
El Poder Judicial (PJ) dispuso enviar al Tribunal Constitucional (TC), el caso de Patricia Benavides a fin de que dicha instancia evalúe el recurso por el cual la exmagistrada busca anular su proceso de destitución como fiscal suprema y fiscal de la Nación.
A través de una resolución obtenida por El Comercio, expedida el último 31 de enero, la Tercera Sala Constitucional de Lima ordenó dar cumplimiento a la resolución que el TC emitió, en diciembre del 2024, en la que ordenó al PJ que conceda el recurso de “agravio constitucional” a la exfiscal a fin de que su expediente pueda ser elevado ante la máxima instancia de interpretación constitucional.
El recurso de agravio constitucional es el mecanismo necesario para que un proceso constitucional, seguido ante el PJ, pueda llegar al TC y ser revisado en última instancia.
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“Conceder el Recurso de Agravio Constitucional; y, en consecuencia, dispusieron elevar los de la materia al Tribunal Constitucional, oficiándose para tal fin con la debida nota de atención.”

El caso de Patricia Benavides
Benavides interpuso un recurso de amparo ante el Poder Judicial a fin de que se anule las resoluciones que emitió la Junta Nacional de Justicia (JNJ) disponiendo su destitución por presunta falta grave.
Esto por haber destituido a la exfiscal suprema Bersabeth Revilla, quien investigaba a su hermana Enma Benavides por presuntos actos de corrupción; entre otros hechos.
La demanda fue rechazada y cuando llegó a segunda instancia, la Tercera Sala Constitucional de Lima resolvió archivar el proceso al concluir que Benavides Vargas había interpuesto el amparo sin que haya concluido su proceso administrativo disciplinario en la JNJ. Es decir, en términos legales, consideró que se había producido una “excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa” invocada por la JNJ.
Ante ello, Benavides interpuso un recurso de agravio constitucional para que el caso sea enviado al TC. Sin embargo, la sala del PJ rechazó el recurso por considerar que no se había producido una sentencia con carácter denegatoria, requisito necesario para conceder el recurso de agravio constitucional.
Benavides presentó un recurso de queja ante el TC que, en diciembre del 2024, declaró fundada dicha queja, argumentando que haber aplicado la excepción por falta de agotamiento en la vía administrativa sí constituía “una denegatoria de la demanda de amparo, pues posee los mismos fundamentos y produce efectos iguales a los de una declaratoria de improcedencia”.
Por ello, ordenó que el PJ conceda el recurso de agravio constitucional a Benavides Vargas y le envíe su expediente para analizar el fondo del proceso. Esto es, el pedido de la exfiscal de la Nación para que se declare nulo el proceso que llevó a su destitución.
En esa línea, la Tercera Sala Constitucional de Lima, la semana pasada, dispuso derivar el expediente de Benavides Vargas al TC.
