El partido político Renovación Popular, que lleva a Rafael López Aliaga como candidato a las Elecciones Generales del 2026, solicitó al Poder Judicial (PJ) el archivo y su exclusión del proceso que se le sigue por presunto favorecimiento al lavado de activos.
Los hechos se vinculan a la presunta recepción de aportes ilícitos de Odebrecht y OAS que realizaron otros coinvestigados como el actual congresista y líder de Podemos Perú (PP), José Luna Gálvez, la exconsultora municipal Giselle Zegarra Flores y otros, cuando el partido político se denominaba Solidaridad Nacional.
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Solidaridad Nacional, como se recuerda, cambió de denominación a Renovación Popular, en una sesión extraordinaria fundacional del nuevo Comité Ejecutivo Nacional del 9 de octubre del 2020.
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“Con el ingreso presentado por la defensa técnica del partido político Popular, mediante el cual deduce la excepción de prescripción y en consecuencia se disponga el inmediato archivo del proceso”, requirió la organización política en su petitorio.
La solicitud será analizada el jueces 8 de enero del 2026, por el Quinto Juzgado De Investigación Preparatoria Nacional que dispuso correr traslado del pedido de prescripción al Ministerio Público.
“Que, en el caso en concreto se advierte que el investigado en mención ha deducido excepción de prescripción y ha cumplido con fundamentar su solicitud en los términos que exige la norma adjetiva penal”, reseñó la judicatura.
De acuerdo a la imputación fiscal, “la organización política habría favorecido la comisión del delito de lavado de activos agravado mediante la utilización de su estructura financiera” por parte de los procesados José Luna Gálvez, ex secretario general nacional de dicho partido; Martín Bustamante Castro, ex secretario nacional de disciplina; Víctor Torres Romero, ex tesorero nacional titular, el fallecido exalcalde de Lima Luis Castañeda Lossio, entre otros habrían cometido el delito de lavado de activos agravado.
Los activos, según el Ministerio Público, provenían de la presunta entrega de de dinero en la campaña presidencial del 2011, por parte de las empresas Odebrecht y OAS.

Por ello, en setiembre del 2023, el Poder Judicial admitió el pedido de la fiscalía para incorporar a Renovación Popular (antes Solidaridad Nacional), como persona jurídica investigada.
“La entrega de dinero maculado efectuado por las empresas OAS y Odebrecht . Siendo que parte del dinero maculado habría ingresado a las cuentas del citado partido político como supuestos aportes y gastos de campaña, sumas de dinero maculado que habrían sido recepcionadas en uno de los locales de la Universidad Telesup, el mismo que habría funcionado como un local partidario, dando así una supuesta apariencia de legalidad mediante la creación de falsos aportantes y la utilización en gastos de campaña del mencionado partido político”, indicó la fiscalía.
Por ello, la fiscalía consideró que el referido partido político fue utilizado para favorecer la ejecución y consumación del delito de lavado de activos agravado; por lo que, la organización partidaria debía ser considerada como parte investigada, y en base a ello pueda afrontar responsabilidades indemnizatorias directas o subsidiarias.
El Juzgado de Investigación Preparatorio ( 6 de enero del 2025) y la Tercera Sala Penal de Apelaciones (6 de mayo del 2025) ya rechazaron en doble instancia otro pedido de Renovación Popular mediante el que buscaba que se declare la “extinción de la acción penal” en su contra y se archive el caso.
Según el partido político, su exclusión era viable puesto que la fiscalía no había considerado adecuadamente las modificaciones introducidas por la Ley 32054, que establece que los partidos políticos no están sujetos a ciertas consecuencias penales, como la disolución o clausura, y que solo pueden ser sancionados bajo el régimen de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas.














