
La iniciativa legislativa, sustentada en el Proyecto de Ley 5562/2022-CR, no requiere una segunda votación al haber sido aprobada por insistencia. Cabe recordar que esta autógrafa fue observada previamente por el Poder Ejecutivo, lo que motivó su revisión en la Comisión de Transportes y Comunicaciones, presidida por la congresista Marleny Portero (Acción Popular).
Además de permitir la transferencia gratuita del pasaje, la norma modifica el artículo 125 de la ley para obligar a las aerolíneas a habilitar canales digitales que faciliten este trámite. Las empresas deberán emitir un nuevo boleto, también sin cobro adicional, a nombre de la persona que reciba el pasaje.
En caso de negativa injustificada por parte de la aerolínea, esta será sancionada por la autoridad aeronáutica, salvo que existan razones debidamente justificadas por causas de fuerza mayor.
Con estas disposiciones, se busca ampliar los derechos de los consumidores y garantizar condiciones mínimas de atención por parte de las compañías aéreas ante solicitudes de transferencia.
Durante el debate en el Congreso, la Comisión de Transportes defendió la constitucionalidad de la norma y aclaró que no genera gasto público adicional. También respondió a las observaciones del Ejecutivo, que argumentaba que este tema ya estaba regulado por el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Ante ello, se afirmó que el Parlamento tiene plena competencia para legislar sobre materias específicas como el transporte aéreo.

Se destacó, además, que existen precedentes del Tribunal Constitucional que respaldan la intervención del Estado en la protección efectiva de los derechos de los consumidores, lo cual otorga legitimidad adicional a la norma.
La presidenta de la comisión sostuvo que esta medida busca mejorar la relación entre los usuarios y las empresas de transporte aéreo, regulando condiciones de uso y brindando opciones ante eventuales cambios de planes.
Al haber sido aprobada por insistencia, la ley será promulgada por el presidente del Congreso y publicada en el Diario Oficial El Peruano. Desde ese momento, las aerolíneas deberán cumplir con sus disposiciones sin necesidad de un reglamento adicional.
Cuestionamientos
En entrevista con El Comercio, Carlos Gutiérrez, presidente de la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional (AETAI), cuestionó la reciente norma aprobada por el Congreso que permite la transferencia gratuita de pasajes aéreos. Señaló que esta iniciativa carece de sentido, ya que —según explicó— el tema ya está regulado en el artículo 66.7 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. “Pretender hacer una nueva regulación sobre este punto no tiene mayor sentido, porque ya existe una norma que lo contempla”, comentó.

Gutiérrez advirtió que la nueva ley podría generar una duplicidad de sanciones administrativas. “En caso de incumplimientos, la aerolínea podría ser sancionada tanto por la Dirección General de Aeronáutica Civil como por Indecopi, lo que implicaría dos sanciones por un mismo hecho”, señaló.
También criticó que la norma haya sido aprobada sin considerar la opinión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y pese al pronunciamiento en contra de Indecopi. “Aun así, la aprobaron. Indecopi ya ha advertido que este proyecto no es viable. Es una medida perjudicial para las aerolíneas que operan en el país”, sostuvo.
El presidente de AETAI añadió que otro problema se presentaría si ambas autoridades emiten fallos contradictorios ante una misma situación. “Si Indecopi le da la razón a la aerolínea, pero la Dirección General de Aeronáutica Civil no, estaríamos ante una contradicción legal”, explicó. “Si ya existe una norma que funciona, ¿cuál es la razón para mover toda la maquinaria legislativa y crear otra ley sobre lo mismo? Eso solo genera sobrecostos innecesarios”, dijo.
Gutiérrez reconoció que el trámite de transferencia ya existía, pero precisó que la nueva ley introduce dos cambios clave: la obligación de implementar canales digitales y, sobre todo, que el procedimiento sea completamente gratuito. Según él, este último punto es el más crítico. “El costo de una transferencia no es simbólico; implica la emisión de un nuevo boleto. Si ahora se exige que sea gratis, eso no es viable. Se está asignando al personal una tarea que representa un costo real para la aerolínea”, indicó.

Agregó que ese costo no desaparece, sino que deberá ser asumido de alguna manera. “Antes, lo pagaba el pasajero que decidía transferir el boleto, porque era una decisión personal. Ahora que no será así, ese costo se distribuirá entre todos los pasajeros de manera previa”, advirtió.
“Si soy un pasajero, ¿por qué debería asumir, aunque sea un centavo, el costo de alguien que decidió transferir su pasaje? Eso es lo que pasará: el gasto se redistribuirá entre todos. Por ejemplo, si una aerolínea tiene un número estimado de transferencias al mes, ese costo se repartirá entre todos los viajeros de ese periodo. Es un pago que no les corresponde”, enfatizó.
Además, Gutiérrez alertó sobre el riesgo de un uso inadecuado o la reventa informal de boletos que podría derivarse de esta norma. “Son riesgos que no han sido considerados por las autoridades. En otros países existen límites para evitar abusos, como permitir solo una transferencia al año o cada seis meses”, comentó.
Finalmente, aseguró que AETAI envió documentación al Congreso con argumentos técnicos para sustentar por qué esta medida no es conveniente, pero no han recibido respuesta hasta la fecha.

Por su parte, Roberto Shimabukuro, abogado especialista en derecho del consumidor y socio de Monroy & Shima Abogados, coincidió en que el Código de Protección y Defensa del Consumidor ya reconoce el derecho a la transferencia de pasajes. Sin embargo, destacó que la nueva norma elimina el cobro adicional por ese trámite. “Veo interesante que ahora se tengan que establecer medios digitales, lo que podría facilitar el procedimiento para los consumidores”, opinó.
“Es cierto que esta medida puede facilitar el trámite para los usuarios, pero también es importante considerar el impacto económico que puede generar en las aerolíneas”, concluyó.
Por otro lado, Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), declaró a El Comercio que respalda la reciente aprobación del proyecto de ley. “Este avance fortalece los derechos de los pasajeros y promueve mayor transparencia y flexibilidad en el transporte aéreo, alineándose con las expectativas de los consumidores. En ASPEC consideramos que esta nueva norma representa un paso positivo hacia un mercado aéreo más justo, transparente y centrado en el bienestar del usuario”, afirmó.
Sobre las críticas que señalan que ahora el costo de la transferencia de boletos será asumido por todos los pasajeros, Cáceres respondió: “Ese es un argumento recurrente cada vez que se aprueba una regulación en favor del consumidor. Decir que los costos aumentarán es solo una excusa para justificar su resistencia al cambio. Se intenta hacer ver que reprogramar un vuelo es algo extremadamente complicado, o que se tendría que desembarcar a otro pasajero, lo cual no es cierto”.

Asimismo, advirtió que, si las aerolíneas se ponen de acuerdo para elevar los precios bajo el pretexto de que todos los pasajeros deben cubrir el costo adicional de la transferencia de boletos, esto podría ser investigado por Indecopi y derivar en sanciones por atentar contra los derechos del consumidor.
Ante la noticia, el ciudadano Pedro Yodinson expresó su preocupación. “No me sorprendería que ahora los pasajes suban de precio. Está claro que las aerolíneas o las agencias de viaje intentarán sacar ventaja. Por ejemplo, puede que ya no haya promociones. Ojalá no se vulneren nuestros derechos como consumidores”, dijo.