El pasado 8 de noviembre, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema confirmó -en segunda instancia- las sentencias contra el exlegislador y su pareja por 22 años y 28 años de prisión, respectivamente. En esa resolución, también se dispuso que sean internados en un penal para cumplir sus condenas.
LEE TAMBIÉN | Doce preguntas y respuestas claves sobre los nuevos cambios para la elección del Congreso bicameral
Michael Urtecho y Claudia Gonzales ya habían recibido esas condenas en primera instancia, por parte de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema. Sin embargo, en su resolución del 9 de septiembre del 2023, ese tribunal dispuso suspender la ejecución de la pena. Es decir: solo iban a ser internados en un penal si las condenas eran confirmadas en segunda instancia.
Por mientras, esa sala les impuso dos reglas de conducta mientras se resolvían sus apelaciones. Una de ellas era no salir de Lima. La otra era someterse “al cuidado” de la PNP, a la que se ordenó verificar “diariamente” que ambos condenados estén dentro de su vivienda: un departamento en el distrito de La Molina. En otras resoluciones del caso, se precisó que no se trataba de un arresto domiciliario, sino de “una vigilancia personal para los sentenciados”.
“La Policía Nacional reportará semanalmente al órgano judicial competente. En caso los sentenciados no se hallen en el interior del domicilio deberán inmediatamente informarlo, bajo las responsabilidades legales previstas a fin de resolver la situación jurídica de los sentenciados”, estableció la sentencia. La verificación del cumplimiento de estas reglas no estuvo a cargo de la sala, sino que fue derivada el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.
Como era previsible, los sentenciados apelaron y el caso fue visto en segunda instancia por la Sala Penal Permanente. Luego de audiencias de debate entre las partes, el tribunal emitió su decisión en una audiencia virtual realizada el pasado 8 de noviembre, desde las 7:57 a.m.
Ese día se pudo ver conectados a los usuarios de ambos acusados, según consta en el video de la sesión. En los primeros 20 minutos, incluso se pudo ver a Claudia Gonzales con la cámara prendida. La lectura de la resolución, que estuvo a cargo del juez supremo Iván Siqueiros, culminó a las 9:22 a.m.
Inubicables
La Sala Penal Permanente no ordenó directamente que ambos sentenciados sean internados en un penal, sino que dispuso que esta orden “será ejecutada por el órgano judicial de origen”. Es decir, por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, a cargo del juez Juan Carlos Checkley.
Fue el juez Checkley quien, en una resolución firmada este miércoles 20 de noviembre por la tarde, finalmente ordenó la captura y ubicación de ambos sentenciados, para que puedan ser internados en un penal y cumplan su condena. En ese documento, el magistrado dio cuenta de los informes de la Policía que reportaron a ambos como no habidos.
Según indica la resolución, esta orden se vino cumpliendo sin mayores incidentes hasta el 8 de noviembre pasado, el día de la sentencia de segunda instancia.
Sobre ese día, la División de Arresto Domiciliario de la PNP envió un oficio al magistrado. Allí indicaron que ese día, los dos sentenciados habían “quebrantado la medida judicial impuesta, abandonando el domicilio, desconociendo su paradero”. El informe detalló al juez que uno de los suboficiales a cargo de la vigilancia reportó que “no se les encontró en el predio”.
