El Tribunal Constitucional (TC) dejó establecido, mediante una sentencia, que las municipalidades distritales no tienen competencia para remolcar vehículos mal estacionados en la vía pública. Pese a ello, algunos municipios continúan realizando estas intervenciones bajo distintos mecanismos que, según especialistas, buscan eludir los alcances del fallo. En julio del 2025, El Comercio reveló que la Municipalidad de La Victoria seguía aplicando esta práctica. Un año después, las denuncias ahora apuntan a Barranco.
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En los últimos días, muchos vecinos de Barranco denunciaron a este Diario que grúas de la Municipalidad de Barranco están remolcando a los vehículos estacionados en la vía pública, pese a que, según dijeron, las circunstancias del hecho no ameritan una intervención.
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Cabe recordar que el TC, a través de la sentencia 119/2025, emitida el 28 de abril del 2025, aclaró que la facultad para sancionar las infracciones de tránsito y remolcar vehículos de la vía pública son de la Policía Nacional del Perú y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
El Comercio llegó hasta el depósito, ubicado en la avenida Nicolás de Piérola 142, donde son llevados los vehículos, y constató que hasta tres grúas operan en el distrito y que trasladan, en promedio, hasta cinco unidades por hora a dicho local. Varios propietarios contaron que se vieron sorprendidos con el remolque de sus vehículos, pues los dejaron estacionados por solo unos minutos para realizar algún tramite o pago en un establecimiento.
Hasta tres grúas operan en las calles de Barranco. (Foto: Antonio Melgarejo/El Comercio)
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Muchos de ellos coincidieron en señalar que en Barranco no hay estacionamientos disponibles y que las calles son estrechas. Un taxista contó a este Diario que el trámite para retirar su vehículo duró menos de cinco minutos y que se aplica un descuento de hasta 50% de la sanción impuesta. Las multas oscilan entre 500 y 700 soles.
El testimonio de una vecina
En los últimos días, El Comercio ha recibido numerosas quejas de vecinos de Barranco sobre el remolque de sus vehículos por grúas de la municipalidad distrital. Pía, una joven que vive en el jirón Pérez Roca, contó que el último lunes dejó estacionado su unidad en los exteriores de su casa, como lo hace usualmente, pero la mañana de aquel día desapareció del lugar. Al salir vio que en la pista habían dejado pegado un sticker y un papel para notificarle lo que había ocurrido.
“Prohibido dejar bien mueble al lado derecho de la vía de un solo sentido. A partir del lunes 29/06/2026 se procederá con el retiro del bien mueble”, se indica en el papel.
“En cumplimiento de la ordenanza N°670-2025-MDB se procede con la aplicación de la medida provisional de retiro provisional del vehículo al haber cometido la infracción por afectación del espacio público código 03-0216″, se señala en el sticker.
Estos son los stickers que pegan el personal de Barranco tras remolcar los vehículos.
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De esto se desprende que la Municipalidad de Barranco considera al vehículo como un “bien mueble”, el mismo argumento que utilizó el municipio de La Victoria para tratar de evadir los alcances de la sentencia del Tribunal Constitucional, que determinó que las comunas distritales no tienen competencia en materia de tránsito.
Pía contó a este Diario que acudió al depósito municipal, ubicado en el jirón Nicolás de Piérola, para pedir explicaciones por el remolque de su vehículo, pero el personal edil solo le señaló que no habido una infracción vehicular y que se trata de una multa administrativa.
“Lo que dicen es que está prohibido dejar un bien mueble al lado derecho de la vía de un solo sentido, pero no sé a qué norma corresponde esa infracción. Señalan una ordenanza, pero la ordenanza no habla nada de estacionamiento de vehículos, solo menciona estructuras, objetos que obstaculizan la vía”, afirmó.
