La nueva Norma de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ahora simplifica el proceso para usuarios que planean cancelar su servicio de telefonía o internet.
La nueva Norma de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ahora simplifica el proceso para usuarios que planean cancelar su servicio de telefonía o internet.
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De acuerdo con la nueva normativa, el usuario tiene derecho a dar por terminado su contrato de duración indeterminada en cualquier momento y sin necesidad de explicar la causa.
De esta manera, la empresa operadora deberá hacer efectiva la baja del servicio el día hábil siguiente de presentada la solicitud o en la fecha que el usuario haya elegido, siempre que esta no sea mayor de un mes calendario. La solicitud puede ser presentada en cualquiera de los canales de atención de las empresas operadoras.
Además, las empresas con más de 500.000 abonados deberán ofrecer mecanismos de autogestión digital a través de sus aplicativos móviles y páginas web que permitan al usuario gestionar su baja en cualquier momento del día, los siete días de la semana.
La norma también prohíbe que, una vez iniciado el trámite de baja en un aplicativo o página web, la empresa redireccione al usuario a otro canal para concluir el proceso. Es decir, si el usuario solicita la baja de su servicio a través del aplicativo de su operadora, la empresa no puede obligarlo a llamar por teléfono o acudir a un centro de atención para finalizar el trámite.
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Todo el proceso debe completarse en el mismo canal digital y, al finalizar, la empresa debe entregar de inmediato un código de confirmación de la solicitud. La norma además precisa que si el usuario realizó un pago por adelantado por el servicio y solicita la baja antes de finalizar su ciclo de facturación, la empresa operadora está obligada a devolver el monto de los días no utilizados sin necesidad de que el abonado lo solicite.
El reembolso deberá realizarse en un plazo máximo de dos meses desde que se haga efectiva la baja, mediante la modalidad elegida por el usuario al contratar el servicio o, de no haber registrado una, ponerlo a su disposición en todos sus centros de atención.




