Domingo, Junio 30

La Procuraduría General del Estado (PGE) afirmó que el expresidente de la República, Martín Vizcarra, habría usado su alto cargo para beneficiar al cantante Richard Cisneros, con su contratación en el Ministerio de Cultura por S/41,000.

Al sustentar en una audiencia, el pedido para constituir a la PGE como actor civil en el proceso, el procurador adjunto Percy Peñaloza anotó que dicho favorecimiento habría sido por la “amistad” que tenía Vizcarra con Cisneros, conocido como “Richard Swing”.

Precisó, además, que el monto provisional de reparación civil que han postulado a favor del Estado asciende a S/575,400. Esa cifra, deberá ser pagada de manera solidaria, de ser hallados culpables, entre el exjefe de Estado y la exministra de Cultura, Patricia Balbuena, procesada también en este caso.

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En sus alegatos, remarcó que a Vizcarra Cornejo se le procesa como autor del presunto delito de tráfico de influencias, así como por obstrucción a la justicia y en calidad de instigador por peculado doloso por apropiación para terceros y, alternativamente, negociación incompatible.

Mientras que a Balbuena se le imputa ser presunta autora del delito de peculado doloso por apropiación para tercero.

Peñaloza señaló que se procesan dos hechos. El primero, referido a la intervención de Vizcarra y Balbuena en la contratación de Richard Javier Cisneros Carballido, a través de nueve órdenes de servicio, entre el 2018 y 2019, sin que cumpliera con el perfil requerido.

Dicha contratación, indicó el procurador, se gestó debido a la “amistad” que habría surgido entre Vizcarra y Cisneros desde el 2006, cuando participó en la campaña presidencial.

“Se tiene que, por esa relación de amistad entre el señor Cisneros y el expresidente de la República, el señor Vizcarra, desde el año 2006, debido a los actos de la campaña electoral para las elecciones generales, es que el señor Cisneros tuvo una participación artística.”

Percy Peñaloza, procurador adjunto.

En esa línea, sostuvo Peñaloza, de acuerdo a la imputación fiscal, se registraron fechas claves que llevaron a la comisión de los presuntos ilícitos: el 28 de junio del 2018, el 12 de julio del 2018, y el 16 y 17 de julio del 2018.

Indicó que el 28 de junio del 2018 se habría dado una conversación entre el entonces presidente con Cisneros. Luego de lo cual, Vizcarra habría dado instrucciones a la exsecretaria general de Palacio de Gobierno, Miriam Morales, para que coordine con la entonces titular de Cultura, Patricia Balbuena, a fin de que se contrate a “Richard Swing”.

Es allí que la (ex) servidora pública se habría encargado de contactar vía telefónica, directamente, con altos funcionarios de la citada cartera (Mincul), iniciándose la gestión de la contratación del amigo del señor Vizcarra, con la entonces ministra de Cultura, la señora Balbuena, quien habría dispuesto a través de los funcionarios de la entidad que dirigía, que se encarguen de requerir contratar como proveedor los servicios del señor Cisneros.”

Percy Peñaloza, procurador adjunto de la PGE.

Posteriormente, el 12 de julio del 2018, en la sede del Mincul, se produjo una reunión entre el exsecretario general de dicho ministerio, Jorge Apoloni, y Richard Cisneros. Allí, reseñó el procurador, el cantante habría acudido de parte de Vizcarra y habría manifestado su pretensión de ocupar un cargo de confianza y percibir una remuneraciónde S/15 mil.

“Luego de esa reunión, se habría insistido la exministra de Cultura para que se contrate a Cisneros. Por ello, Balbuena habría conversado con Apoloni para que busque un puesto de trabajo dado que su currículum no justificaba su contratación”, indicó.

Entonces, dijo el defensor del Estado, se tuvo que adecuar y forzar órdenes de servicio que no estaban dentro del cuadro de necesidades anuales del Ministerio de Cultura. No constituían una necesidad institucional, y, de requerirse, podrían haber sido asumidos por los órganos de la entidad.

“Entonces, se elaboró y aprobó unos términos de referencia con requisitos que no se adecuaban al objeto de la contratación para que pudiera encajar en estos. Como consecuencia, el señor Apoloni se habría reunido nuevamente con el señor Cisneros el 16 de julio del 2018, donde se habría acordado que se le contrataría por tres meses para promover espacios culturales de la entidad”, detalló.

