martes, julio 21

El Ministerio de Vivienda publicó el proyecto de reglamento de la Ley de Vivienda de Interés Social, que propone nuevas reglas para quienes accedan a subsidios del Estado.

El Ministerio de Vivienda publicó el proyecto de reglamento de la Ley de Vivienda de Interés Social, que propone nuevas reglas para quienes accedan a subsidios del Estado.

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De esta manera, comprar una vivienda de interés social con la idea de convertirla en una fuente de ingresos por alquiler dejaría de ser una opción para quienes reciban apoyo del Estado. El proyecto de reglamento de la Ley de Vivienda de Interés Social (VIS), puesto en consulta pública por el Ministerio de Vivienda, plantea que los beneficiarios de subsidios habitacionales deberán destinar el inmueble a su propia residencia durante los primeros cinco años.

Si durante dicho periodo deciden alquilar la vivienda, dejar de habitarla o incumplen las condiciones establecidas para acceder al beneficio, no solo perderían la posibilidad de recibir nuevos apoyos del Estado, el proyecto contempla también sanciones para quienes incumplan estas obligaciones.

El texto del proyecto establece que los beneficiarios de programas de vivienda social deberán ocupar el inmueble como residencia habitual durante cinco años y no podrán arrendarlo durante ese periodo. De haber un incumplimiento, el beneficiario perdería la condición para acceder a futuros programas de vivienda, dejaría de gozar de los beneficios financieros asociados y tendría que devolver el monto del subsidio recibido, además de los intereses legales generados desde su desembolso.

Estas medidas buscan asegurar que los subsidios públicos se destinen al acceso a una vivienda propia y no a la generación de ingresos mediante el alquiler de inmuebles financiados con recursos del Estado.

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Se crea también el Registro Nacional de Vivienda (RENAVI), un padrón donde deberán inscribirse los proyectos de Vivienda de Interés Social para acceder a los distintos programas y beneficios estatales. Además, el proyecto fija parámetros técnicos para las viviendas.

Como regla general, estas deberán tener un área inicial de 35 metros cuadrados, aunque excepcionalmente podrán construirse viviendas desde 25 metros cuadrados, siempre que cumplan con los requisitos de habitabilidad y seguridad establecidos en la normativa vigente.

Además, el reglamento desarrolla un régimen de supervisión y sanciones para promotores y proyectos que incumplan las disposiciones vinculadas a la vivienda de interés social.

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