La joven cuestionó que la Municipalidad de Barranco remolque vehículos pese a que no ha realizado una campaña informativa previa para avisar a los vecinos de la aplicación de la media ni ha instalado señalización preventiva o carteles sobre la prohibición de estacionar en un lado de la vía.
También evidenció que existen incongruencias en los documentos que entregan los funcionarios de Barranco, pues recordó que en el acta de constatación se indica que su vehículo estaba estacionado en un carril de una vía de doble sentido, pero recordó que el jirón Pérez Roca es de un solo sentido. Además, aseguró que la norma señala que está prohibido el estacionar unidades a la izquierda de la acera, pero la comuna está remolcando vehículos aparcados en el lado derecho.
Este es el documento que le entregaron a una propietaria luego que su vehículo fue remolcado de los exteriores de su vivienda.
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Para retirar su vehículo del depósito, la vecina tuvo que pagar 678 soles. En el lugar se encontró con otras personas que también estaban afrontando la misma situación y aseguró que en su cuadra se han remolcado más de 7 unidades en un solo día, pero lo que llamó su atención es que los operarios de las grúas solo se llevan las camionetas. Además, indicó que los operativos ediles se realizan en zonas cercanas al malecón.
Otro hecho que ha llamado la atención de Pía es que, de acuerdo con la versión de los vecinos, las grúas rondan las zonas residenciales del distrito y ubican los vehículos gracias a la información que le proporcionaría el personal que opera las cámaras de seguridad. Resaltó que las intervenciones se vienen realizando incluso de noche.
Pía lamentó que el municipio de Barranco se esté enfocando más en el remolque de vehículos antes que en la seguridad en la zona. “No se enfocan en lo que se pide muchísimo, que es seguridad, limpieza, mejora de calles e iluminación y se dedican a desplegar grúas para llevarse carros y de ahí sacan (recursos)”, afirmó.
Recordó que, en junio del año pasado, apareció una grúa y se comenzó a llevar los vehículos estacionados en cuadras aledañas, pero ya no continuaron con sus operativos luego de la sentencia del TC, pero en las últimas semanas han vuelto.
Vecina denuncia que le aplicaron una sanción que no corresponde
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Otro testimonio
Las grúas de la Municipalidad de Barranco están llevando los vehículos de gama media y alta al depósito, pues intuyen que sus propietarios sí podrán pagar las multas, indicó un vecino del jirón Mimosas cuyo familiar pasó por dicha experiencia.
En dialogo con El Comercio, el joven detalló que una persona cercana lo visitó hace dos semanas en su casa y estacionó su automóvil en los alrededores del parque de Los Héroes, en el cruce de la avenida El Sol Oeste y el jirón Tacna. A las pocas horas salieron, pero no encontraron la unidad, por lo que sospecharon que se lo habían robado.
Sin embargo, una vecina les avisó que una grúa de la Municipalidad de Barranco se lo había llevado, por lo que regresaron al lugar y hallaron el sticker con la notificación del remolque. En el depósito encontraron una larga fila de personas esperando ingresar para gestionar la salida de sus automóviles, por lo que demoraron varias horas en lograrlo.
El joven denunció que en el interior del depósito hay un maltrato a los vecinos, ya que no hay ningún funcionario que explique a los propietarios sobre el sustento para remolcar vehículos de la vía pública, pese a la sentencia del Tribunal Constitucional. Indicó que, en su caso, las autoridades han señalado que existe un crucero peatonal donde se estacionó, pero aseguró que esa señalización está despintada y no se logra diferenciar.
“Se aprovechan que el crucero está despintado y los conductores no se dan cuenta para llevarse los vehículos estacionados”, afirmó.
Algunas pistas de Barranco se han llenado de sticker que avisan de la intervención de la gríua.
