La Ley N.º 32331 fue publicada en una edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. En ella se establece que el uso de servicios higiénicos públicos debe regirse estrictamente por el sexo asignado al nacer. Es decir, una persona trans deberá utilizar el baño correspondiente a su sexo biológico y no a su identidad de género.
La norma también detalla que niños y adolescentes tienen derecho a la indemnidad sexual en todos los espacios, incluyendo ámbitos públicos, educativos, recreativos, digitales y comerciales. Este derecho se entiende como la protección frente a intromisiones, influencias o estímulos que puedan afectar su desarrollo psicosocial y su formación sexual, hasta que alcancen la madurez necesaria para ejercer su libertad sexual de manera autónoma.
El artículo 3 establece que es deber del Estado salvaguardar este derecho, a través del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), el Ministerio de Educación y el Ministerio Público. Asimismo, se advierte que quienes incumplan esta ley podrán recibir sanciones administrativas y penales, según corresponda.
Postura en contra
Lesly Quispe, activista trans, defensora de derechos humanos y miembro de Féminas Perú y del colectivo Marcha del Orgullo LGTBIQ+ Lima, expresó a El Comercio su indignación y rechazo ante la promulgación de la ley. “Siento que están vulnerando mis derechos. Atentan directamente contra nuestro derecho a la identidad, aunque lo hagan de forma camuflada. Están diciendo que, si eres trans, no puedes desarrollarte libremente en espacios públicos. Esto va contra nuestro derecho a la libre recreación”, afirmó.
“Ahora no podremos ir a ningún lugar, porque nos sentiremos incómodas sabiendo que estamos en riesgo de ser penalizadas si usamos un baño. Podríamos incluso ir a la cárcel. Es sorprendente. Están afectando nuestra salud física y mental con argumentos que carecen de sustento técnico y legal”, añadió.
Quispe precisó que el artículo más preocupante es el 5, que regula el ingreso a los baños. “Con el resto de artículos estamos de acuerdo, porque hablan sobre la protección de las infancias. Pero el artículo 5 vulnera directamente el derecho de las personas trans. Pido a la ciudadanía que no se deje manipular por información difundida por ciertos grupos conservadores. Por ejemplo, congresistas como Jáuregui y Muñante están imponiendo sus creencias religiosas por encima de los derechos humanos, ocultando la importancia de una educación sexual integral con enfoque de género”, señaló.
“Una autoridad que legisla en función de su credo no actúa correctamente. Tiene que legislar para toda la población peruana. Las personas trans pagamos impuestos y contribuimos a la economía del país. Esta ley también es dañina porque desincentiva a las personas trans a asistir a centros de salud, instituciones educativas o espacios profesionales, ya que temerán ser criminalizadas por el simple hecho de usar un baño. Es un atentado contra nuestra salud mental y nuestro desarrollo como personas independientes”, agregó.
Respecto al reconocimiento de la identidad de género en el DNI, Quispe recordó que existe un proyecto presentado en 2016 que sigue estancado. “Nos niegan el derecho al libre desarrollo, a tener un documento que nos reconozca. Si tuviéramos un DNI que certificara que somos mujeres, podríamos entrar con tranquilidad a un baño. Además, estadísticamente, los agresores sexuales suelen ser hombres cisgénero heterosexuales. Incluso dentro de las iglesias hay muchas vulneraciones a menores. No existe ninguna estadística que evidencie que las personas trans cometan violaciones”, indicó.

“Los grupos políticos conservadores han hecho alianzas para perpetuarse en el poder, utilizando a las personas trans como distracción para desviar la atención de los verdaderos problemas como la delincuencia y la corrupción. Esta ley también afecta a los hombres trans, quienes ahora deberán usar el baño de mujeres, y a las mujeres trans, que deberán usar el de hombres. Así, mujeres trans que parecen mujeres cisgénero irán al baño de hombres, y hombres trans con barba y musculatura al baño de mujeres. Esta situación abre la puerta a que un violador cisgénero heterosexual se haga pasar por hombre trans para grabar o agredir a niñas”, enfatizó.
Postura a favor
Por otro lado, Christian Rosas, vocero del colectivo “Con mis hijos no te metas” y politólogo internacionalista declaró que “el triunfo de una ley justa es un mérito de la consciencia humana y un precedente que debe replicarse en todos los países. El Perú simplemente está dando el primer paso. No olvidemos que para que una ley sea legítima, debe ser justa. Y no puede haber justicia basada en una mentira, como la fantasía de que un hombre puede cambiar de sexo. A lo mucho podrá disfrazarse o mutilar partes de su cuerpo, pero nunca cambiar su sexo”.
