es la discusión”, añade su colega José Tello, exministro de Justicia.

Tello considera que, basándose en los antecedentes en los que el JNE aplicó esta ley en las elecciones previas, también debería aplicarse aquí para confirmar la tacha contra Mario Vizcarra. “Creo que el pleno debería seguir el mismo criterio”.
Enzo Elguera, CEO de Imasolu y especialista en temas electorales, opinó que este caso “tiene diferentes puntos, pero el principal es el cumplimiento del marco jurídico establecido, el cual castiga los antecedentes por determinados delitos, principalmente los de corrupción, respecto de la participación política que pueden o deben tener los ciudadanos».
“Esto abre un debate en el campo jurídico respecto a si los derechos civiles son restablecidos o no después de haber cumplido una pena. Podemos opinar a favor o en contra de esta forma de ver la realidad jurídica de una persona, pero lo cierto también es que el Parlamento se puso de acuerdo una serie de normas y una de ellas es la prohibición explícita de postular con este tipo de antecedentes que justamente tiene el señor Mario Vizcarra», agregó.
En esa línea, opinó que «en un ejercicio de validar este tipo de normas, lo que debería ocurrir es que el Jurado Nacional tenga una sentencia contraria a su participación dentro de esta campaña electoral».
Para José Naupari, dos recientes resoluciones del JNE referidas a sentencias de candidatos por peculado darían a entender “que el JNE se va a decantar por aplicar el impedimento, aunque ciertamente pareciera que en ese punto el jurado aún no profundiza sobre si es inconstitucional o no aplicarlo».
Naupari señaló que hay hasta siete casos de recursos posteriores de amparo en los que el Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto que la ley no debería haberse aplicado. Por ello, “el jurado tendrá que analizar si (esa norma) es constitucional o no”.
“Yo reconozco que el jurado tiene la opción de aplicarla igual, pero el riesgo es perder los amparos posteriores (que podría presentar el candidato ante la justicia constitucional). Hasta donde recuerdo, el TC ya no tiene casos pendientes sobre impedimentos permanentes y sería cuestionable que cambien de criterio justo ahora que le puede llegar el caso Vizcarra”, añadió.

En cambio, para José Tello la Ley 30717 ha sido “mal manejada” por el TC, que solo llegó a declararla inconstitucional en lo referido a casos de terrorismo pero no en el resto de delitos, entre ellos el peculado.
“El argumento del TC es muy malo. Estamos ante una muerte política y ante un autor (de peculado). Acá sí encaja perfectamente. Si se han venido sacando candidatos a alcaldías, bueno, toca ahora un candidato presidencial porque no podemos medir a todos con distinta vara. Todo el que decide acceder a un cargo público tiene que tener idoneidad; ese es el espíritu de la Ley 30717″, dijo.
El exministro añadió que inaplicar esta norma respecto a Mario Vizcarra abriría la puerta a que se haga lo mismo respecto a condenados por otros delitos incluidos en esa norma, que van desde corrupción hasta narcotráfico y violación sexual, durante esta elección y en los próximos comicios regionales y municipales.
En la misma línea, Elguera apuntó que romper con la aplicación de esta ley para los sentenciados por estos delitos “significaría que todas las personas con estos antecedentes podrían postular y que, finalmente, la ley no se aplique”.
Tello y Naupari coincidieron en que si el JNE falla contra Mario Vizcarra, el candidato aún podría recurrir a la justicia constitucional mediante un acción de amparo y solicitar una cautelar para que se ordene su inscripción como candidato.
Sin embargo, precisaron que ello solo sería posible si un juzgado le concede la medida dentro de los plazos del calendario electoral para inscribir candidaturas, es decir, antes del 14 de marzo.
En tanto, si bien algunos especialistas consultados por este Diario consideraron que la tacha contra Rafael López Aliaga tiene menos sustento, José Naupari no descartó que el JNE la pueda declarar fundada, en particular debido a lo que consideró como una pobre argumentación del JEE que la rechazó en primera instancia.