No obstante, explicó el procurador, pese a que se cambiaron los términos de referencia para beneficiar al cantante, estos tampoco se ajustaban al CV de Cisneros en los rubros de especialidad y experiencia.

Cisneros, tampoco estuvo inscrito en el registro de proveedores de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) como se exigía al momento de su contratación, lo cual recién se efectuó el 17 de julio de 2018.

El segundo hecho, prosiguió, se vincula a las conversaciones que se habrían dado en un ambiente de Palacio de Gobierno entre Vizcarra y algunos funcionarios para ponerse de acuerdo sobre los testimonios que debían dar ante la fiscalía respecto la contratación de Cisneros.

El presidente Martín Vizcarra inició su gobierno con Patricia Balbuena como ministra de Cultura. (Foto: GEC)

Siendo así, concluyó Peñaloza, para que pueda existir responsabilidad penal y civil, debe existir un hecho ilícito que contravenga el orden jurídico.

Y, de acuerdo a las imputaciones fiscales señaló que “dicho requisito se da con la conducta ilícita del investigado de Vizcarra Cornejo” con la comisión de los delitos de tráfico de influencias, peculado doloso por apropiación para tercero y alternativamente negociación incompatible; y obstrucción a a justicia.

Por ello, indicó que el “daño patrimonial” ocasionado al Estado está relacionado a la imputación contra Vizcarra por el delito de tráfico de influencias, por haber “sugerido el aprovechamiento de su cargo de máxima autoridad del Estado para otorgar nueve ordenes de servicio a favor de Cisneros”.

“En total, es un monto postulatorio de S/ 575,400.00. Este es un monto patrimonial provisional de la reparación civil, toda vez que la Corte Suprema ya ha establecido que el órgano rector que defiende los intereses del Estado tiene tres momentos para precisar el monto de la pretensión civil”.

Percy Peñaloza, procurador adjunto de la PGE.

Jaime Alcides Velarde, fiscal supremo adjunto, consideró que la PGE cumplió con los requisitos exigidos por ley. Además, indicó que al estar en la etapa de investigación preparatoria, no pueden ser acogidos los argumentos de la defensa de Vizcarra Cornejo cuestionando que no se haya especificado la relación de los delitos con la reparación civil.

Por tanto, el representante del Ministerio Público, anunció que no formulaba observación en contra de la constitución de la PGE como actor civil en el caso.

“No se cumple con la exposición de razones que justifiquen esa pretensión”

Jonathan Correa, abogado de Martín Vizcarra, se opuso a la solicitud de la Procuraduría General del Estado para constituirse como actor civil y como consecuencia, al monto requerido contra su patrocinado.

Durante la audiencia, el abogado señaló que no ingresaría a discutir el fondo del caso, esto es si los presuntos hechos ilícitos atribuidos al exmandatario se perpetraron o no, sino que se pronunciaría sobre los filtros que deben realizarse antes de aceptar la constitucion de la PGE.

Dicha pretensión, dijo, debe cumplir con los parámetros del Código Procesal donde se exige un relato circunstanciado del delito y las razones que justifiquen el pedido.

Por ejemplo, indicó que de los montos señalados como “daño patrimonial” y “daño extrapatrimonial” la PGE tendría que haber señalado cuánto le corresponde a Vizcarra y cuánto a su co-procesada, y cuál es la justificación para postular los montos.

Se nos ha corrido traslado y nosotros nos hemos opuesto porque no se cumple con la exposición de razones que justifiquen esa pretensión. Además de los hechos, tiene que dar una exposición de razones, la tipicidad, el nexo del daño y este tiene que ser individualizado, no en bloque o conjunto de todos los imputados; sino que cada uno tendría que tener el daño ocasionado por el tema de reparación civil. Es decir, debería haber un extremo del supuesto daño de Martín Vizcarra, y eso no ocurre en el presente caso”, indicó el abogado.

El abogado aseveró que según la imputación fiscal, tanto Vizcarra como Balbuena, tienen roles distintos; sin embargo la PGE solo han postulado montos “en abstracto” y no se ha detallado o descrito fácticamente como se llegó a concluir los montos solicitados.

Correa aseguró que la defensa de Vizcarra no cuestiona la legitimidad de la PGE para solicitar su constitución; sin embargo debe cumplir con lo requerido por la norma; y al no hacerlo, su pedido no debe ser admitido.

La defensa de Balbuena no se presentó a la audiencia.

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