El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan Alcántara, consideró que la posible demanda del Ministerio Público ante el Tribunal Constitucional (TC) por la ley que concede amnistía a miembros de las Fuerzas Armadas (FF.AA.), Policía Nacional (PNP) y comités de autodefensa involucrados en acciones durante la lucha contra el terrorismo entre 1980 y 2000, será declarada “infundada”.
En entrevista con RPP Noticias, indicó que el artículo 102 de la Constitución Política le concede facultades al Poder Legislativo para emitir normas y dijo que con esta ley “se cierra una brecha de injusticia que ha perseguido de manera irrazonable” a quienes lucharon contra el terrorismo.
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“Es una opinión de la fiscalía, recordemos que ya ha interpuesto algunas acciones de inconstitucionalidad por algunas normas que ha emitido el Congreso y algunas de ellas han sido declaradas infundadas”, expresó.
“Nosotros consideramos que ese es el camino que igualmente tomará la acción que está tomando la señora fiscal. Consideramos que sí (debe ser declarada infundada) porque al emitirse esta ley, se han cumplido con todos los requisitos que señala nuestra Constitución Política del Estado”, agregó.
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Señaló que se hizo un análisis desde el punto de vista técnico, jurídico, constitucional y convencional, y se concluyó que dicha norma “reúne todas las condiciones para su plena validez” y cuestionó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) intervenga cuando aún no se han agotado los recursos internos.
“Nosotros solamente apelamos a los propios principios de la Corte Interamericana, el principio de subsidiariedad. ¿Qué significa esto? Que solo la Corte Interamericana puede intervenir cuando se han agotado los recursos internos”, manifestó.
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“En este caso los recursos internos no se han agotado. Nosotros nos sometemos a la jurisdicción de la Corte, pero siempre y cuando se respeten los propios principios que ellos han establecido”, añadió.
Consultado sobre la aplicación de la norma, el ministro aseveró que serán los jueces los que evalúen cada caso y definan si los solicitantes pueden acogerse a sus efectos.
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“La ley es general, no tiene nombre propio, cada juez tendrá que evaluar una situación particular para definir si corresponde o no aplicar la amnistía. Mire la seriedad de la norma que le damos la facultad al Poder Judicial para que ellos analicen caso por caso”, subrayó.
“Nosotros no podemos porque cada situación es diferente, tiene una particularidad. Es el juez el que definirá si el solicitante se puede acoger o no la ley de amnistía”, acotó.
Minimiza encuestas
De otro lado, Alcántara minimizó la reciente encuesta de Datum, que le otorga un 96% de desaprobación a la presidenta Dina Boluarte, y afirmó que son “fotos del momento” y “no determinan” su trabajo.
“Nosotros estamos sumamente preocupados en realizar las labores que la señora presienta nos ha encomendado, que son satisfacer las necesidades de la población. Las encuestas son importantes, pero son fotos del momento”, aseveró.
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En ese sentido, el titular del Minjusdh mencionó que los ministros de Estado trabajan en función de las necesidades de la población y no en lo que digan los sondeos de opinión.
“Por supuesto que se toman en cuenta, pero no determinan nuestro trabajo. Nosotros seguimos adelante, estamos plenamente convencidos que el trabajo que se viene realizando y que se ve cuando la señora presidenta va a determinados lugares o nosotros los propios ministros vemos una aprobación de parte de la población”, enfatizó.
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“Se están realizando situaciones que no realizaron otros gobiernos. No trabajamos en función de las encuestas, pero sí trabajamos en función de las necesidades de la población”, sentenció.




