El pasado 12 de marzo fue un día clave para el ámbito de la salud mental en el país. Luego de meses de debate, el Congreso de la República aprobó la modificación del artículo 25 de la Ley 30947, Ley de Salud Mental, en un extremo clave que había generado polémica entre los gremios de psiquiatras y psicólogos: la precisión de las competencias de los profesionales de la salud en el diagnóstico.
La controversia ha firmado un nuevo capítulo esta semana luego de que los psicólogos fueran incluidos como profesionales pertinentes y competentes para emitir diagnósticos en salud mental, algo que históricamente solo los médicos psiquiatras podían hacer.
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De hecho, durante varios años, los colegios de psicólogos demandaron que se les reconozca como profesionales competentes en el diagnóstico e indicaban que la legislación anterior era un limitante para desarrollo de su ejercicio profesional y que incluso se contraponía con la Ley del Trabajo del Psicólogo N°28369-2007, el cual los faculta a establecer este tipo de evaluaciones.
Los argumentos del otro lado son defendidos por el Colegio Médico del Perú junto a la Asociación Psiquiátrica Peruana que indican que el “único profesional con las competencias médico legales para realizar el diagnóstico de personas con trastornos mentales”, es un médico cirujano, ya que para esta labor se requiere una evaluación integral de la persona, algo para lo cual los especialistas se han formado a lo largo de 12 años.
La historia de la modificación
El texto anterior y observado por el Ejecutivo en enero de 2025 establecía que el diagnóstico en salud mental es un proceso integral y multidisciplinario, en el que participan distintos profesionales según sus competencias, normas vigentes y estándares técnicos.
“El profesional de medicina, con especialidad en psiquiatría, medicina familiar u otras especialidades, y el médico cirujano colegiado, según sea el caso, participa en el proceso de diagnóstico y la determinación de la existencia de problemas de salud mental”.

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Como segundo punto precisaba -y aquí radicaba la clave de la polémica- que “el profesional de psicología con especialidad en psicología clínica participa en el proceso de diagnóstico y la determinación de la existencia de problemas de salud mental, de acuerdo con sus competencias respecto de la persona humana, la familia y la comunidad en el ámbito psicosocial, según lo establecido en la Ley 28369. Ley del trabajo del psicólogo. No se encuentra facultado a prescribir medicamentos ni a disponer la hospitalización”.
Sin embargo, el texto no despejaba dudas sino que las hacía saltar: ¿los médicos psiquiatras pierden competencias al establecer un diagnóstico en salud mental? ¿el psicólogo clínico lo reemplaza en esta función? Finalmente, ¿puede por sí solo establecer una diagnosis?
El último jueves 12 de marzo, el Congreso del Perú aprobó la modificación del artículo 25 de la Ley 30947, Ley de Salud Mental
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La modificación materializada el 12 de marzo con 90 votos a favor, uno en contra y una abstención, fue aprobada -y exonerado de segunda votación- por el pleno a través de la suma de los proyectos de ley 922, 2336, 3844 y 6052.
Durante el debate, la vicepresidenta de la Comisión de Salud, Kelly Portalatino, sostuvo que el diagnóstico en salud mental no debe entenderse como un acto aislado, sino como un proceso integral que involucra a distintos profesionales, conforme a sus competencias y normas vigentes.
El texto aprobado precisa que el diagnóstico debe realizarse de manera multidisciplinaria. En el ámbito público, indica que el médico cirujano —con o sin especialidad, según la complejidad del caso— tiene un rol en el diagnóstico integral, en coordinación con otros profesionales de la salud.
Así las cosas el texto sustitutorio quedó así: “el diagnóstico de un problema de salud mental es un proceso integral que implica la participación de los profesionales de la salud, según sus leyes de trabajo específicas, la normativa vigente, las normas técnicas aceptadas internacionalmente y según lo determinado en el clasificador de cargos del Ministerio de Salud para el ámbito público”.
“El profesional de medicina, con especialidad en psiquiatría, medicina familiar u otras especialidades, y el médico cirujano no especialista, según la complejidad del caso, realizan el diagnóstico integral de los problemas de salud mental”.
¿Aclara u oscurece?
Según el Congreso, la modificación busca dar mayor claridad jurídica, evitar interpretaciones erróneas en los establecimientos de salud y reforzar el enfoque de trabajo en equipo sin duplicar funciones ni contradecir la normativa vigente.
Empero, las dudas persisten pues en ninguna parte del nuevo texto se hace mención a la participación del profesional en psicología.
Colegio de Piscólogos
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Edgardo Soto Tenorio, decano del Colegio de Psicólogos Consejo Regional 1 Lima y Callao, señaló a El Comercio que la clave se encuentra en la primera parte de la modificación cuando el texto sustitutorio hace mención a las leyes de trabajo.
