
A través de un decreto en el Diario Oficial El Peruano, el Ejecutivo promulgó este viernes la ley que permite el retiro de hasta el 100% de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), hasta diciembre del 2026.
“Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición”, indica la norma.
¿Qué significa el por única vez del texto?
Según el profesor y experto en finanzas de la Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta, el término por única vez es un error de texto.
“En el primer retiro del 2021, la ley decía que era “por única vez”, haciendo referencia que solamente habría un solo retiro de la CTS. Pero en los otros tres retiros también aparecía este término en el texto, lo cual genera confusión“, explicó Carrillo Acosta.
Agregó también que eso no significa que tienes que retirar el monto en una sola fecha, sino que, al igual que en las otras ocasiones, podrás disponer del monto en varias partes.
¿Qué falta para que se pueda retirar la CTS?
Si bien ya se publicó en el Diario El Peruano la norma que permite la libre disposición de la CTS, el beneficio laboral que se deposita dos veces al año (mayo y noviembre), aún queda un paso más, ya que el Ejecutivo a través del Ministerio de Trabajo deberá publicar el reglamento.
Según explicó Carrillo Acosta, la ley entra en vigencia mañana el 10 de mayo (un día después de la publicación en el Diario El Peruano). Luego de ello, el Ejecutivo tiene hasta 30 días calendario para publicar el reglamento. De esta manera, los retiros de la CTS se podrían dar el 09 de junio.
“Con la publicación rápida de la ley, creería que el reglamento saldrá pronto y con suerte, la próxima semana deberíamos ya tener todo listo. Eso quiere decir que si la CTS se deposita hasta el 15 de mayo, el 16 ya se puede estar disponiendo de ese monto. Todo depende del Ejecutivo”, añadió.
Modificaciones en la CTS
El texto que lleva las firmas de la presidenta de la República, Dina Boluarte y del presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, modifica el Decreto Legislativo 650 o Ley de Compensación por Tiempo de Servicios.
La norma publicada modifica también el artículo 42 del Decreto Legislativo 650, de modo que “el trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% de los mismos”.
El dispositivo legal modifica indica, además, que el trabajador en caso de ser diagnositicado con enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador, podrá efectuar – en cualquier momento – el retiro del 100% de su depósito CTS e intereses acumulados. El cálculo se efectúa a la fecha en la que el trabajador solicita dicho retiro total.
¿Qué es la CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio social que brindan las empresas a sus trabajadores como una previsión ante las contingencias que podrían originarse a raíz de una desvinculación laboral. Sea por despido, renuncia o fin de contrato, el colaborador solo de esas maneras podía disponer de los fondos acumulados para cubrir sus necesidades.
Hoy, con la promulgación del Ejecutivo, a través del Diario oficial El Peruano, que permite el retiro de hasta el 100%, se agrega una nueva forma de liberación de la CTS a las dos que ya existían. Ante solo se podía disponer de ese monto vía despido o renuncia y cuando se tenía el excedente de 4 sueldos brutos. Eso quiere decir que si gana S/ 3 mil mensuales y tiene más de S/ 12 mil en su cuenta CTS podrá retirar una parte de este monto.
¿Cuándo pagan la CTS a los trabajadores, según ley?
La CTS es un derecho laboral que obtienen todos los trabajadores formales del país y que se entrega en dos ocasiones al año para que puedan utilizarla en caso de urgencias, imprevistos o simplemente como un ahorro. Con respecto al primer depósito, que se realiza en mayo, para el pago se hace un cálculo de los meses de noviembre a abril. Por su parte, para el segundo pago, que se realiza en noviembre, se toman en cuenta los meses de mayo a octubre, por lo que las empresas tendrán como plazo hasta 15 días de los mencionados meses para el depósito; en caso contrario, recibirían una fuerte sanción.
Así se realiza el cálculo de la CTS
El cálculo de la CTS se realiza de la siguiente forma para quienes han trabajado durante todo un periodo completo: CTS = 50% del Sueldo Mensual (sin descuentos) + 1/6 de la Gratificación recibida en el periodo + 1/6 del total de horas extra + Asignación familiar (si aplica).