viernes, marzo 6

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó el Decreto Supremo N° 007-2026-MTC, mediante el cual se modifica el literal f) del artículo 232 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, con la finalidad de garantizar que los pasajeros reciban información clara y detallada sobre los costos asociados al transporte aéreo, como la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA), impuestos, tasas y otros cargos aplicables.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó el Decreto Supremo N° 007-2026-MTC, mediante el cual se modifica el literal f) del artículo 232 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, con la finalidad de garantizar que los pasajeros reciban información clara y detallada sobre los costos asociados al transporte aéreo, como la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA), impuestos, tasas y otros cargos aplicables.

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La norma que fue publicada en el diario El Peruano, establece que las aerolíneas deberán informar a los pasajeros, desde el momento en que realizan la reserva, el precio del pasaje discriminando el valor neto del transporte aéreo y, de corresponder, los impuestos, tasas, cargos u otros costos autorizados que forman parte del precio del boleto.

Asimismo, en aquellos casos en que alguno de estos conceptos no esté incluido en el precio del pasaje, el contrato de transporte aéreo deberá consignar los mecanismos de pago disponibles, a fin de que los usuarios cuenten con la información necesaria para cumplir con dichos pagos de manera oportuna.

De acuerdo con el MTC, esta medida permitirá fortalecer la transparencia en la información que reciben los usuarios del servicio de transporte aéreo, en concordancia con los estándares internacionales y con las disposiciones de la Comunidad Andina relacionadas con los derechos de los pasajeros.

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Del mismo modo precisaron que contribuirá a evitar retrasos en los vuelos y congestiones innecesarias en los aeropuertos, que pueden generarse cuando los pasajeros deben efectuar pagos adicionales directamente en las terminales aéreas.

Cabe precisar que la modificación normativa precisa que lo dispuesto no implica la obligación para las aerolíneas de incorporar dichos conceptos dentro del precio del pasaje, sino asegurar que los pasajeros tengan acceso a la información correspondiente sobre estos cargos y las formas de pago disponibles antes de concretar la contratación del servicio.

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