Los contribuyentes fueron detectados mediante un intercambio de información fiscal internacional, a través del cual administraciones tributarias de cerca de 140 países enviaron reportes con la identificación de propietarios peruanos, la ubicación de sus inmuebles y los periodos en los que fueron anunciados para alquiler.
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Los registros recibidos muestran que la mayor concentración de alquileres digitales se ubica en Cusco, Lima (especialmente Barranco y Miraflores), Arequipa, Piura y Tumbes. A nivel general, la Sunat ha estimado que solo en 2023 las omisiones vinculadas a rentas de primera categoría ascienden a S/ 220 millones.
Pamela Caballero, especialista de la Sunat, explicó a El Comercio que estos propietarios ya saben que la entidad los ha rastreado porque tanto las administraciones tributarias de los países que colaboraron con ellos como las plataformas digitales les indicaron que sus datos habían sido requeridos por las autoridades tributarias.
¿Cuáles son los distritos con más demanda de alquileres?
Según Sunat los distritos limeños con mayor oferta de inmuebles en alquiler son Miraflores donde se identificaron 4.400 predios cuyo valor por día oscila entre S/160 a S/ 240. En tanto, Barranco tiene 2.100 inmuebles con precios entre S/140 a S/220. San Isidro tiene una disposición de 1.100 inmuebles con precios entre S/140 a S/220.
En el caso de Cusco, las viviendas en alquiler son cerca de 4.500 desde S/90 y S/ 130 por día.
Entre las playas del sur como Punta Hermosa, Asia, San Bartolo entre otras suman 1.800 a S/500 hasta S/740 por día. En balnearios del norte (Mancora, Huanchaco, Los Órganos, etc.) hay cerca de 1.600 con precios entre S/270 a S/410.
Arequipa también tiene una oferta a través de plataformas digitales de 1.600 inmuebles con precios entre S/120 a S/180.

¿Qué deben hacer los contribuyentes identificados?
La especialista indicó que los propietarios deben inscribirse en el RUC y declarar los ingresos obtenidos por alquiler, puesto que estas rentas están gravadas con un impuesto del 5% del monto recibido.
“Si es de este año, deben regularizar mes a mes desde enero usando el formulario 1683. Si han estado alquilando en años anteriores, deben presentar las declaraciones anuales pendientes”, explicó.
¿Hay multa? Sí. La multa por no declarar es equivalente al 50% de una UIT (una UIT es equivalente a S/5.350), pero existe una gradualidad que permite reducirla entre 100% y 96%, dependiendo de si el contribuyente regulariza antes o después de recibir una resolución de ejecución coactiva.