Fechas claves | Incidente |
---|---|
24 de agosto del 2023 | Sala Penal Especial anuncia su sentencia de primera instancia contra Michale Urtecho, pero suspende la ejecución de su pena |
1 de septiembre del 2023 | Poder Judicial ordena a la PNP que se haga la vigilancia a los sentenciados |
8 de noviembre del 2024 | Se confirma la condena de los acusados. La Policía acude a la casa de ambos para verificar que estén allí, pero ya no los encuentra |
18 de noviembre del 2024 | La defensa de Urtecho y Gonzales pide que se varía la pena de cárcel por arresto domiciliario, grilletes electrónicos o vigilancia personal |
20 de noviembre del 2024 | El juez Checkley orden la ubicación y captura de ambos acusados. Además, declara improcedente el pedido para variar la medida de cárcel. |
Agregaron que a las 9:20 de ese día, cuando se estaba terminando de leer la sentencia, “tocaron la puerta, siendo atendidos por la hermana de Urtecho Medina, quien les manifestó que no se encontraban”. Al día siguiente, refirió el informe, se dispuso el “levantamiento del servicio de custodia sobre vigilancia policial continua a los sentenciados”.
Eso no fue todo. El lunes 18 de noviembre, con el paradero de ambos sentenciados todavía desconocido, la defensa de ambos solicitó ante el juez Checkley la “cesación y variación de la pena efectiva de cárcel por grave violación de derechos constitucionales”, planteando en su lugar un “arresto domiciliario, grilletes electrónicos, o vigilancia policial”.
La defensa argumentó que Michael Urtecho es “una persona con discapacidad desde su nacimiento declarado con invalidez total, padeciendo de atrofia muscular, degenerativa, y que se complica con una serie de enfermedades”. Sobre su esposa, indicó que el exlegislador “necesita obligatoriamente ser asistido por una persona, y es su esposa Gonzales Valdivia quien lo hace desde hace 25 años”. “[Tiene] dependencia absoluta y vital de su esposa, cumpliendo un rol vital como cuidadora principal”.
Frente a este pedido de la defensa y con base en los informes policiales, el juez Juan Carlos Checkley concluyó que el 8 de noviembre, el día en que conocieron su sentencia definitiva, Michael Urtecho y Claudia Gonzales “quebrantaron la medida judicial que les fuera impuesta y que este Juzgado Supremo venía controlando”.
Además, declaró improcedente el pedido de la defensa para que no se le interne en un penal: “Se trata de una condena que debe ser ejecutada en los términos expuestos en la sentencia de apelación que en última instancia expidió la Corte Suprema de Justicia”, señaló.
“Además, la sentencia de apelación citada dispone el internamiento en un establecimiento penitenciario para lo cual este Juzgado Supremo debe cursar primero las correspondientes comunicaciones a la autoridad policial para ubicación y captura de los sentenciados Urtecho Medina y Gonzales Valdivia, quienes una vez capturados deberán ser recluidos en el establecimiento penitenciario que el Instituto Nacional Penitenciario – INPE disponga”, agregó.
El Comercio consultó a José Orrego, abogado de ambos sentenciados durante el proceso de apelación, respecto a sus paraderos y las órdenes de captura que pesan sobre ellos. “No tengo ninguna comunicación con el señor Urtecho y su esposa desde que se dictó la sentencia en la Corte Suprema”, fue su respuesta.
Opiniones
El Comercio envió una consulta al Ministerio del Interior respecto a qué acciones se estaban tomando para la captura del excongresista Michael Urtecho y de su esposa, ante la emisión de la orden de captura. También se les preguntó si iban a indagar una posible negligencia de los agentes a cargo de la vigilancia. Hasta el cierre de esta nota, no hubo respuesta.
El penalista Andy Carrión, doctor en Derecho y docente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, opinó que estamos ante “una absoluta negligencia de la Policía” respecto al mandato de vigilancia para ambos sentenciados. “Una cosa es que se ordene una vigilancia constante y otra es que esa vigilancia sea efectiva”, dijo a este Diario.
“No haberlos encontrado en su domicilio implica que hubo una inadecuada aplicación de esta orden de vigilancia. Luego, habría que ver cuáles son las cautelas que tomaron en su oportunidad los que dirigen la vigilancia o si en algún momento no estuvieron”, indicó.