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La respuesta de Barranco
Barranco salió al frente de los reclamos de los vecinos. A través de William Cornejo, de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, explicó que las intervenciones con grúas se realizan desde el año pasado al amparo de la ordenanza N°670-2025 y de la Ley N°31199, la Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos. Al igual que en el caso de La Victoria, el funcionario considera a los vehículos como bienes muebles
“Las intervenciones las tenemos reguladas a través de la ordenanza que está vigente del 2025, la cual establece que el área de Fiscalización tiene que velar y regular los espacios públicos, ya que no se puede permitir que dentro del distrito haya determinados bienes muebles que estén ocupando indebidamente u obstruyendo el área de uso público. A través de la grúa hacemos ese tipo de trabajo”, afirmó.
“Nos encontramos amparados en la Ley 31199, que es la Ley de Gestión y Protección de Espacios Públicos, y en su reglamento, la cual reconoce que las calles y vías y demás áreas forman parte del sistema de espacio público”, agregó.
Cornejo aclaró que las sanciones que impone Barranco a los propietarios de los vehículos que obstruyen la vía pública constituyen multas administrativas y no papeletas de tránsito. En ese contexto, aseguró que la sentencia del TC no tiene implicancias en la ordenanza N°670-2025.
“El pronunciamiento del TC no guarda relación con la ordenanza que nosotros tenemos vigente actualmente. Lo que en su momento hizo el TC era todo lo referente a que muchas municipalidades distritales hacían el trabajo que debe hacer la Policía Nacional del Perú y nosotros no imponemos multas de tránsito”, afirmó.
Este es el depósito en el que se internan a los vehículos que son remolcados en las calles de Barranco. (Foto: Antonio Melgarejo/El Comercio)
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“La conducta infractora es colocar, instalar o mantener bienes, objetos o estructuras en espacios públicos, generando la afectación y/o obstrucción del espacio público. Eso es lo que regulamos en Barranco y nos basamos en una ordenanza”, añadió.
Consultado sobre la propiedad de las grúas, el funcionario explicó que son de una empresa que ganó una licitación y que la decisión de ejercer la fiscalización para mantener el orden en las calles fue un acuerdo de concejo de Barranco.
Cornejo indicó que al mes se internan en el depósito un promedio de 50 vehículos y la mayoría de los propietarios accede a pagar la multa, la cual asciende a 1060 soles, monto al cual se le hace un descuento de hasta 50% en los primeros cinco días. Aseguró que no se cobra cochera al vehículo intervenido y solamente se sanciona la infraccion de obstaculizar la vía pública.
En caso el dueño de la unidad considere que no es responsable de la infracción, puede presentar su recurso de reconsideración e, incluso, llegar al Poder Judicial. No obstante, indicó que, en la mayoría de los casos, los vecinos pagan la multa. “Generamos una notificación de imputación de cargo y el administrado tiene cinco días para presentar su descargo. Resolvemos ese descargo y, si declaramos improcedente y emitimos la resolución de sanción, ellos pueden presentar su recurso de apelación e inclusive irse a la vía judicial”, aseveró.
El funcionario indicó que las intervenciones de las grúas se hacen de acuerdo con el procedimiento y que son grabadas para sustentar las sanciones. Pese a que lo que señalan los vecinos, aseguró que se han efectuado “campañas blancas” para avisar de los operativos. “Si un vecino viene, se queja y dice que hay abuso de autoridad, se le puede contradecir con el video que se tiene grabado de la intervención municipal”, refirió.
Además, indicó que, al amparo de la infracción de código 03-0216, también se han retirado scooter, motos, y sillones que ocupaban indebidamente la vía publica.
Municipalidades le están sacando la vuelta a la sentencia del TC, advierte especialista
Percy Castillo, abogado experto en temas de derechos humanos y exfuncionario de la Defensoría del Pueblo, advirtió que las municipalidades están tratando de “sacarle la vuelta” a la sentencia del Tribunal Constitucional con ordenanzas que, supuestamente, les permite intervenir a los vehículos estacionados en la vía pública.
