La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), ante diversas consultas advirtió que vienen operando en el país aplicativos (App) de préstamos de dinero, a través de los cuales se ofrecen y desembolsan créditos, sea a solicitud del usuario o, incluso, sin que lo haya solicitado.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), ante diversas consultas advirtió que vienen operando en el país aplicativos (App) de préstamos de dinero, a través de los cuales se ofrecen y desembolsan créditos, sea a solicitud del usuario o, incluso, sin que lo haya solicitado.
En ese sentido, la SBS explicó que cuando el usuario descarga estos aplicativos en su teléfono celular, le exigen, como requisito previo para el otorgamiento del crédito, brindar permiso para acceder al directorio de sus contactos, al álbum de fotografías y videos. De esta manera, logran recopilar y monitorear toda la información personal del usuario.
Posteriormente, al momento de requerir el pago de los préstamos a los usuarios, estos aplicativos incluyen cargos e intereses elevados y, aprovechando la información personal recopilada, los amenazan con difundir, entre todos sus contactos, su supuesta condición de deudor o les atribuyen situaciones o conductas que resultan agraviantes para su honor.
Ante este escenario, la SBS invocó a la población a no consultar ni descargar en sus dispositivos estos App o similares, sin antes cerciorarse de los requisitos y accesos que exigen, para evitar que su información personal pueda ser usada por personas inescrupulosas para fines indebidos.
Los aplicativos identificados son los siguientes:
Según el Decreto Legislativo N.°1106 y la Resolución SBS N.°650-2024, las personas o empresas que pretendan realizar actividades de préstamo deben estar inscritas en el “Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda”, supervisadas en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo por la SBS, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú). Las personas o empresas inscritas en el Registro pueden desarrollar sus actividades de modo presencial o a través de una plataforma electrónica.