La fecha de lectura de la sentencia de Michael Urtecho había sido anunciada con anticipación. Por ello, el abogado añadió que “cuando existe una sentencia inminente, es necesario que se tomen las precauciones”. “Todo esto certifica que las actuaciones de vigilancia de la policía son ineficientes. Cualquiera puede fugar, por más que haya una decisión inminente”.
El caso del prófugo Vladimir Cerrón fue similar: a pesar de que se sabía que estaba por recibir una sentencia de segunda instancia en octubre del 2023, no se tomaron medidas previas y el acusado pasó a la clandestinidad. En tanto, el hermano de la presidenta Dina Boluarte, Nicanor Boluarte, pasó a la clandestinidad esta semana cuando se estaba por dictarle prisión preventiva.
Ricardo Valdés, exviceministro de Seguridad Pública, coincidió en que hay una “clara falta policial a las instrucciones que dio en su momento el Poder Judicial” para vigilar a ambos sentenciados mientras se definía su sentencia definitiva. Más aún, al tratarse de un caso emblemático.
“Es el primer congresista condenado por algo frecuente en el actual Congreso: el fenómeno de los ‘mochasueldos’. Era un caso emblemático seguido por la opinión pública desde hace meses y existía el interés de saber cómo se resolvía este caso, porque de la misma forma se tendrían que resolver otros casos por este mismo delito”, recordó.
Por ello, consideró que es “inaudito que la PNP no haya estado pendiente de sus movimientos, más aún cuando se sabía que se iba a dictar la sentencia definitiva contra ellos. Es un caso que se suma a otros, como el de Nicanor Boluarte o Vladimir Cerrón: casos emblemáticos donde [los procesados] se les están escapando a la Policía”:
Indicó que ahora es responsabilidad de la Policía Judicial y de Requisitorias dar con el paradero de Michael Urtecho y Claudio Gonzales. “Imagino que el ministro del Interior saldrá a decir qué acciones tomarán y encargará a la Inspectoría para que indague qué ocurrió y que puedan establecerse las responsabilidades del personal policial que no hizo la vigilancia adecuada”.
El caso de Michael Urtecho
El primer condenado por ‘mochasueldos’
Michael Urtecho fue congresista por La Libertad desde el 2006 hasta su destitución por este caso en el 2013. En ese periodo, fue presidente de la Comisión Especial de Discapacidad y segundo vicepresidente de la Mesa Directiva (2009-10). El año pasado, el Poder Judicial lo condenó en primera instancia por las retenciones del sueldo de cuatro trabajadores: Gladys Flores, Estela Bocanegra, Carla Paredes y Evelyn Goycochea.
La sala consideró que durante el juicio se probó el método que usaron el congresista y su esposa para el recorte de sueldos. Según la sentencia, el acusado primero dio la indicación de que le entreguen directamente el dinero que le pagaba el Congreso. Luego, el método cambió: pedía que entreguen su tarjeta del banco y su clave secreta vinculadas a la cuenta donde el Congreso le depositaba el sueldo.
Luego, su esposa retiraba el dinero y le entregaba el sueldo recortado a la trabajadora, quedándose con el resto. Se trataba de un monto “sustancialmente menor” a la remuneración que le correspondía.
Al analizar la responsabilidad civil del acusado, la sala estableció que Michael Urtecho retuvo ilegalmente un total de S/ 430.666,06 del sueldo de sus trabajadores.
Según el tribunal, el congresista abusó de su cargo al “obligar a entregar tanto la remuneración, como la tarjeta sueldo”. Esto privó a los trabajadores de poder acceder libremente al dinero que les correspondía como remuneración por su trabajo, lo que constituye “un acto de abuso” del congresista hacia sus servidores dependientes, más aún “si esto se hace a cambio de mantenerlos en los puestos laborales”.
La sala incidió en que el sentenciado abusó del cargo de congresista debido a que “se instrumentalizó la potestad de designación de personal de confianza en el despacho congresal para fines distintos a los que comprometen a los deberes de la administración pública”.