El Poder Judicial admitió a trámite la demanda de acción popular presentada por la Confederación Nacional de Trabajadores de Contrato Administrativo de Servicio del Perú (Confecas Perú) contra el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), por la gradualidad establecidas para el pago de CTS y gratificaciones de los trabajadores CAS.
El Poder Judicial admitió a trámite la demanda de acción popular presentada por la Confederación Nacional de Trabajadores de Contrato Administrativo de Servicio del Perú (Confecas Perú) contra el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), por la gradualidad establecidas para el pago de CTS y gratificaciones de los trabajadores CAS.
La decisión fue adoptada por la 2da Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima. Confecas Perú había presentado esta acción popular semanas atrás, luego de que el MEF aprobará el decreto supremo de la Ley N° 32563, que reconoce nuevas condiciones para el pago de gratificaciones y CTS a los trabajadores CAS, los cuales suman más de 350 mil personas.
Con la admisión de esta demanda, el MEF deberá responder los argumentos planteados en un plazo de 10 días. La demanda busca que el Poder Judicial declare la ilegalidad o inconstitucional, con efectos retroactivos, del Decreto Supremo N° 142-2026-EF, específicamente por establecer una implementación progresiva de los beneficios laborales reconocidas por la Ley N° 32563, es decir hasta el 2030.
Confecas Perú sostiene que la ley reconoce a los trabajadores CAS el derecho a recibir las gratificaciones y la CTS de manera íntegra y que, por tanto, un decreto supremo no podría establecer un cronograma que reduzca temporalmente el monto de estos beneficios.
Cabe precisar que la Sala Constitucional consideró que la demanda presentada por Confecas Perú cumple con los requisitos establecidos en el Nuevo Código Procesal Constitucional, por lo que resolvió admitir a trámite.
Asimismo, la Sala solicitó al ME que remita el expediente que contiene los informes y documentos que dieron origen a la norma.
¿Qué dice el reglamento?
El reglamento del MEF establece que las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad se implementarán progresivamente. Es decir, para el 2026 el pago equivale al 10% de una remuneración mensual; para el 2027 será de 20%, en 2028 de 30%, en 2029 de 50% y recién desde 2030 llegará al 100% de una remuneración. Mientras que la CTS, la gradualidad se aplica por cada año de servicios.



