Miércoles, Octubre 30

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas (ONU) concluyó que hubo una violación de derechos humanos en el caso de esterilizaciones forzadas durante el segundo gobierno de Alberto Fujimori, entre los años 1996 y 1997, y recomendó al Estado peruano que adopte medidas para una reparación integral a favor de las víctimas.

El comité que evaluó el caso tomó su decisión a inicios de octubre de este año y el informe fue publicado hoy miércoles 30 por la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de la ONU.

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En el documento de 20 páginas, dictaminan que los hechos denunciados por cinco víctimas de esterilizaciones forzadas ponen de manifiesto que se vulneraron sus derechos humanos por motivos de sexo y discriminación.

“Las víctimas describieron un patrón consistente de coerción, presión o engaño para someterse a esterilizaciones en clínicas sin la infraestructura adecuada o personal capacitado”, señaló la integrante del comité Leticia Bonifaz. “Los procedimientos se realizaron sin el consentimiento informado de estas víctimas; incluso algunas de ellas, especialmente las de áreas remotas, no sabían leer o hablar español o no eran capaces de comprender completamente la naturaleza del procedimiento”, agregó.

También consideraron que en este caso el Estado no realizó debidas diligencias para esclarecer los hechos relacionados con las esterilizaciones forzadas, ya que las víctimas a pesar de estar inscritas en el registro oficial no han recibido una reparación integral adecuada y que el Perú no ha tomado medidas para garantizar una investigación pronta y efectiva de los hechos.

El Estado peruano, entre sus respuestas contra las acusaciones, argumentó que el programa de esterilización formaba parte de una política más amplia de salud reproductiva y que los procedimientos se realizaron tanto en hombres como en mujeres, para rechazar así el componente de discriminación sexual y rural.

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Sin embargo, el Comité tomó en cuenta que 300.000 mujeres, principalmente rurales e indígenas, fueron esterilizadas forzosamente, en comparación con aproximadamente 25.000 hombres.

“El Comité concluyó que la esterilización forzada fue una forma de violencia basada en el sexo contra las mujeres, dado que las esterilizaciones masculinas y femeninas difieren sustancialmente en la naturaleza de la intervención y los riesgos quirúrgicos asociados. Señaló, en particular, que las víctimas fueron esterilizadas por personal médico no especializado y en condiciones sanitarias inadecuadas”, informó el CEDAW.

También se reconoció un componente interseccional, porque las más afectadas fueron mujeres indígenas, económicamente desfavorecidas y de origen rural.

El comité menciona que, si bien no le corresponde calificar como hechos de lesa humanidad porque no es de su competencia, la esterilización forzada generalizada o sistémica “constituye un crimen de lesa humanidad según el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional”.

“Se observa que, el 19 de agosto de 2024, el Estado parte promulgó una ley que impide la persecución de crímenes de lesa humanidad cometidos antes del 1 de junio de 2002. La Corte Interamericana de Derecho Humanos ha instado al Estado parte a anular dicha ley, ya que contraviene el derecho internacional”, advierte el informe.

Recomendaciones del comité sobre esterilizaciones forzadas

Las víctimas comunicaron su caso el 24 de setiembre del 2020 y ahí acusaron al Estado peruano de violar sus derechos con las esterilizaciones forzadas a las que fueron sometidas entre los años 1996 y 1997, como parte de la política de Estado de control de natalidad que implementó el gobierno de Alberto Fujimori.

Las recomendaciones del documento incluyen indemnizaciones financieras para las víctimas y sus familiares, asistencia psicológica y tomar medidas concretas para acelerar las investigaciones para esclarecer los hechos y sancionar a los responsables.

En general, el comité recomienda investigar todo hecho de esterilización forzada cometido en el marco del Programa de Salud Reproductiva entre los años 1996 y 2000 e implementar un programa de reparación integral con indemnizaciones, así como promover un marco legal que asegure las investigaciones y reparaciones arriba mencionadas.

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