“El niño no debe ser expuesto a situaciones que afecten su desarrollo sexual natural ni a elementos que comprometan su salud física o moral. Tiene derecho a crecer sin exposiciones intencionales a perversiones o desnaturalizaciones. Cuando el Estado cede ante una mentira, debilita su brújula moral. Luego, los niños pierden la capacidad de discernir entre el bien y el mal, entre lo verdadero y lo falso”, agregó.
El vocero también señaló que “no se discrimina a las personas por rechazar sus fantasías. La disforia de género sigue catalogada como un trastorno en el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales de la Asociación Americana de Psiquiatría. Negar la realidad es una forma de disociación, y el Estado, como garante del orden, no puede tolerar estas costumbres engañosas”.
“El Código Penal ya contempla la figura de indemnidad sexual, por ejemplo, al exponer a un menor a contenido sexual de forma prematura. Esta ley refuerza ese concepto: si en una marcha del orgullo LGTBI alguien se desnuda ante un niño, podrá ser denunciado penalmente. Este derecho ya está protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 13.4”, sostuvo.
Finalmente, afirmó que la ley permite que se cumpla lo que antes se había establecido, pero no se aplicaba: “Ningún derecho es absoluto, y la libertad debe tener límites, de lo contrario se convierte en libertinaje. La libertad no puede usarse para vulnerar la dignidad, salud o moral de terceros, especialmente de los menores, cuyos derechos tienen carácter preferente”.
Análisis legal
El abogado penalista Aarón Alemán señaló a El Comercio que esta norma podría ser considerada inconstitucional por vulnerar derechos fundamentales como la igualdad, la identidad y la no discriminación. Además, estaría en contradicción con tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el Perú, como el Pacto de San José. “Esta ley refuerza la narrativa de sectores conservadores que buscan frenar políticas como la educación sexual integral con enfoque de género. Es un debate que se arrastra desde hace más de una década”, comentó.
“Algunos movimientos políticos promueven limitar el acceso de los adolescentes a una educación sexual completa, sin evidencia que respalde que ello proteja su desarrollo. Es, más bien, un intento de evitar una sociedad más igualitaria. En este caso, la restricción al uso de servicios higiénicos inclusivos impide el ejercicio pacífico del derecho de estas personas a vivir libremente. No existe evidencia empírica que vincule a personas trans con abusos contra menores. En cambio, sí hay data del Ministerio Público que señala que estos crímenes son cometidos mayoritariamente por personas heterosexuales”, añadió.
Alemán también advirtió que la norma asigna al Ministerio Público el rol de garantizar su cumplimiento. “Lo que parece buscarse es generar intimidación. Además, se contempla sancionar administrativamente a establecimientos que cuenten con baños inclusivos, como el aeropuerto Jorge Chávez, lo que los obligaría a modificar su señalización para ajustarse a la norma”, explicó.
“La comunidad LGBT podría plantear una acción de amparo ante el Tribunal Constitucional, o recurrir a organismos internacionales. No sería la primera vez que en América Latina se sanciona una norma por discriminación basada en identidad de género. Este caso podría tener consecuencias a nivel internacional”, concluyó.
Aeropuerto Jorge Chávez: ¿qué pasará con los baños inclusivos?
Con la publicación de la Ley N.º 32331, surge la duda sobre el futuro de los baños inclusivos ya implementados. En este caso, El Comercio constató que el único de este tipo conocido públicamente en el país se encuentra en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, el cual fue objeto de una denuncia controversial hace dos años precisamente por este motivo.
Ante ello, Lima Airport Partners (LAP), empresa concesionaria del aeropuerto, declaró a este diario que, comprometidos con los derechos humanos, la diversidad y la inclusión, implementaron señalética inclusiva en los baños del terminal con el objetivo de promover un espacio respetuoso para todos. “Sin embargo, de acuerdo con lo establecido en la Ley N.º 32331, LAP procederá a realizar los ajustes correspondientes en la señalética”, comunicaron.
“Reafirmamos nuestro compromiso con la igualdad y el respeto. Seguiremos garantizando que todos los pasajeros, sin importar su identidad de género, origen u otra condición, sean tratados con dignidad y sin discriminación. El Aeropuerto Internacional Jorge Chávez es un espacio para todos y continuará trabajando para que cada persona se sienta bienvenida y segura”, concluyeron.




