El Segundo Juzgado Constitucional de Lima programó para este miércoles 12 de agosto la audiencia pública en la que evaluará el pedido del sentenciado expresidente Pedro Castillo para ser excarcelado y que se anule su condena por el Golpe de Estado.
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Sin embargo, el juzgado recordó que cada demandado (presidente de la República, ministro de Justicia y Derechos Humanos, Congreso, fiscal de la Nación, jueces supremo de Investigación Preparatoria y de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema), se encuentra representado de manera independiente por la Procuraduría Pública respectiva.
“En el caso del presidente de la República, este se encuentra representado por la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Asimismo, del escrito no se desprende que dicha procuraduría se haya apersonado en representación de todas las entidades demandadas como afirma el beneficiario, sino únicamente en representación del Despacho Presidencial-Presidencia de la República”, determinó el juezgado.
Castillo se encuentra recluido en el penal de Barbadillo (Ate) cumpliendo una condena de 11 años, 5 meses y 15 días -dictada en primera instancia- por el delito de conspiración para la rebelión por el golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022.

Pedro Castillo dio un mensaje a la Nación anunciando la disolución del Congreso y un gobierno de emergencia nacional por 100 días. (Foto: TV Perú)
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Tanto la Corte Suprema como el Tribunal Constitucional, concluyeron que el exmandatario atentó contra el orden constitucional haciendo uso de su cargo presidencial y por ello han rechazado todos los mecanismos legales que ha usado para librarse de la cárcel.
Incluso, buscó ser excarcelado por la vía política, presentando hasta 17 pedidos de indulto y gracia presidencial, directamente o a través de terceros. Todos los requerimientos fueron rechazados por no cumplir con requisitos legales.
El habeas corpus fue presentado por la defensa de Castillo luego de haber gestionado un informe del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU opinando que la detención del vacado exmandatario habría sido arbitraria por falta de base legal (Categoría I) y violación del debido proceso (Categoría III).

PEDRO CASTILLO
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