Los beneficios de la Ley que promueve la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario también alcanzarían a la industria alimentaria, de acuerdo con el proyecto de decreto supremo que publicó el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) el 19 de diciembre.
Como se recuerda, de acuerdo a la también llamada Ley Agraria, las empresas que comprenden la norma van a tributar una tasa del 15% del impuesto a la renta hasta el 2035.
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La ley ya comprendía a los pequeños productores y empresas agrarias que desarrollen principalmente labores de cultivo o crianza.
Y también alcanza a quienes realicen directa y principalmente la actividad agroindustrial, siempre que utilicen productos agropecuarios fuera de Lima Metropolitana y el Callao.
Justamente, sobre este tema, se precisa que mediante decreto supremo se determinarán las actividades agroindustriales. No están dentro de este alcance los rubros relacionados con trigo, tabaco, semillas oleaginosas, aceites y cerveza.
La propuesta está publicada en un plazo de 15 días calendario para la recepción de comentarios.
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Sectores comprendidos
Según el anexo del documento, las actividades agroindustriales que estarían comprendidas son la cría de otros animales relacionadas con la apicultura y producción de miel.
También están actividades como la elaboración de productos lácteos, de almidón, de azúcar, así como de platos preparados para programas sociales, y la preparación e hiladura de fibras textiles.
Asimismo, se comprende a la preparación de bebidas no alcohólicas como la chicha morada o chicha de jora; la destilación de bebidas alcohólicas como el pisco, vodka, gin, whisky de maíz morado; y la elaboración y mezcla de vinos.
A ello se suman las actividades como la elaboración y conservación de carne, de frutas, legumbres y hortalizas, productos de molinería como granos andinos, así como de café tostado y de cacao, chocolate y confitería.




