De acuerdo con el decreto mencionado, los programas gratuitos de entrenamiento en la conducción serán brindados por empresas de transporte terrestre regular de personas y de mercancías a postulantes de licencias profesionales Clase A en las categorías III-a, III-b y III-c.
Uno de los principales cambios que permite la medida es que, durante el trámite de los brevetes, el postulante elija cumplir el requisito de experiencia por la vía tradicional o presentar una constancia de haber culminado satisfactoriamente el programa de entrenamiento, registrada en una plataforma del MTC. Sobre este último punto, tendrá que acreditar que cuenta con la licencia A-I por un mínimo dos años. Así también, se exige no haber tenido sanciones graves o muy graves en el año previo al trámite.
El entrenamiento propuesto contempla 150 horas de práctica para las licencias A III-a y A III-b, y 180 horas para A III-c, incluyendo 10 horas de recorrido en vía pública como pasajero–observador.
De acuerdo con la norma, el programa se realizará principalmente en infraestructuras cerradas al tránsito, con prácticas supervisadas por monitores y que deben cumplir requisitos de habilitación y antecedentes.
¿Por qué afectaría al actual sistema de emisión de licencias?
Franklin Barreto, exjefe de la División de Investigación de Accidentes de Tránsito de la Policía Nacional del Perú, explica a El Comercio que el asunto de la profesionalización de conductores está pendiente de solución desde los ochenta.
“La profesionalización del conductor de transporte fue cayendo en la década de los ochenta por los graves problemas económicos. Mucha gente desempleada buscó refugio en el transporte público. A partir de ese momento, la profesionalización de estos conductores casi ya no existió. Tal es así que hemos llegado a un punto en que los conductores de transporte son los que quizá más generan los problemas de congestión, accidentes de tránsito, es decir, toda la inseguridad vial”, detalla.
Sobre el objetivo del decreto, Barreto identifica un conflicto con el reglamento que rige actualmente para la emisión de licencias.
“Esta medida busca la profesionalización de los conductores en corto tiempo y hacer alianzas con empresas de transportes. El tema está en que el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir considera que las escuelas de conductores son las personas jurídicas que se encargan de formar y capacitar técnicamente a los postulantes. Con este decreto, en la práctica, va a haber dos escuelas: una escuela de conductores y otra para conductores profesionales de transporte público y carga pesada. Esto revelaría que las escuelas de conductores admitidas por el reglamento actual de emisión de licencias no sirven”, argumenta.
Además, Barreto cuestiona que el decreto no especifica qué empresas de transporte realizarán la instrucción a sus conductores ni qué beneficios obtendrán al brindar sus vehículos e infraestructura para la instrucción de los conductores. “Simplemente indica condiciones para los conductores, como estar registrados en un sistema. Pero esto es repetitivo, porque la escuela de conductores que establece el reglamento nacional de licencia de conducir ya lo considera así. También, si la norma no determina incentivos, la misma empresa los puede buscar de forma subrepticia», sostiene.
¿Qué riesgos puede implicar la medida?
Barreto cuestiona que la creación de este régimen temporal excepcional pueda garantizar que la instrucción de los postulantes sea una instrucción buena y que encamine a los conductores a la profesionalización.
“Por ejemplo, creer que un buen conductor es aquel que no recibe papeletas es un indicador falso, porque, en nuestra realidad, las infracciones no se detectan en la medida en que deberían hacerse. Muchas personas que conducen terriblemente no tienen papeletas de infracción. Por eso, aproximadamente, al año solamente hay un millón de papeletas puestas por la Policía de tránsito. Además, a las escuelas de manejo las supervisa la Sutran. ¿Quién va a supervisar la instrucción que darán las empresas con esta medida?”, explica.
El experto también critica que el decreto no especifique quién o quiénes seleccionarán a los instructores y conductores que dispondrán las empresas de transporte. “La solución planteada puede ser más grave que el problema”, afirma.
Por ello, Barreto califica como un contrasentido el Régimen Temporal Excepcional aprobado mediante el decreto supremo N° 003-2026-MTC. “Yo no veo garantías. Es un contrasentido que, con este programa de capacitación, los conductores que manejan un auto particular con una licencia AI pueden llegar a manejar un camión si por lo menos tienen dos años de experiencia, que en realidad es muy poco”, asegura.
Así también, el experto afirma que se está “atomizando la capacitación para el desarrollo de habilidades y capacidades técnicas para los conductores profesionales”, porque en lugar de hacerlo el MTC ahora podrán hacerlo las empresas de transporte.














