Jueves, Noviembre 14

Un informe presentado ante el pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) planteó ratificar la suspensión por 120 días contra el fiscal supremo titular Pablo Sánchez Velarde por, presuntamente, haber cobrado tres sueldos como fiscal, luego de concluir que habría cometido una infracción grave.

El informe fue expuesto por Guillermo Thornberry, uno de los integrantes de la JNJ, en su sesión de este lunes 11 de noviembre.

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De este modo, la JNJ analizará la sanción impuesta en junio pasado contra Sánchez Velarde, sindicado de cobrar una remuneración como fiscal supremo, otra como docente y una dieta como miembro del Consejo Ejecutivo de la Academia de la Magistratura (Amag) entre setiembre del 2020 y junio del 2021.

En su ponencia, el magistrado Guillermo Thornberry señaló que la Constitución Política prohíbe recibir tres retribuciones económicas del Estado bajo cualquier concepto, pues generaría una “situación de privilegio inaceptable”.

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“Esto pone de manifiesto que con la emisión de la Resolución 95-2024 el pleno de la junta siguió los estándares de la justificación, de las decisiones que está expuesto en la Constitución, la doctrina y la jurisprudencia constitucional”, subrayó.

Con la sanción se ordenaba a Pablo Sánchez apartarse del Ministerio Público y de la Junta de Fiscales Supremos, que días atrás eligió a Delia Espinoza como nueva fiscal de la Nación para el periodo 2024-2027.

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En su defensa, Sánchez Velarde rechazó haber incurrido en alguna falta ética o disciplinaria, indicando que recibir dos remuneraciones, como fiscal supremo y docente universitario, así como una dieta del Amag, “no constituye una infracción al artículo 33 de la Ley 28175″.

Manifestó que la resolución de la JNJ que le abrió proceso disciplinario en su contra, no precisa el cargo exacto, por qué se le cuestiona no haber seguido una conducta intachable, ni los deberes funcionales que habría infringido.

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El fiscal supremo remarcó también que la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente 3432-2018, sobre la restricción para recibir hasta dos remuneraciones sería únicamente para el desempeño de un cargo público remunerado.

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