
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó la versión actualizada de las “Instrucciones y disposiciones para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los procesos electorales, referéndum u otras consultas populares”, cuya organización y ejecución estén bajo su responsabilidad.
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Esta medida fue oficializada mediante la Resolución Jefatural N° 000053-2025-JN/ONPE, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La normativa establece las directrices que deberán seguir las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú durante eventos electorales, de acuerdo con el artículo 186 de la Constitución Política y la normativa vigente.
La resolución dispone que el Comando de la Fuerza Armada pondrá a disposición de la ONPE el personal necesario para garantizar el libre ejercicio del derecho al sufragio, proteger a los funcionarios electorales en el ejercicio de sus funciones y custodiar el material y documentos destinados al acto electoral.
Entre las atribuciones asignadas a las fuerzas del orden figuran:
- Brindar auxilio para garantizar el normal funcionamiento de las mesas de sufragio.
- Asegurar el libre tránsito de electores desde el día previo hasta la jornada de votación.
- Impedir cualquier acto de coacción, cohecho o soborno que limite la libertad del voto.
- Facilitar el ingreso de personeros a los locales de votación.
- Custodiar las sedes de los órganos electorales y oficinas de correos.
- Hacer cumplir todas las disposiciones adoptadas por la ONPE.
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El organismo electoral notificó el contenido de esta resolución y su anexo al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la Comandancia General de la Policía Nacional, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público.
Asimismo, dispuso que la resolución y su anexo sean publicados en el Diario Oficial El Peruano, en la web institucional de la ONPE, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en el portal de Transparencia de la entidad, dentro de los tres días posteriores a su emisión.