lunes, diciembre 22

La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional revocó la decisión de primera instancia que pretendía continuar con un segundo proceso por el delito de colusión simple contra el expresidente Martín Vizcarra (2018-2020), relacionado con obras en la región Moquegua.

Fue al declarar fundado el recurso de apelación presentado por la defensa del exmandatario, quien cumple una condena de 14 años de prisión por cohecho pasivo por los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua en el penal Barbadillo de Ate.

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La controversia se centró en la aplicación de la excepción de litispendencia en el proceso penal, una herramienta legal que busca evitar que una persona sea sometida a dos procesos por los mismos hechos cuando ya existe uno en trámite.

Como consecuencia, la Sala dispuso el sobreseimiento (archivo definitivo) del proceso seguido contra Vizcarra Cornejo por considerar que las acusaciones de ambos casos tratan los mismos hechos punibles y tienen el mismo fundamento fáctico.

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Cabe precisar que esta decisión no afecta el curso del proceso por cohecho pasivo propio, por el cual se sentenció a Martín Vizcarra, sino que elimina una duplicidad injustificada basada en los mismos hechos.

Por el delito de colusión simple, el expresidente iba a afrontar un segundo juicio por el cual el Ministerio Público solicitaba 10 años de prisión. En este proceso se iba a abordar exclusivamente la presunta “concertación” o acuerdo ilícito entre Vizcarra y las constructoras Obrainsa e ICCGSA.

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Como se recuerda, Martín Vizcarra fue condenado por recibir S/ 2.3 millones de dos empresas constructoras cuando fue gobernador de Moquegua. El Cuarto Juzgado Colegiado de la Corte Superior Nacional dispuso también su inhabilitación por 9 años para ejercer cargos públicos.

El juzgado determinó que a Vizcarra le corresponde una pena de 6 años por el caso Lomas de Ilo y 8 años por los delitos vinculados al proyecto Hospital de Moquegua, con lo que la pena total y concreta es de 14 años de prisión, un año menos que el pedido de fiscalía.

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El juzgado concluyó que está probado que el expresidente sí pidió y recibió la coima de S/ 1 millón de Obrainsa por Lomas de Ilo (S/ 400 mil en enero 2014 y S/ 600 mil en abril 2014), así como que la constructora pagó el alquiler de una avioneta a pedido suyo.

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