La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) presentó un proyecto de ley para establecer los mecanismos que permitan hacer recuento de votos en caso de errores materiales o reclamos de nulidad, luego que se modificaran las normas para establecer que las cédulas de votación sean conservadas luego de los comicios.
“La iniciativa legal ha sido enviada al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) con el fin de que sea presentada ante el Congreso de la República”, informó el ente electoral.
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La iniciativa de ley plantea cambios en la Ley Orgánica de Elecciones para el “fortalecimiento del principio de la validez del voto” al hacer precisiones y cambios en el procedimiento establecido recientemente para permitir la revisión y un nuevo conteo de votos en casos de errores materiales.
La ONPE propone que, en caso de un escrutinio de un ánfora con votos bajo causal de error material, la mesa será conformada por personal de este ente electoral que no tenga impedimento alguno según las normas.
Asimismo, que los escrutinios por razón material señalados en la ley serán establecidos por la ONPE y que la diligencia contará con la intervención de fiscalizadores del Jurado Nacional de Elecciones. También se permitirá la presencia de personeros de organizaciones políticas.
“El escrutinio reflejado en actas electorales sin errores materiales o que no se identifiquen como actas observadas es irrevisable”, señala la iniciativa de ley.
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También plantea incluir un artículo para que los jurados electorales especiales (JEE) sean los que puedan disponer la realización de escrutinios en casos de error material y en caso que haya actas contra las cuales se haya planteado nulidad.
“De acuerdo a la propuesta, el recuento podría ser decidido cuando las actas aún se encuentren en el ámbito de la ONPE, si se busca resolver rápidamente un error material, o podría ser ordenado por un Jurado Electoral Especial (JEE) para resolver casos de observaciones”, informó la entidad electoral.
Según la misma propuesta, las cédulas de sufragio no impugnadas serían conservadas hasta el día siguiente de la publicación de los resultados proclamados por el JNE.
La norma electoral ahora considera la posibilidad de que haya un nuevo conteo de votos ya escrutados cuando un acta tenga un error material en sus datos (suma equivocada, por ejemplo), cuando los datos estén incompletos o ilegibles al punto de impedir su cómputo de votos, y finalmente cuando no se cuente con ninguna de las copias del acta.