En una entrevista dada a El Comercio, Castillo explicó que la sentencia del TC que precisa que las comunas no tienen competencia para remolcar vehículos tiene “efectos generales” y que alcanza a todas las municipalidades distritales del país, por lo cual deben acatar el fallo.
“Es un claro desconocimiento a lo que implica la sentencia del Tribunal Constitucional. La sentencia del TC tiene efectos generales, es decir, aunque no haya sido mencionada directamente la Municipalidad de Barranco, el principio que establece el tribunal alcanza a todas las municipalidades distritales del Perú”, afirmó el especialista.
“Ninguna autoridad municipal de esta categoría podría continuar con esta mala práctica porque no tiene amparo legal, no hay forma de decir: ‘lo que dice el TC no me alcanza a mí, yo estoy exento lo que el tribunal ha dicho’. Eso es imposible, el TC es el máximo intérprete de la Constitución en el Perú y, por ende, cuando el tribunal declara que algo es inconstitucional tiene efectos generales para todas las municipalidades del país”, agregó.
Castillo criticó que los municipios argumenten que intervienen los vehículos estacionados en la vía pública porque se tratan de “bienes muebles” y que supuestamente el tema del ornato está dentro de su competencia, pero aclaró que eso es un “artilugio jurídico”.
“Tratan de desvirtuar la norma y es un problema severo. El TC es un órgano que cierra el debate jurídico y establece cómo debe interpretarse la ley, por lo que buscar estos artilugios jurídicos para proseguir realizando una práctica que ya ha sido prescrita es algo que las autoridades no deberían incurrir, ya que lo que provocarán es que los vecinos tengan que recurrir al TC para que vuelva a señalar lo mismo: que este tipo de prácticas contrarían la ley en su esencia y no es cuestión de buscar artilugios como ese (del concepto bien mueble) para desconocer o desnaturalizar una sentencia”, aseveró.
Castillo indicó que, ante esta situación, la Defensoría del Pueblo, que interpuso la primera demanda, podría pedir al TC que emita un nuevo pronunciamiento. “El TC tiene un sistema de seguimiento a sus sentencias, en este caso los que demandaron en la primera ocasión fue la Defensoría del Pueblo, la cual podría poner en conocimiento esta práctica al TC para que, en su supervisión de sentencia, podría emitir un pronunciamiento sobre este aspecto para exhortar a las municipalidades a no sacarle la vuelta a su sentencia”, afirmó.
El especialista consideró que las acciones de los municipios para remolcar vehículos solo tienen como objetivo recaudar dinero. “Esto revela un afán recaudatorio, contrario a los principios que regulan este tipo de situaciones. Las infracciones se sancionan para corregir, no para recaudar dinero. El principio es que se sanciona para corregir conductas, no para completar el presupuesto”, puntualizó.
“Municipios distritales no tienen competencia”
Las municipalidades distritales no tienen competencia en la fiscalización del tránsito, ya que eso está en el ámbito exclusivo de las municipios provinciales con el apoyo de la Policía Nacional, indicó Franklin Barreto, especialista en temas de tránsito, transporte y seguridad vial.
“El procedimiento que están haciendo las municipalidades distritales es ilegal y contraviene sentencias del TC”, enfatizó Barreto
Remarcó que las municipalidades que aún continúan ejecutando las intervenciones a los vehículos “maquillan” un caso de tránsito como si fuera una infracción al ornato público. “En algunos casos le han cambiado el nombre de vehículo por uno de bien material. Es decir, no se llevan un vehículo, sino un bien material”, afirmó.
Ante una municipalidad que comete este hecho se le puede denunciar por abuso de autoridad en el Ministerio Público, señaló el abogado Martín D’Azevedo, especialista en temas municipales. “Esa sentencia del TC ya está vigente y todas las otras municipalidades han acatado y ya no pueden llevar más vehículos mal estacionados por supuesta infracción de tránsito, pues ellas no son la autoridad para aplicarla”, explicó a El Comercio.




