El Poder Judicial (PJ) rechazó un nuevo pedido del excandidato presidencial de Juntos por el Perú (JP), Roberto Sánchez, para anular la resolución que dictó Auto de Enjuiciamiento en su contra por el presunto falseamiento de información sobre aportes y gastos de campaña entre el 2019 y 2020 ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
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Tras analizar las alegaciones de Sánchez Palomino y su defensa, el magistrado Farfán Calderón desestimó los cuestionamientos.
Sobre la admisión de pruebas presentadas por la fiscalía remarcó que durante la audiencia de control de acusación se advierte que las partes formularon observaciones respecto de los medios probatorios y expusieron las razones que sustentaban sus posiciones.
“Debe tenerse presente, además, que la finalidad de la etapa intermedia no consiste en realizar un juicio anticipado sobre el mérito de la prueba, sino verificar su pertinencia, utilidad y conducencia para efectos del juicio oral”, anotó el magistrado.

Nueva acusación contra Roberto Sánchez Palomino
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Por tanto, consideró que la nulidad no procedía sobre una discrepancia del acusado respecto del criterio jurisdiccional asumido para admitir determinados medios probatorios, ya que ello no acreditaba la existencia de una motivación inexistente, aparente o arbitraria que justifique la declaración de nulidad.
Sobre el orden para llevar a cabo el control de acusación, Farfán Calderón indicó que la defensa del acusado no ha precisado de manera objetiva cuál habría sido el menoscabo concreto sufrido como consecuencia del supuesto apartamiento del orden procedimental.
Indicó que durante la etapa de control no fue impedido de formular observaciones, plantear incidencias, solicitar exclusiones probatorias, ofrecer medios de prueba o interponer los recursos previstos por el ordenamiento procesal.
“Pretender la nulidad del Auto de Enjuiciamiento sobre la base de tales cuestionamientos implicaría desnaturalizar la finalidad de la etapa intermedia y convertir el incidente de nulidad en un mecanismo indirecto de revisión del criterio jurisdiccional, supuesto no contemplado por nuestro ordenamiento procesal. En conclusión, del análisis conjunto de los agravios expuestos por la defensa técnica no se verifica la configuración de ninguno de los supuestos de nulidad absoluta previstos en el artículo 150 del Código Procesal Penal.”
Por ello, el magistrado declaró infundado el recurso de nulidad.

ROBERTO SÁNCHEZ
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Sánchez Palomino también apeló la resolución que declaró infundados sus recursos de excepción de prescripción, de naturaleza de acción y de cosa juzgada.
Al respecto, el magistrado dispuso conceder la apelación, pero sin efecto devolutivo y no suspensivo, disponiendo elevar los cuestionamientos a la instancia superior.
Esto es, que el expediente principal será remitido al tribunal de juzgamiento para iniciar el juicio oral contra Sánchez Palomino y otros.
Sánchez Palomino deberá responder por presuntos delitos de falsa declaración en procedimiento administrativo en los aportes consignados ante Onpe, ocurrido en julio del 2019 y falseamiento de información de ingresos y gastos de organizaciones políticas en el informe financiero del 2019 y 2020; así como en el registro de los aportes de gastos de campaña para las Elecciones Congresales del 2020.

ROBERTO SÁNCHEZ
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