jueves, junio 18

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Por Redacción EC

El Ministerio del Interior (Mininter) aprobó la nueva “Lista de Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP)” que busca ser una herramienta jurídica para la investigación y persecución penal de los delitos vinculados al tráfico de estas sustancias.

El Ministerio del Interior (Mininter) aprobó la nueva “Lista de Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP)” que busca ser una herramienta jurídica para la investigación y persecución penal de los delitos vinculados al tráfico de estas sustancias.

La Resolución Ministerial N° 0804-2026-IN, firmada por el ministro del Interior, José Zapata Morante, fue oficializada este 17 de junio de 2026. El documento establece disposiciones para el control de drogas sintéticas y análogos químicos que no estaban regulados en convenciones internacionales previas, pero que representan un riesgo para la salud pública.

Primeras páginas del aneo que incluye todo el listado de nuevos psicoactivos.

Primeras páginas del aneo que incluye todo el listado de nuevos psicoactivos.

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La elaboración de esta relación contó con la participación técnica de personal especializado de la Dirección Antidrogas (Dirandro) y de la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú. La propuesta inicial fue formulada por la Dirección General Contra el Crimen Organizado basándose en diversos informes técnicos y legales.

Este procedimiento se enmarca en el Decreto Legislativo N° 1241, norma que fortalece la lucha contra el tráfico ilícito de drogas y que fue modificada por el Decreto Legislativo N° 1592. La actualización del listado permite que el sistema de justicia peruano cuente con una base normativa vigente frente a la aparición de nuevas drogas.

Alineación con estándares internacionales con nuevos psicoactivos

Para la formulación de la lista, el Gobierno peruano tomó como referencia la clasificación del “Programa Mundial Smart” de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). Esto asegura que la fiscalización nacional esté alineada con los estándares de monitoreo global de sustancias psicoactivas.

Entre los grupos incluidos en el anexo de la resolución figuran cannabinoides sintéticos, opioides como el fentanilo y sus análogos, estimulantes y diversos sedantes. También se incorporan hongos alucinógenos y especies vegetales específicas como el kratom y la salvia divinorum para su debida supervisión legal.

Finalmente, el dispositivo legal ordena la publicación del anexo íntegro en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano. Los ciudadanos pueden consultar el detalle químico de las sustancias fiscalizadas en las sedes digitales del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional del Perú.

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