
Días antes, un grupo de concejales cuestionó dicha iniciativa porque, según considera, “limita sus funciones de representación y fiscalización”, por lo que expresó su “profunda preocupación” ante el contenido de dicho reglamento.
Las regidoras Rosario Fernández Revoredo, Nicole Chávez Cunti, María Esperanza Puig Salaverry y Zuleika Benel Zevallos indicaron que el proyecto de reglamento contiene “restricciones” que “no solo afectan a quienes ejercemos el cargo, sino que limita el derecho de todos los vecinos de San Isidro a estar representados con libertad, independencia y transparencia en el Concejo”.
“Este reglamento contiene disposiciones que: condicionan el acceso a información pública, afectando el control que debemos ejercer sobre la gestión municipal; restringen la presentación de pedidos y mociones, atentando contra la autonomía e iniciativa de cada regidora y contravienen la Constitución y la Ley Orgánica de Municipalidades, que nos otorgan funciones propias y autónomas, no subordinadas ni delegadas”, se indica en el comunicado emitido por las concejales.
Lo que señala el proyecto
En el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad de San Isidro se establecen las “atribuciones” del alcalde y de los regidores, así como el desarrollo de las sesiones y las sanciones. Uno de los puntos que ha generado la reacción de un grupo de concejales es el artículo 6, enciso 3, el cual establece que, para solicitar información al municipio, será necesario contar con el voto favorable de, al menos, un tercio del número legal de regidores para que el pedido sea atendido.
“Realizar pedidos debidamente fundamentados, los cuales podrán presentarse durante las sesiones de concejo, ya sea de forma oral o por escrito. Además, podrán realizar dichos pedidos por escrito, dirigidos a la Secretaría General, a través de la mesa de partes física o virtual. En el caso de solicitarse información sobre temas específicos, dentro del ámbito de las atribuciones y funciones de los regidores, será necesario contar con el voto favorable de al menos un tercio del número legal de regidores para su atención. La Gerencia Municipal es responsable de brindar trámite y atención a los pedidos de informes solicitados por los regidores del Concejo Municipal, dentro del plazo de 10 días calendarios, debiendo remitir la respuesta a la Secretaría General”, se señala en el proyecto.
También el grupo de regidoras critica lo que dispone el artículo 5, en los incisos 2 y 3, que regula las atribuciones del alcalde, y el artículo 16, en los incisos 6 y 12, que define el desarrollo de las sesiones del concejo.
“(Es atribución del alcalde) someter a consideración del concejo los pedidos formulados por los regidores, que requieran aprobación. En caso de ser aprobados con la votación exigida por la ley, pasarán a la orden del día para su debate. Según la naturaleza del pedido, el alcalde dispondrá que los pedidos de información sean derivados a la administración para su análisis y respuesta en una sesión posterior”, se indica en el 5.2 del RIC
“(Es atribución del alcalde) disponer que cualquier tema de interés pase a la orden del día, cuando lo considere pertinente y así lo amerite”, se señala en el 5.3.
“En la estación Pedidos, el secretario general dará cuenta de aquellos pedidos recibidos por su despacho, incluidas las mociones de orden del día. Según la naturaleza del pedido, el alcalde dispone su trámite para que pase a la orden del día para debate y votación o dispondrá que se derive a la administración para su atención por escrito o para el informe en la siguiente sesión de concejo. Los pedidos deben ser breves, concretos y debidamente sustentados, caso contrario, el alcalde podrá solicitar que se reformulen y se vean en una próxima sesión. Los regidores podrán solicitar sustentar en esta estación sus pedidos, por escrito o formularlos oralmente, para lo cual tendrán un tiempo máximo de tres minutos. Las estaciones de informes y pedidos tendrán una duración máxima de treinta (30) minutos cada una. Vencido este tiempo, se pasará a la estación de orden del día, aunque queden informes o pedidos pendientes Los informes especiales de la administración estarán exentos de este límite de tiempo”, se estipula en el artículo 16.6.

“Si una comisión de regidores no emite el dictamen en un plazo máximo de siete días hábiles, por corresponder ser aprobado con celeridad por el concejo, el alcalde puede otorgar la prórroga por causas justificadas o, prescindir del dictamen y someter a debate la propuesta de la administración”, se establece en el artículo 16.12.
Otro punto que ha llamado la atención es el contenido del artículo 24, que detalla las faltas que se consideran graves, como realizar gestos contra el alcalde, regidores y funcionarios ediles.
“Realizar gestos, emitir palabras o frases ofensivas, inadecuadas o agraviantes contra el alcalde, regidores, funcionarios, servidores municipales o vecinos, ya sea en la sede de la municipalidad, en sesiones del concejo, sesiones de comisiones, actos públicos, medios de comunicación, redes sociales o plataformas similares”, se lee en el artículo 24.1.
Regidora afirma que reglamento “amordaza” a regidores
La regidora María Puig Salaverry rechazó la aprobación del Reglamento Interno de Concejo (RIC) de San Isidro, pues considera que “amordaza” a los concejales que son de oposición a la gestión de la alcaldesa Nancy Vizurraga.
En diálogo con El Comercio, Puig indicó que el proyecto fue aprobado en la Comisión de Asuntos Jurídicos sin que se cumpliera el debido trámite, ya que fue presentado, según dijo, en la sesión de manera sorpresiva, ya que no estaba en agenda. Incluso, aseguró que fue aprobado por los regidores Julio César Avanzini y Marcos Kaliksztein Wolfsdorf sin que se haya entregado el texto, al cual recién accedió el último jueves.

