sábado, septiembre 12

Este resumen es generado por inteligencia artificial y revisado por la redacción.

La semana pasada, la ausencia de una gran sombra sobre uno de los extremos del Parque Municipal de Barranco alertó a los vecinos que transitan a diario por la zona. A la altura de la cuadra dos de la avenida Almirante Miguel Grau, un ficus de gran tamaño había sido reducido prácticamente a su tronco, sin una sola hoja visible. El imponente verde que hasta hacía unos días formaba parte del paisaje había desaparecido. El árbol se encontraba dentro del predio donde funcionaba un restaurante.

Al observar el lugar con mayor detalle, el sitio ya no lucía el árbol ni la peculiar arquitectura que caracterizaba al establecimiento, similar a una cabaña rústica. En su lugar, el predio permanecía cercado por una gruesa malla negra que impedía observar el interior. Por encima del cerco sobresalían estructuras metálicas, similares a las utilizadas para levantar construcciones prefabricadas. El inmueble había sido demolido.

Así lucía el lugar antes de su intervención irregular. 
Captura de Google Maps.

Así lucía el lugar antes de su intervención irregular.
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Según el Plano de Zonificación de Barranco de la Zona Monumental, el predio se encontraba dentro de los límites de la Zona de Reglamentación Especial correspondiente al espacio monumental y, además, estaba declarado como tal. El espacio tenía la calificación CE, correspondiente a Comercio Especializado, que, de acuerdo con la regulación aplicable, permitía el desarrollo de determinadas actividades comerciales que no fueran consideradas molestas ni peligrosas.

Las molestias entre los vecinos no tardaron en aparecer. A través de redes sociales, varios expresaron su descontento por lo ocurrido e incluso cuestionaron la actuación de las autoridades municipales y la falta de una fiscalización oportuna, no solo frente a la demolición del inmueble, sino también por la intervención del árbol que se encontraba dentro del predio.

“Señora alcaldesa Jessica Vargas, ¿esto está permitido en nuestro distrito? Ahora usted ya no está en el cargo, pero esto fue la semana pasada cuando usted era aún la autoridad. ¿Tiene una explicación para este atentado? Ese árbol, que tiene ahí más años que usted y yo dando sombra y hermosa presencia en la plaza de armas de Barranco, no merecía este trato infame. No pueden decir que estaba enfermo o que representaba un peligro para los vecinos”, cuestionó el vecino Gabriel Rimachi.

La organización Comando Forestal Perú también alertó sobre lo sucedido. “El árbol aparece desmochado y reducido prácticamente a su tronco”, señaló. A través de un pronunciamiento, la organización exigió que las autoridades competentes esclarezcan lo ocurrido y determinen si existieron las autorizaciones correspondientes y bajo qué criterios técnicos se realizó la intervención.

lima 11 de septiembre de 2026
Árbol ubicado dentro de un local monumental fue podado sin aparente autorización municipal, en Barranco. fotos: joel alonzo/gec

/ JOEL ALONZO

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“Barranco necesita proteger sus áreas verdes y su patrimonio natural. El desarrollo urbano no debería significar destruir aquello que durante años ha dado vida, sombra y bienestar a nuestra ciudad”, señalaron.

Luis Torres, otro vecino de la zona, incluso logró registrar en video el momento exacto en el que se realizaban los trabajos sobre el árbol a plena luz del día, el pasado 3 de setiembre. Las labores ocuparon toda la vereda y parte de uno de los carriles de la avenida Almirante Miguel Grau, sin que se observara una intervención municipal durante los trabajos. “Podan cruelmente árbol emblemático en el corazón de Barranco, sin tener en cuenta que es parte del paisaje turístico”, expresó.

Por su parte, el vecino Felipe Cortijo demandó que lo ocurrido sea sancionado con todo el rigor correspondiente para evitar que una situación similar vuelva a repetirse. “No hay excusas, el árbol no estaba enfermo y estaba en el centro monumental de la ciudad”, declaró.

La Municipalidad de Barranco confirmó que el inmueble ubicado en la zona monumental, colindante con el Parque Municipal y en pleno centro histórico del distrito, había sido demolido. Jaime Chihuan, teniente alcalde de la comuna que recientemente asumió el cargo de alcalde, dispuso la paralización de la obra y medidas de protección sobre el inmueble y el árbol.

En los exteriores del predio, los carteles colocados por la comuna dan cuenta de la paralización de los trabajos. Según se lee en ellos, la medida fue adoptada por la “demolición, alteración y modificación de un inmueble de patrimonio monumental” realizada “sin autorización municipal”.

Este Diario intentó comunicarse con la Municipalidad de Barranco para conocer mayores detalles sobre lo ocurrido, las autorizaciones vinculadas a la intervención del predio y del árbol, así como las acciones adoptadas tras la paralización de la obra. Sin embargo, hasta el cierre de esta edición, la comuna no respondió.