“La ley del trabajo del psicólogo establece en su artículo 2, que el profesional de la psicología es el especialista en el estudio de la conducta humana, con competencias en la promoción, prevención, evaluación, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la salud mental en el ámbito psicosocial. En este sentido, el psicólogo cuenta con competencias profesionales para realizar su trabajo como psicólogo y, evidentemente, para realizar el diagnóstico psicológico dentro del ámbito de su disciplina, de la psicología”, aclara Soto.
Agrega que el nuevo texto incluso democratiza la labor del psicólogo y no restringe el diagnóstico solo a aquellos psicólogos clínicos, sino a todo profesional de la psicología. “Esa propuesta implicaba una limitación al ejercicio profesional del psicólogo, inclusive hasta dividió a los psicólogos. Solo aquellos con especialidad clínica podían diagnosticar, no así los profesionales de áreas organizacional, educativa o social comunitaria».
Pese a ello, hay voces que cuestionan la modificación, indicando que lejos de aclarar oscurece el panorama. Marcelo Silva, experto en derecho laboral, señala que “una ley debe ser clara, prístina y no interpretable”.
“Si una ley debe interpretarse y acudir a un texto suplementario es una ley mal elaborada. El nuevo texto sustitutorio no menciona a los psicólogos, podría tacharse de inconstitucional”. Y el tema, añade, no tiene que ver con la capacidad de los psicólogos, sino con lo establecido estrictamente en la ley aprobada por el Congreso.
La voz de los psiquiátras
En una entrevista previa con El Comercio, el médico psiquiatra Juan Carlos Ocampo, vocero de la Asociación Psiquiátrica Peruana, enfatizó que el diagnóstico de los trastornos mentales “solamente lo puede realizar el personal médico, a través de su formación, por competencias”. Indicó que entregarle este rol a un psicólogo podría significar un potencial “riesgo a la salud pública”.
El especialista indicó que cuando se habla de personas que tienen trastornos mentales, los médicos deben realizar una evaluación que no solamente es psicológica, sino también social y biológica. “Por ejemplo, en un episodio depresivo, la persona puede manifestar tristeza, problemas de insomnio, irritabilidad, desgano, cierta apatía. Sin embargo, muchos de estos síntomas podrían deberse a cosas diferentes que solo la afectación de la esfera psicológica. Una persona con anemia, con un cuadro incipiente oncológico o algún problema nutricional, podría tener sintomatología similar. El diagnóstico es altamente exigente y complejo, y para eso se necesita tener otras competencias y hacer una evaluación integral”, añadió.
Ocampo señaló que “el rol del psicólogo es muy valioso, pero sus competencia se limitan a las áreas psicosociales. Ellos no son médicos. No tienen la capacidad, por muy entrenados que sean, por muy excelentes profesionales que lleguen a ser, de evaluar integralmente”. Indicó que los problemas psicosociales cuando se agravan y se transforma en un trastorno mental, deben ser derivados a un médico psiquiatra para, de ser necesario, recibir medicación.
El vocero de la Asociación Psiquiátrica Peruana precisó que brindarle la competencia a un psicólogo para que diagnostique trastornos mentales es un riesgo para la salud pública. “Va a afectar la salud de la población, la va a poner en riesgo, la va a confundir. Porque una vez establecido un diagnóstico, se establecen las medidas para actuar, y al no tener un diagnóstico correcto, va a hacer que la ayuda no sea correcta, y con eso puede contarse en la práctica clínica una infinidad de casos en los cuales personas mal diagnosticadas terminan muriendo”.
Brechas
La cantidad de profesionales de la salud mental con competencia para hacer diagnóstico según la ley anterior era insuficiente. «La cantidad de psiquiatras es muy reducida y en algunas regiones no hay psiquiatras. Además, las enfermedades mentales se han duplicado”, indicó Rodolfo Ronceros, experto en salud pública.
El especialista indicó que “actualmente hay 67.700 psicólogos colegiados y por lo menos unos 20.000 que están en proceso de colegiarse y hay un promedio de 120.000 estudiantes de psicología que en los próximos 5 años se colegiarán”. Para Ronceros el sentido de esta modificación es normalizar la atenciones en salud mental, previniendo la complicación de estos males a través de una intervención temprana, claramente cerrando brechas y dándole mayor acceso.
No obstante, advierte que los psicólogos deben mantener una especialización constante para tratar de ser precisos en los diagnósticos y ante las complejidades derivar inmediatamente el caso a un psiquiátra.
“La formación continua no es opcional, es una responsabilidad ética. El psicólogo debe reconocer los límites de su intervención y, ante cuadros complejos o que requieran abordaje farmacológico, derivar de manera oportuna al psiquiatra para garantizar una atención integral del paciente”, señaló.




