Con un abultado fólder manila en mano, el candidato presidencial de Perú Primero, Mario Vizcarra, arribó a la sede del organismo electoral para presentar su apelación contra la resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1, que rechazó su inscripción en la contienda por su condena por corrupción. El hermano del también sentenciado expresidente Martín Vizcarra busca revertir esta decisión ante el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la máxima instancia electoral.
MIRA: Mario Vizcarra: Los argumentos del JEE para tachar su candidatura y los escenarios
A su llegada, el candidato pidió que se le permita competir y sostuvo que “el partido se gana en la cancha” y que “en el Perú no existe la inhabilitación perpetua”. Asimismo, afirmó que estaba presentando documentación “precisa” y “contundente” que, según dijo, demuestra que “tenemos la razón”. “Confiamos que el JNE se ponga los pantalones y que dé un veredicto favorable a nosotros; déjennos postular”, expresó a la prensa este jueves 8.
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El último lunes, mediante la Resolución N°065-2026, el JEE de Lima Centro 1 declaró improcedente la candidatura de Vizcarra al declarar fundadas tres tachas planteadas en su contra por registrar una condena por corrupción y estar dentro de los impedimentos incorporados mediante la Ley N°30717. De confirmarse la decisión, estará fuera de la carrera electoral.
En 2005, el hoy aspirante al sillón presidencial fue condenado en Moquegua a tres años de prisión suspendida por el delito de peculado. El dispositivo legal —publicado en 2018— establece que las personas con sentencia condenatoria a pena privativa de la libertad, ya sea efectiva o suspendida, por delitos de corrupción y otros ilícitos, no pueden postular a cargos de elección popular, “aun cuando hubieran sido rehabilitadas”.
La apelación, suscrita por el personero legal del partido Perú Primero, fue declarada inadmisible por el JEE el mismo día por un tema de forma, al no haber cumplido con el íntegro de la tasa electoral requerida para su formulación. Sin embargo, es un requisito subsanable y es previsible que el expediente llegará a ser elevado al pleno del JNE. Allí se abren dos escenarios, según especialistas consultados.
Argumentos esbozados y lo que se viene
En el documento presentado, Vizcarra y su defensa no cuestionan la existencia de la condena, sino que centran su argumentación en que la resolución que rechazó su inscripción como candidato “vulnera el principio de jerarquía normativa”.
Sostienen que el principio de rehabilitación y reinserción social, consagrado en la Constitución, “prevalece sobre el impedimento legal invocado”, en referencia a la Ley N°30717.
“Estamos ante una fórmula legal y una interpretación en sede electoral que contraviene directamente la finalidad de la pena y el objeto constitucional de la rehabilitación”, se apunta.
Para ello, se cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional y sostiene que el JEE incurrió en una “errónea percepción”, al basarse en una norma que —según se afirma— vulnera derechos.

“En la motivación se omite que el impedimento de postulación antes aludido debió ser analizado a la luz de los derechos y principios constitucionales invocados por el TC en reiterada jurisprudencia y de los tratados sobre derechos humanos”, se asevera.
También se insiste en que “no existe inhabilitación perpetua” y asegura que su estatus ya es de rehabilitado, por lo que tiene pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos que le fueron quitados al ser condenado. Se remarca que el JEE de Lima Centro 1 actuó sobre la base de “una interpretación literal que de espaldas a la realidad constitucional”.
A juicio del abogado José Manuel Villalobos, especialista en derecho electoral, se trata del caso “más difícil” que deberá resolver el pleno del JNE y uno que podría tener un impacto significativo. Consultado por El Comercio, explicó que se abren dos escenarios:
El primero es que se adopte un criterio estrictamente “legalista” y que el pleno del JNE aplique la Ley Nº30717, la cual se mantiene vigente al no haber sido expulsada del ordenamiento jurídico, debido a que en su momento no se alcanzaron los cinco votos requeridos en la acción de inconstitucionalidad promovida en su contra.
Un segundo escenario sería la adopción de una postura más “garantista”, indicando que ley en cuestión no puede situarse por encima de principios constitucionales como la resocialización de la pena, con base en algunos pronunciamientos del TC en casos individuales. En ese supuesto, el JNE tendría que ejercer control difuso, aplicando la Constitución por encima de la ley.

Por su parte, el abogado Roy Mendoza, especialista en derecho electoral, consideró que el recurso presentado “es bastante sólido” por la jurisprudencia del TC que invoca. No obstante, estimó poco probable que el pleno del JNE acoja dichos argumentos, teniendo en cuenta los antecedentes existentes.
Según explicó, existen resoluciones previas que, si bien han sido posteriormente anuladas por el máximo intérprete de la Constitución, reflejan una posición ya expresada por el pleno del JNE. Añadió que, aunque algunos magistrados conocerán esta disyuntiva, otros ya han fijado postura sobre la materia.
En ese sentido, sostuvo que lo más probable es que el JNE confirme la resolución impugnada, al considerar que se trata de una norma vigente y que los pronunciamientos del TC se han dado únicamente en el marco de casos concretos. “Y que mientras la ley esté vigente, es jurídicamente aplicable”, remarcó a El Comercio.
Panorama electoral
Además de la situación de la plancha presidencial encabezada por Vizcarra, el pleno del JNE deberá definir el futuro de otras dos fórmulas. Una de ellas corresponde al partido Primero La Gente, liderado por la exministra Marisol Pérez Tello, cuya postulación fue declarada improcedente en primera instancia debido a una inscripción extemporánea.
La apelación presentada por la agrupación fue evaluada este jueves en audiencia pública, en la que se alegaron presuntas fallas administrativas en la plataforma Declara+ del organismo electoral.
Al cierre de este informe, se conoció que la votación había declarado fundado el pedido. Con esta decisión, la fórmula permanece en el proceso electoral y pasa a la etapa de calificación, precisó el especialista en derecho electoral José Naupari.
Asimismo, el pleno del JNE deberá pronunciarse sobre la situación de la plancha de Renovación Popular, encabezada por el exalcalde Rafael López Aliaga. En este caso, se interpusieron dos tachas que fueron declaradas infundadas en primera instancia; sin embargo, se apeló, por lo que el expediente también fue elevado al pleno.
Por otro lado, el JEE Lima Centro 1 ya ha inscrito a 32 fórmulas presidenciales, que se encuentran formalmente en carrera rumbo a las Elecciones Generales de 2026. Entre las más recientes figuran las postulaciones de Venceremos, País para Todos, Perú Acción, Integridad Democrática y el Partido Cívico Obras, entre otras.
En tanto, permanece pendiente de resolución una última tacha en el citado JEE respecto de la fórmula presidencial encabezada por José Williams (Avanza País), relacionada con información consignada en su hoja de vida. Se trata del último expediente de tacha en primera instancia que involucra a una candidatura presidencial.