Por su parte, un representante del restaurante “El Cachafaz” explicó a este Diario que el establecimiento dejó de funcionar en el predio durante los primeros meses de este año y que el inmueble era alquilado. Según señaló, decidieron retirarse debido al deterioro que presentaba la infraestructura y ante la intención de los propietarios de incrementar el precio del alquiler.

“Lo dejamos porque presentaba demasiado deterioro en su infraestructura. El techo estaba apolillado y el piso desnivelado por las raíces del árbol”, indicó. Añadió que el local tenía un techo de madera y divisiones de drywall, y que durante el tiempo que permanecieron allí intentaron realizar mejoras pese a las condiciones en las que se encontraba.

¿Qué implica intervenir un inmueble en una zona monumental?

La intervención de un inmueble ubicado en una zona monumental no puede realizarse únicamente por decisión del propietario. Aldo Facho, arquitecto urbanista, explicó a este Diario que para ejecutar este tipo de trabajos se requiere una licencia de construcción -en este caso, correspondiente a una remodelación- otorgada por la Municipalidad Distrital de Barranco, con la participación y aprobación previa de un delegado ad hoc del Ministerio de Cultura.

Según explicó, realizar una intervención sin contar con esta autorización supone ejecutar una obra ilegal y, además, intervenir un bien monumental, por lo que pueden imponerse fuertes multas. Frente a una situación de este tipo, la primera medida que corresponde adoptar es la paralización de los trabajos.

Sin embargo, las consecuencias no terminan con detener la obra. Facho señaló que también se puede exigir al propietario que devuelva el inmueble a las condiciones en las que se encontraba antes de la intervención. “Se le exige al propietario que regrese el inmueble a su condición original, en buen estado de conservación”, precisó.

Vecinos registraron el momento en que se realizaban los trabajos sobre el ficus, que quedó reducido prácticamente a su tronco y sin hojas visibles.
Foto: Joel Alonzo/GEC.

/ JOEL ALONZO

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Mercedes Armas, arquitecta especialista en Patrimonio Monumental, explicó que, en cumplimiento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, el propietario debe presentar un expediente técnico para realizar trabajos de remodelación, restauración, ampliación u obra nueva en el inmueble. Este documento debe ser aprobado por la comisión técnica correspondiente y contar con la aprobación del miembro ad hoc del Ministerio de Cultura asignado a Barranco.

Armas precisó que, si el inmueble tiene la condición de patrimonio, la demolición no procede. Para realizar un desmontaje, señaló, se requiere contar con un informe de Defensa Civil que determine la existencia de un riesgo muy alto o para la vida humana, además de un peritaje estructural y un expediente técnico de desmontaje aprobado por la comisión correspondiente y el representante ad hoc del Ministerio de Cultura.

Ante una intervención realizada al margen de este procedimiento, la especialista sostuvo que corresponde iniciar un proceso sancionador contra el propietario. Asimismo, señaló que podrían iniciarse acciones administrativas y eventualmente penales contra funcionarios públicos en caso se determine que otorgaron permisos sin considerar el pronunciamiento del Ministerio de Cultura y de la comisión técnica.

La restitución del inmueble también puede formar parte del procedimiento posterior. Según Armas, corresponde iniciar este proceso salvo que el propietario presente un argumento legal debidamente sustentado con el objetivo de retirar al inmueble su condición de patrimonio. Advirtió, sin embargo, que se trata de un procedimiento largo y complejo, en el que tendría que analizarse la aplicación de la Ley N° 28296, la Ley N° 27444, del Procedimiento Administrativo General, y la Ley N° 29090, de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones.

La situación del ficus, en cambio, presenta otras consideraciones. Facho explicó que la delimitación de una zona monumental no necesariamente comprende la protección del arbolado urbano o de los árboles ubicados dentro de propiedades privadas, pues estos tienen una naturaleza distinta a la de las edificaciones.

“Los árboles tienen una naturaleza distinta a los edificios, y deben ser podados periódicamente para mantenerlos saludables”, explicó. En ese sentido, indicó que es necesario revisar el expediente mediante el cual se declaró el monumento, pues allí se establecen las condiciones de valor. Al encontrarse dentro de una propiedad privada, sostuvo, corresponde en principio al propietario determinar su poda o retiro, mientras que la municipalidad puede intervenir cuando el estado del árbol representa un riesgo para la vida de las personas o para el patrimonio.

Armas coincidió en que la ubicación del ficus dentro de una propiedad privada introduce una consideración distinta. No obstante, señaló que una intervención sobre un ejemplar de esa antigüedad debería contar con un sustento técnico. “La poda de un ficus de tantos años debe tener como sustento un informe patológico del área de Ambiente de la municipalidad”, indicó.

La especialista precisó, sin embargo, que al encontrarse dentro de una propiedad privada la responsabilidad sobre el árbol recae, en principio, en el propietario. Según explicó, la intervención municipal correspondería cuando el ejemplar represente un riesgo para la vida de las personas o para el patrimonio.

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