Por ello, indicó que planteó este lunes que se regrese a comisión el proyecto del RIC para un mayor debate. También cuestionó que no haya sido un miembro de la Comisión de Asuntos Jurídicos el que sustente el dictamen del proyecto, sino un asesor externo del municipio, en referencia a José Manuel Villalobos. Recordó que la Oficina de Control Interno (OCI) del municipio se mostró en contra del mencionando reglamento debido a que sería contrario a la ley.
Explicó que presentarán recursos para dejar sin efecto dicho reglamento. Entre las opciones está interponer una acción de amparo o acudir al Jurado Nacional de Elecciones. Remarcó que esta norma afectará la labor de los próximos regidores.

Por su parte, la concejal Zuleika Benel Zevallos cuestionó el contenido del RIC, pues consideró que les “impide informar de lo que sucede en el distrito”, y que varias partes del texto colisionan con lo establecido por la Constitución y la Ley Orgánica de Municipalidades.
Además, aseguró que el texto del Reglamento Interno del Consejo de San Isidro “concentra todo el poder en el alcalde” y que solo hay sanciones para los regidores, por lo que advirtió que se está “quebrantando el principio de equilibrio de poderes
Benel contó que en la presente gestión municipal de San Isidro se logró aprobar un Reglamento Interno de Concejo “más transversal y equilibrado”, cuando la oposición era mayoría, pero que “no duró mucho”.
Criticó que se pretenda sancionar a los concejales por “mover la cara, hacer gestos” o por no acudir a las sesiones de las comisiones ediles.
Posición de la Municipalidad de San Isidro
La Municipalidad de San Isidro informa que el proyecto de actualización del actual Reglamento Interno de Concejo (RIC) fue modificado en 2024 por grupo de regidoras que actualmente “denuncian supuestas irregularidades” y que su contenido “excedía lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades y la Constitución”.
“Dicha modificación, que en su momento fue aprobada por las mismas regidoras que hoy denuncian supuestas irregularidades, excedía lo establecido tanto en la Ley Orgánica de Municipalidades como en la Constitución Política del Perú”, expresó la comuna en un pronunciamiento.
“La iniciativa actual busca corregir dichas deficiencias y retomar el estado anterior del RIC, siempre en línea y respeto con la jerarquía de normas nacionales”, agregó.
“El proyecto actualiza el RIC en atención a la Ley 31433, que otorga precisamente mayores facultades de fiscalización a los regidores del concejo, contrario a lo que se pretende hacer creer por parte del grupo de regidoras”, indicó el municipio de San Isidro.
Además, afirmó que la actual gestión cumplió con trasladar dicha propuesta ante el Concejo de San Isidro para su debate por parte de los concejales. Lamentó que “este tema sea tergiversado por un grupo de regidoras con objetivo aparente de desprestigiar a la gestión”.
Defiende proyecto
José Manuel Villalobos, abogado que elaboró y sustentó ante el Concejo Municipal de San Isidro el proyecto del Reglamento Interno del Concejo (RIC), remarcó que “ninguno de los dispositivos de la norma atenta contra la Constitución y la ley”, ya que, según dijo, se ha seguido el marco legal vigente.
En diálogo con El Comercio, Villalobos explicó que el reglamentó se elaboró de acuerdo con lo que dice la Ley 31433, que modificó la Ley Orgánica de Municipalidades, incluso aseguró que se le otorgado mayores facultades de fiscalización a los regidores y que el requisito de contar con el respaldo de un tercio de los concejales en las solicitudes de información al municipio también está contemplado en dicha ley.
“Me causa mucha sorpresa que muchas regidoras hayan observado o considerado que el reglamento es inconstitucional y que vulnera su derecho de fiscalización”, manifestó el abogado.
“Se le ha explicado, se les ha hecho ver su error, sin embargo, cuatro de ellas han persistido en contra, es su derecho, entiendo que, como no son abogadas, no entienden un poco las leyes o no tienen una buena asesoría”, agregó.

“Una parte de la ley dice que cuando ellos hagan pedidos de información y de cuestiones específicas, esos pedidos de información deben ser aprobados por un tercio de los regidores, eso mismo lo hemos puesto en el reglamento”, precisó Villalobos.
Detalló que la medida que sanciona a los regidores que no asisten a comisiones busca evitar que se suspendan las sesiones por falta de quórum. Por ello, explicó que todas esas disposiciones sí son contempladas por otras comunas de Lima.
“No es un reglamento distinto a otros concejos municipales, porque yo no me puedo inventar las reglas de las sesiones de Concejo, las convocatorias, la fiscalización. Eso es lo mismo que todos los Concejos siguen”, indicó.
Por otro lado, dijo estar sorprendido por la posición del jefe de la Oficina de Control Interno (OCI) de la comuna de San Isidro de cuestionar el contenido del reglamento. “Me sorprende mucho que el jefe de la OCI opine de un tema que no conoce y que en su documento mienta. La municipalidad va a presentar su queja ante el contralor, no podemos tener un jefe de la OCI que no conozca la ley y observe cosas sin fundamento”, aseveró.