Viernes, Diciembre 20

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó la liberación de Nicolás Hermoza Ríos, exjefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas durante el gobierno de Alberto Fujimori (1990-2000), por padecer problemas de salud.

De este modo, declaró fundada la demanda de habeas corpus “en relación con el derecho a la dignidad humana y el fin constitucional de las penas” presentada por la defensa legal del militar en retiro.

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En su resolución, consideró que mantener privado de su libertad al exmilitar, pese a padecer demencia senil, enfermedad de Parkinson, entre otros males, “constituye una afectación de su derecho a la dignidad, pues no tiene sentido alguno el cumplimiento de una condena cuando el sentenciado ni siquiera es consciente de ello”.

“Mantenerlo privado de su libertad en esas condiciones implica desconocer su dignidad como ser humano y cosificarlo con el ánimo de hacerlo cumplir una condena que no logrará su finalidad”, manifestó.

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No obstante, declaró improcedente el pedido de la defensa del exmilitar para declarar la extinción de la pena, pues el grave deterioro de la salud física y mental del condenado no constituye una de las causales recogidas por el artículo 85 del Código Penal.

Asimismo, el tribunal remarcó que, independientemente de la libertad anticipada del condenado, la reparación civil es una obligación de la cual el beneficiario no puede eximirse. “En ese sentido, aun cuando se conceda su libertad anticipada, subsiste la obligación del pago de la reparación”, enfatizó.

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También declaró infundada la demanda en relación con la vulneración de los derechos a la salud, a la atención médica especializada y el deber de cuidado, vigilancia y control como obligación del Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

Finalmente, el TC exhortó al Congreso para que, al ejercer sus atribuciones, tenga en cuenta las situaciones sobrevenidas a la imposición de la condena que supongan la imposibilidad del cumplimiento de los fines constitucionales de la pena.

Cabe indicar que en noviembre pasado la Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria aprobó el sobreseimiento de Hermoza Ríos por el asesinato de seis comuneros de la pampa de San José de Pativilca y Caraqueño, en Barranca (Lima), en 1992, por motivos de salud.

El exmilitar cumplía una condena de 25 años de prisión a por la matanza de Barrios Altos, las desapariciones del Santa y el asesinato del periodista Pedro Yauri.

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Hermoza Ríos lleva en prisión 18 años por asesinato y asociación ilícita para delinquir, 22 por el delito de desaparición forzada, 19 por desaparición forzada y homicidio calificado, y 15 por el delito de colusión, entre otras once condenas.

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