El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) señaló que no tiene previsto gravar el Impuesto a la Renta a las cuentas de ahorro, a poco de vencer la exoneración vigente que caducará el próximo 31 de diciembre de 2026.
El MEF explicó, a través de redes sociales, que “cualquier información que señale lo contrario no corresponde a una medida planteada por el sector”.
En el comunicado señalan que el ministerio “no tiene previsto ni ha planteado gravar con Impuesto a la Renta los intereses generados por las cuentas de ahorro”.
De momento, la cartera solo se ha referido a la intención de no imponer la carga tributaria; sin embargo, la exoneración deberá hacerse oficial a través de una ley o norma de similar validez.
La medida vigente, que vencerá el último día de 2026, fue promulgada en abril de 2023, durante el gobierno de Dina Boluarte y mediante el Decreto Legislativo 1549. En aquel entonces el titular de la cartera era Álex Contreras.
El Marco Macroeconómico Multianual (MMM) 2027-2030, documento que contiene las principales proyecciones macroeconómicas y fiscales del Gobierno, incluye un listado de beneficios tributarios próximos a vencer, lo que supone en su conjunto un costo fiscal potencial de S/848 millones para 2027.
Una de ellas es la exoneración del Impuesto a la Renta sobre los intereses generados por depósitos bancarios de personas naturales representan cerca del 0,02 % del PBI, traducido en S/268 millones de costo fiscal estimado.
A ello se le suma la exención de intereses generados por depósitos en las Cooperativas de Ahorro y Crédito (COOPAC) cuyo monto es de otros S/25 millones.
En conjunto, ambos beneficios suman un total de S/293 millones que el Estado dejaría de recaudar el año entrante al suspender el cobro de las cuentas de ahorro.
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