lunes, septiembre 28

El Ministerio Público informó que la fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela, presentó, ante el Tribunal Constitucional, la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 32330, Ley que incorpora a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal.

La norma, publicada el pasado 9 de mayo en el diario oficial El Peruano, modifica los artículos 20 y 22 del Código Penal para que los jóvenes de este grupo etario sean procesados penalmente como adultos.

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El artículo 22 detalla que podrá reducirse prudencialmente la pena señalada para el hecho punible cometido, cuando el agente tenga entre 16 y menos de 21 años, o más de 65 al momento de realizar la infracción, salvo que haya incurrido en forma reiterada en los delitos previstos en los artículos 111, tercer párrafo, y 124, cuarto párrafo.

Establece, además, como medidas socioeducativas, que la internación en un penal para los adolescentes de entre 16 y 17 años puede ser de 6 a 8 años.

En las disposiciones complementarias, la ley precisa que el tratamiento penitenciario para los internos mayores de 21 años se lleva a cabo mediante el sistema progresivo, mientras que para los internos de 17 a 21 años se utiliza el sistema de individualización científica.

¿Cuáles son los otros delitos sancionados?

  • Terrorismo
  • Homicidio calificado 
  • Secuestro 
  • Extorsión 
  • Narcotráfico
  • Robo agravado 
  • Trata de personas
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