La ministra de Comercio Exterior y Turismo, Úrsula León, consideró que el fallo del Tribunal Constitucional (TC) a favor de la presidenta Dina Boluarte, que suspende las investigaciones en su contra por parte del Ministerio Público, no implica “ningún borrón ni cuenta nueva”.
En declaraciones a los periodistas, señaló que desde su punto de vista la mandataria “ha estado sometida a investigación tras investigación sin pruebas” y que el fallo “es totalmente correcto” y devuelve la interpretación real que tenía.
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“Este artículo 117 de la Constitución viene desde constituciones anteriores donde justamente el espíritu era que los presidentes por cualquier denuncia que le pueda hacer un ciudadano, puedan pasar a ser investigado una vez que concluya su mandato”, expresó.
“Acá no hay ningún borrón ni cuenta nueva, si hay alguna investigación pendiente se verá después de concluido su mandato y seguirá la investigación correspondiente, pero su mandato no”, agregó.
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Para la titular del Mincetur, las denuncias archivadas por el Congreso se justifican en que no ha habido ninguna prueba ni indicio contra Boluarte Zegarra durante la etapa de investigación.
“Las investigaciones que han sido archivadas por el mismo Congreso son después de un análisis real de las pruebas que se tienen. Efectivamente, al no haber ninguna prueba, ningún indicio, es que se han archivado”, subrayó.
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“Cuánto tiempo han tomado para llegar hasta ese proceso y se haga ese análisis, mucho tiempo en el cual la presidenta de la república ha estado sometida a investigación tras investigación sin pruebas”, sentenció.
El caso
El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda competencial que presentó el Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial, y ordenó que se suspendan las investigaciones fiscales contra la presidenta Dina Boluarte mientras dure su mandato.
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En su fallo, los miembros del pleno del tribunal aprobaron el informe que elaboró el magistrado Pedro Hernández Chávez, donde se resuelve declarar como fundada la demanda competencial que había presentado el Poder Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial.
El fundamento de esta demanda era que tanto la Fiscalía de la Nación, como las resoluciones emitidas por el Poder Judicial que permitieron que sigan las investigaciones, no estaban respetando la Constitución por ahondar en casos que no estaban contemplados en el artículo 117.
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Al darle la razón al Ejecutivo, el TC ordena suspender las investigaciones iniciadas en el Ministerio Público contra Dina Boluarte que fueron materia de la demanda al tratarse de una presidenta “en ejercicio”.













