Las acciones prometidas se tradujeron en el Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM que, en otras medidas, incluyó el control territorial focalizado en zonas críticas, la prohibición de dos personas a bordo de una motocicleta, restricción de visitas a penales, apagón eléctrico en las celdas, operativos de control de identidad en inmuebles que incluya el descerraje si fuera necesario, operativos de decomiso de armas, municiones, explosivos ilegales y pirotécnicos, y otras actividades como parte de la lucha contra “la criminalidad y otras situaciones de violencia”.
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La medida de excepción que supone la restricción de derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, inviolabilidad de domicilio, libertad de reunión y de tránsito rige por 30 días calendario. “Para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se debe solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación”, dice la norma.

Aunque no hay datos oficiales que evalúen la eficacia de los estados de emergencia anteriores, en las 17 oportunidades que se decretó esta medida -con periodos de entre 30 y 45 días cada una- las cifras de delincuencia e inseguridad han incrementado significativamente. Por ejemplo, según el Sistema de Denuncias Policiales (Sidpol), entre enero y setiembre de 2025 se registraron 20.705 denuncias por extorsiones. Durante el mismo periodo en 2024, hubo 16.075.
Si se considera todo el periodo anual, las estadísticas indican que de 4.501 denuncias en todo el 2021 se subió a 15.903 denuncias para el 2022 y 22.092 durante el 2023. El año pasado cerró con 22.348 denuncias de extorsión en el país.
Ante estos datos, ¿qué tan eficaz puede resultar un nuevo estado de emergencia? Rubén Vargas Céspedes es exministro del Interior, explica a El Comercio que decretar este tipo de regímenes como estrategia contra las extorsiones ignora la naturaleza del crimen organizado.
“Cuando hablamos extorsiones hablamos de criminalidad organizada violenta urbana, un tipo de organización subterránea a invisible. Estructuras que tienen complicidades en policías corruptos y operadores de la administración de justicia también corruptos. Para enfrentar ese tipo de organizaciones no necesitas recortar derechos fundamentales ni sacar soldados y tanquetas a las calles sino fortalecer y dar presupuestos a la inteligencia policial, con inversión en tecnologías que permita a la policía tener ventajas operativas frente al crimen”, dijo en referencia al anuncio del ministro del Interior, Vicente Tiburcio, sobre la compra de 44 rochabuses y 56 tanquetas. “Para tener mejor respuesta ante las protestas”, indicó el titular del Interior durante la sesión conjunta de las comisiones de Defensa y Transportes, convocada para debatir medidas contra la extorsión en el transporte público.

En diálogo con El Comercio, Vargas explicó que varias de las medidas decretadas, especialmente las relacionadas a los operativos contra mercados ilegales o en centros penitenciarios, no requieren del estado de excepción para ejecutarse. “Para destruir antenas y controlar penales no necesitas declarar estado de emergencia. Eso tiene que hacerse ya. No han podido hasta ahora colocar bloqueadores a penales”, añadió.
En términos de ejecución, Frank Casas, experto en análisis de Políticas de Seguridad, precisa que una declaratoria de este tipo sí podría agilizar los tiempos para el allanamiento de domicilios de sospechosos, pero como una medida aislada no tiene resultados. “El estado de emergencia le facilita a la policía una sola actividad, en términos operativos, que es intervenir a un domicilio sin necesidad de hacer el trámite ante un juez y evitar demoras. La pregunta es si solo por esa actividad se tiene que establecer esta medida constitucional que ya no es de emergencia, sino rutinaria [por las sucesivas declaratorias]”, dijo a El Comercio.

Como ejemplo, Vargas explicó que la intervención a los mercados de venta de objetos robados requieren trabajo un conjunto con los municipios. Ayer, la policía recuperó más de 30 celulares robados durante un operativo sorpresa en el centro comercial Las Malvinas, Cercado de Lima. Lo cierto es que este tipo de diligencias no son exclusivas del estado de emergencia. En enero de este año (sin esta medida vigente), un operativo en el que participaron más de 100 policías logró la incautación de 923 celulares y 715 desarmados para ser vendidos como repuestos. Lo mismo sucede con las requisas a penales.
Para ambos especialistas, no basta con operativos esporádicos sino que se requiere controlar la venta de chips de celulares en las calles. “Hasta ahora no han aprobado el reglamento de la ley que prohíbe la venta ambulatoria de los chips y es responsabilidad absoluta de Osiptel y de la PCM. Las empresas de telefonía venden chips en la calle a sabiendas que se usan para extorsiones”, añadió Vargas.

En esa línea, ambos también insisten en que es urgente que se deroguen la serie de leyes catalogadas como pro crimen organizado o facilitadoras del delito. Entre estas se encuentran la Ley N° 32181, que eliminó la detención preliminar en casos sin flagrancia y que limitó gravemente el trabajo de la policía en sus investigaciones; la Ley N° 32326, que modifica el régimen de extinción de dominio; la Ley N° 31990, que aplicó una serie de restricciones a la colaboración eficaz; la Ley N° 32104, que redujo los plazos de prescripción del delito; o la Ley N° 32108, que exige la presencia del abogado del imputado en los allanamientos.
“Hay leyes pro crimen que ni se han evaluado. Una estrategia eficaz incluye capacidad de gestión administrativa, coordinación con fiscalía, activación de unidades de flagrancia en puntos estratégicos, fortalecimiento de Osiptel, de Sucamec. Los estados de emergencia no son una varita mágica”, enfatizó Casas.













